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Decisiones adoptadas por el Consejo de Gobierno del BCE (distintas de las decisiones por las que se establecen los tipos de interés)

Abril 2014

EMBARGO

EMBARGADO hasta las 15.00 h. (hora central europea) del 17 de abril de 2014

Sistemas de pago e infraestructuras de mercado

Informe sobre los pagos con tarjeta en Europa titulado «Card payments in Europe – a renewed focus on SEPA for cards»

El 4 de abril de 2014, el Consejo de Gobierno aprobó un informe sobre los pagos con tarjeta en Europa, elaborado por el Comité de Sistemas de Pago y Liquidación, y autorizó su publicación en el sitio web del BCE. En el informe se presenta una visión general de la situación de los pagos con tarjeta en Europa. El informe, junto con una nota de prensa, se publicarán próximamente en el sitio web del BCE.

Consulta sobre legislación

Dictamen del BCE sobre las normas que rigen los conflictos de intereses de los altos cargos del Banco de España

El 20 de marzo de 2014, el Consejo de Gobierno adoptó el Dictamen CON/2014/22 a solicitud del Banco de España.

Dictamen del BCE sobre la medición de los riesgos de crédito y país de los grupos bancarios en Austria

El 27 de marzo de 2014, el Consejo de Gobierno adoptó el Dictamen CON/2014/23 a solicitud del Oesterreichische Nationalbank.

Dictamen del BCE sobre la gestión de crisis en Lituania

El 2 de abril de 2014, el Consejo de Gobierno adoptó el Dictamen CON/2014/24 a solicitud de la Oficina del Gobierno de Lituania.

Dictamen del BCE sobre la independencia del Banka Slovenije

El 11 de abril de 2014, el Consejo de Gobierno adoptó el Dictamen CON/2014/25 a solicitud del presidente del Parlamento de Eslovenia.

Dictamen del BCE sobre las operaciones relativas a la deuda pública en Rumanía

El 14 de abril de 2014, el Consejo de Gobierno adoptó el Dictamen CON/2014/26 a solicitud de la Banca Naţională a României.

Estadísticas

Decisión del BCE y Recomendación del BCE sobre la organización de medidas preparatorias para la recopilación de datos granulares de crédito por el Sistema Europeo de Bancos Centrales

El 24 de febrero de 2014, el Consejo de Gobierno adoptó la Decisión BCE/2014/6 sobre la organización de medidas preparatorias para la recopilación de datos granulares de crédito por el Sistema Europeo de Bancos Centrales y la Recomendación BCE/2014/7 sobre la organización de medidas preparatorias para la recopilación de datos granulares de crédito por el Sistema Europeo de Bancos Centrales. Estos actos jurídicos se refieren a las medidas preparatorias necesarias a fin de establecer de manera escalonada un marco a largo plazo para la recopilación de datos granulares de crédito, es decir, sobre las exposiciones crediticias de las entidades de crédito u otras instituciones financieras frente a sus prestatarios, detalladas por prestatario o por préstamo, conforme a las exigencias de información estadística armonizadas del BCE. Ambos actos se publicarán en el Diario Oficial de la Unión Europea y están disponibles en el sitio web del BCE.

Informes sobre la calidad de las estadísticas 2013

El 20 de marzo de 2014, el Consejo de Gobierno aprobó la evaluación anual de la disponibilidad y calidad de los diversos tipos de estadísticas que elabora el Eurosistema de conformidad con un acto jurídico del BCE. También autorizó la publicación de los informes sobre la calidad de las estadísticas de balanza de pagos y posición de inversión internacional de la zona del euro correspondientes a 2013, así como sