Decisiones adoptadas por el Consejo de Gobierno del BCE (distintas de las decisiones por las que se establecen los tipos de interés)
Agosto-septiembre 2020
25 de septiembre de 2020
Operaciones de mercado
Acuerdos sobre líneas repo con los bancos centrales de la República de Macedonia del Norte y la República de San Marino
El 18 de agosto de 2020, el BCE anunció que el Consejo de Gobierno había aprobado sendos acuerdos por los que se establecen líneas repo para proporcionar liquidez en euros al Banco Nacional de la República de Macedonia del Norte y al Banco Central de la República de San Marino, respectivamente. La finalidad de estos acuerdos es atender posibles necesidades de liquidez en dicha moneda ante las disfunciones en los mercados como consecuencia de la perturbación causada por el coronavirus (COVID-19). La nota de prensa al respecto puede consultarse en el sitio web del BCE.
Reducción de la frecuencia de las operaciones de provisión de liquidez en dólares estadounidenses a siete días
El 20 de agosto de 2020, el Consejo de Gobierno decidió modificar —con efectos a partir del 1 de septiembre de 2020— la frecuencia de las operaciones de provisión de liquidez en dólares a siete días, que pasa a ser de una vez por semana en lugar de tres veces por semana. Dada la persistente mejora de las condiciones de financiación en dólares estadounidenses y la escasa demanda en las recientes operaciones de provisión de liquidez en dólares a siete días, los bancos centrales que han establecido una red de líneas swap (el Banco de Inglaterra, el Banco de Japón, el BCE, el Banco Nacional de Suiza y la Reserva Federal) han decidido conjuntamente reducir la frecuencia de estas operaciones. Esta actuación coordinada fue anunciada mediante notas de prensa publicadas simultáneamente en los sitios web de los bancos centrales que forman dicha red.
Prórroga de la vigencia de las líneas de liquidez en euros establecidas con los bancos centrales de Croacia y Rumanía
El 28 de agosto de 2020, el BCE anunció que el Consejo de Gobierno había aprobado una prórroga de la vigencia de las líneas de liquidez en euros establecidas con el Hrvatska narodna banka y con la Banca Naţională a României por seis meses, hasta el final de junio de 2021. Estas líneas se establecieron anteriormente en el año para proporcionar liquidez en euros a las instituciones financieras de estos dos países a través de sus respectivos bancos centrales nacionales, con el fin de atender posibles necesidades de liquidez en dicha moneda ante las disfunciones en los mercados como consecuencia de la perturbación causada por el COVID-19. La nota de prensa al respecto puede consultarse en el sitio web del BCE.
Orientación por la que se modifica el marco sobre la prestación por el Eurosistema de servicios de gestión de reservas
El 7 de septiembre de 2020, el Consejo de Gobierno adoptó la Orientación (UE 2020/1284) por la que se modifica la Orientación (UE) 2018/797 sobre la prestación por el Eurosistema de servicios de gestión de reservas en euros a bancos centrales y países no pertenecientes a la zona del euro y a organizaciones internacionales (BCE/2020/34). Las modificaciones tienen por objeto reforzar la transparencia de la información y su intercambio en el Eurosistema y mejorar el análisis del funcionamiento de dichos servicios. Los bancos centrales del Eurosistema deben cumplir la Orientación modificativa a partir del 1 de abril de 2021. Esta Orientación está disponible en EUR-Lex.
Decisión por la que se modifica la Decisión (UE) 2019/1743 relativa a la remuneración de las tenencias de exceso de reservas y de determinados depósitos
El 8 de septiembre de 2020, el Consejo de Gobierno adoptó la Decisión (UE) 2020/1264, por la que se modifica la Decisión (UE) 2019/1743 relativa a la remuneración de las tenencias de exceso de reservas y de determinados depósitos (BCE/2020/38) en referencia a la administración de préstamos desembolsados en el marco del instrumento de Apoyo Temporal para Mitigar los Riesgos de Desempleo en una Emergencia (SURE) creado recientemente por la Comisión Europea. La decisión modificativa es la aplicación técnica de la decisión adoptada por el Consejo de Gobierno en julio de 2020 relativa a los aspectos operativos de los préstamos concedidos en el marco del instrumento SURE. La decisión modificativa entró en vigor el 16 de septiembre de 2020 y está disponible en EUR-Lex.
Aceptación de activos negociables con estructuras de cupón vinculadas a objetivos de sostenibilidad
El 21 de septiembre de 2020, el Consejo de Gobierno decidió que los instrumentos de renta fija negociables con estructuras de cupón vinculadas a la consecución de determinados objetivos de sostenibilidad serán admitidos como activos de garantía en las operaciones de política monetaria del Eurosistema, así como para las compras simples con fines de política monetaria del Eurosistema, siempre que cumplan los demás criterios de admisión. La decisión entrará en vigor el 1 de enero de 2021. La nota de prensa al respecto puede consultarse en el sitio web del BCE.
Auditoría externa del tipo de interés a corto plazo del euro (€STR)
El 22 de septiembre de 2020, el Consejo de Gobierno examinó un informe preparado por el auditor externo PricewaterhouseCoopers, titulado «Independent assurance report over the European Central Bank’s (ECB) Statement of Compliance with control processes defined in relation to governance, quality and accountability activities over the Euro Short-Term Rate (€STR) and its adherence to the International Organization of Securities Commissions (IOSCO) Principles for Financial Benchmarks» y autorizó su publicación en el sitio web del BCE. Con la publicación de este informe se completará el último paso para la implementación del €STR de acuerdo con lo dispuesto en las Orientaciones del BCE correspondientes. El documento podrá consultarse próximamente en el sitio web del BCE.
Infraestructuras de mercado y pagos
Modificación de los acuerdos sobre TARGET2-Securities
El 28 de julio de 2020, el Consejo de Gobierno tomó nota de las revisiones relativas al anexo 6 del Acuerdo Marco de TARGET2-Securities (T2S) y del Acuerdo de Participación de Moneda de TARGET2-Securities. Estos documentos establecen el acuerdo sobre el nivel de servicio (SLA, por sus siglas en inglés), que define, en concreto: i) los niveles de servicio con arreglo a los que el Eurosistema prestará los servicios de T2S a los depositarios centrales de valores (DCV) participantes y a los bancos centrales no pertenecientes a la zona del euro conectados, y ii) los indicadores clave de rendimiento. Las modificaciones del anexo 6 del Acuerdo Marco de T2S y del Acuerdo de Participación de Moneda de T2S surgieron en el proceso de revisión periódica del SLA.
Informe sobre el fraude en los pagos con tarjeta 2014-2018
El 6 de agosto de 2020, el Consejo de Gobierno aprobó el sexto informe sobre el fraude en los pagos con tarjeta y autorizó su publicación. En este informe se analiza la evolución del fraude en las operaciones de pago con tarjeta, prestando especial atención a los datos de 2018 en el contexto global del período de cinco años comprendido entre 2014 y 2018, con desgloses por países de la Zona Única de Pagos en Euros (SEPA). El fraude disminuyó entre 2015 y 2017 y aumentó ligeramente en 2018. Como en años anteriores, en 2018 la mayoría de las operaciones fraudulentas con tarjeta se efectuaron de forma remota, por correo, por teléfono o por Internet. El nivel total de operaciones fraudulentas y las nuevas formas de fraude en los pagos con tarjeta ponen de relieve la importancia de monitorizar el fraude de manera continua y de aplicar medidas de seguridad reforzadas. El informe puede consultarse en el sitio web del BCE.
Respuesta del BCE a la consulta de la Comisión Europea sobre una nueva estrategia digital financiera para Europa/plan de acción Fintech
El 13 de agosto de 2020, el Consejo de Gobierno aprobó una contribución conjunta del Sistema Europeo de Bancos Centrales (SEBC) y de la Supervisión Bancaria del BCE a la consulta de la Comisión Europea sobre una nueva estrategia digital financiera para Europa/plan de acción Fintech y autorizó su publicación. El BCE respalda, en líneas generales, las áreas prioritarias identificadas por la Comisión Europea en el documento de consulta y considera que la transformación digital del sector bancario debe realizarse teniendo debidamente en cuenta los riesgos relacionados con el uso de tecnologías innovadoras. En lo que respecta a facilitar el uso de identidades financieras digitales en toda la UE, el BCE apoya plenamente el uso obligatorio de identificadores únicos, basados en estándares globales reconocidos internacionalmente. El BCE respalda la necesidad de una mayor cooperación en toda la UE en relación con diferentes mecanismos, como los sandboxes regulatorios y los hubs de innovación, y reconoce las ventajas de fomentar un diálogo abierto entre supervisores y entidades supervisadas. El BCE considera que las finanzas abiertas pueden tener implicaciones para los bancos supervisados, a nivel tanto de entidad como sistémico, y está adaptando su enfoque supervisor respecto de las entidades reguladas al nuevo entorno facilitado por la Directiva sobre servicios de pago revisada (PSD2). Asimismo, reconoce la importancia de garantizar que el intercambio de datos sobre clientes, también con proveedores externos, satisfaga requisitos legales claros y cumpla los estándares de seguridad. La contribución del BCE puede consultarse en el sitio web del BCE.
Informe del Grupo de Trabajo interno sobre Criptoactivos relativo a las implicaciones de las stablecoins
El 15 de septiembre de 2020, el Consejo de Gobierno tomó nota de un informe sobre las implicaciones de las stablecoins para la política monetaria, la estabilidad financiera, las infraestructuras de mercado y los pagos, así como la supervisión bancaria en la zona del euro. En el informe se resumen los resultados de un análisis sobre las stablecoins realizado por el Grupo de Trabajo interno del BCE sobre Criptoactivos y se analizan las implicaciones de las criptomonedas estables para la zona del euro utilizando tres escenarios basados en sus características: 1) función accesoria de los criptoactivos; 2) nuevo método de pago, y 3) depósito de valor alternativo. El informe puede consultarse en el sitio web del BCE.
Informe del Grupo de Trabajo del Alto Nivel del Eurosistema sobre Dinero Digital de Banco Central
El 23 de septiembre de 2020, el Consejo de Gobierno examinó un informe preparado por el Grupo de Trabajo de Alto Nivel del Eurosistema sobre Dinero Digital de Banco Central (HLTF-CBDC, por sus siglas en inglés), a quien, en enero de 2020, el Consejo de Gobierno encargó elaborar un análisis exhaustivo de los posibles beneficios y retos del dinero digital de banco central, que incluyera aspectos funcionales y tecnológicos. Después de tratar las principales conclusiones del informe, el Consejo de Gobierno aprobó su publicación en el sitio web del BCE y pidió al citado grupo de trabajo que discutiera los resultados con los distintos grupos interesados. El informe podrá consultarse próximamente en el sitio web del BCE. La consulta pública al respecto se iniciará a mediados de octubre de 2020.
Consulta sobre legislación
Dictamen del BCE sobre una propuesta de reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se modifica el Reglamento (UE) 2016/1011 en lo que respecta a la exención de determinados índices de referencia de tipos de cambio de terceros países y a la designación de índices de referencia sustitutivos para determinados índices de referencia en cesación
El 18 de septiembre de 2020, el Consejo de Gobierno adoptó el Dictamen CON/2020/20 a solicitud del Consejo de la Unión Europea.
Dictamen del BCE sobre la garantía de un nivel mínimo de servicios de caja en Hungría
El 22 de septiembre de 2020, el Consejo de Gobierno adoptó el Dictamen CON/2020/21 a solicitud del Magyar Nemzeti Bank.
Dictamen del BCE sobre propuestas de reglamentos del Parlamento Europeo y del Consejo por los que se modifica el marco de la Unión para la titulización frente a la pandemia de la COVID-19
El 23 de septiembre de 2020, el Consejo de Gobierno adoptó el Dictamen CON/2020/22 a solicitud del Consejo de la Unión Europea.
Gobierno corporativo
Recomendación del BCE al Consejo de la Unión Europea sobre el auditor externo del Suomen Pankki – Finlands Bank
El 7 de agosto de 2020, el Consejo de Gobierno adoptó la Recomendación BCE/2020/37 al Consejo de la Unión Europea sobre el auditor externo del Suomen Pankki – Finlands Bank. La Recomendación está disponible en EUR-Lex.
Estadísticas
Comentarios del SEBC al informe de viabilidad de la ABE de conformidad con el artículo 430 quater del Reglamento de Requisitos de Capital (RRC 2)
El 17 de septiembre de 2020, el Consejo de Gobierno aprobó un informe con los comentarios del SEBC al informe de la Autoridad Bancaria Europea (ABE) sobre la viabilidad de desarrollar un sistema uniforme e integrado de recopilación de datos estadísticos, prudenciales y relativos a las resoluciones. El SEBC propone reducir la información estadística, de resolución y prudencial exigida de las entidades de crédito sin perder el contenido informativo que es indispensable para las funciones de política monetaria, resolución y supervisión. El informe y la nota de prensa al respecto pueden consultarse en el sitio web del BCE.
Supervisión bancaria
Cumplimiento de las Directrices de la ABE sobre la presentación y divulgación de información en respuesta al COVID-19
El 4 de agosto de 2020, el Consejo de Gobierno no presentó objeciones a una propuesta del Consejo de Supervisión de notificar a la ABE que, para las entidades significativas que supervisa directamente, el BCE cumple las Directrices sobre la presentación y divulgación de información de exposiciones sujetas a las medidas aplicadas en respuesta a la crisis de la COVID-19 (EBA/GL/2020/07).
Informe del BCE sobre las prácticas de las entidades de crédito relativas al ICAAP
El 8 de agosto de 2020, el Consejo de Gobierno no presentó objeciones a la propuesta del Consejo de Supervisión de publicar el informe sobre las prácticas de las entidades de crédito relativas al proceso de evaluación de la adecuación del capital interno (ICAAP). El documento resume los resultados de un análisis estructurado de las prácticas de ICAAP observadas en una muestra de 37 entidades de crédito y pone de relieve aquellas áreas en las que estas prácticas parecen estar más desarrolladas, así como aquellas en las que el BCE opina que es necesario seguir trabajando en las distintas entidades. El documento está disponible en el sitio web de Supervisión Bancaria del BCE.
Memorandos de Entendimiento (MoU) en materia de supervisión del BCE y el Banco Nacional de Moldavia y del BCE y la Autoridad Reguladora de los Servicios Financieros de Abu Dhabi Global Market
El 12 de agosto de 2020, el Consejo de Gobierno no presentó objeciones a las propuestas del Consejo de Supervisión de concluir Memorandos de Entendimiento en materia de supervisión con el Banco Nacional de Moldavia y con la Autoridad Reguladora de los Servicios Financieros de Abu Dhabi Global Market, con el objetivo de formalizar los mecanismos de cooperación y de intercambio de información entre el BCE y las dos autoridades supervisoras.
Cumplimiento de las Directrices de la ABE sobre concesión y seguimiento de préstamos
El 17 de agosto de 2020, el Consejo de Gobierno no presentó objeciones a una propuesta del Consejo de Supervisión de notificar a la ABE que, en relación con las entidades significativas sujetas a su supervisión directa, el BCE se propone cumplir las Directrices de la ABE sobre concesión y seguimiento de préstamos (EBA/GL/2020/06) en la fecha de aplicación, es decir, a partir del 30 de junio de 2021. El objetivo de las Directrices es asegurar la adecuada calidad crediticia de los nuevos préstamos introduciendo requerimientos para la evaluación de la solvencia de los prestatarios y alinear las prácticas de las entidades con la legislación en materia de protección de los consumidores.
Decisión sobre la exclusión temporal de ciertas exposiciones frente a los bancos centrales de la medida de la exposición total en vista de la pandemia de COVID-19
El 27 de agosto de 2020, el Consejo de Gobierno decidió que estaba de acuerdo con el Consejo de Supervisión en que se dan «circunstancias excepcionales» que justifican excluir temporalmente de la ratio de apalancamiento determinadas exposiciones frente a los bancos centrales. Por tanto, el Consejo de Gobierno considera que la condición de circunstancias excepcionales que justifican la exclusión temporal de ciertas exposiciones frente a los bancos centrales del cálculo de las medidas de la exposición total de las entidades se cumple para el conjunto de la zona del euro. Las autoridades nacionales competentes de la zona del euro que se proponen ejercer la facultad prevista en el apartado 2 del artículo 500 ter del Reglamento (UE) nº 575/2013 respecto de las entidades menos significativas pueden basarse en este dictamen emitido por el BCE como autoridad monetaria de la zona del euro. Este dictamen de política monetaria del Consejo de Gobierno fue seguido de una decisión de este mismo órgano en su función de supervisión —Decisión BCE/2020/44 sobre la exclusión temporal de ciertas exposiciones frente a los bancos centrales de la medida de la exposición total en vista de la pandemia de COVID-19— para permitir a las entidades significativas sujetas a su supervisión directa excluir determinadas exposiciones frente a los bancos centrales de la ratio de apalancamiento. Entre los activos excluibles figuran las monedas y los billetes, así como los depósitos mantenidos en el banco central. La Decisión y la nota de prensa al respecto pueden consultarse en el sitio web del BCE.
Guía revisada del BCE sobre la metodología de evaluación e informe de comentarios
El 11 de septiembre de 2020, el Consejo de Gobierno no presentó objeciones a una propuesta del Consejo de Supervisión de publicar la Guía revisada del BCE sobre la metodología de evaluación (EGAM, por sus siglas en inglés) actualizada como resultado de una consulta pública y el informe de comentarios en el que se resumen y analizan los comentarios recibidos durante esa consulta. Los documentos pueden consultarse en el sitio web de Supervisión Bancaria del BCE.
Cumplimiento de las Directrices de la ABE sobre el enfoque pragmático del PRES para 2020
El 14 de septiembre de 2020, el Consejo de Gobierno no presentó objeciones a una propuesta del Consejo de Supervisión de notificar a la ABE que, en lo que respecta a las entidades significativas sujetas a su supervisión directa, el BCE cumple las Directrices sobre el enfoque pragmático del proceso de revisión y evaluación supervisora (PRES) para 2020 (EBA/GL/2020/10). Estas Directrices ofrecen a los supervisores flexibilidad y pragmatismo a la hora de llevar a cabo el PRES para 2020 en el contexto de la pandemia de COVID-19, manteniendo, al mismo tiempo, la convergencia de las prácticas supervisoras en la UE.
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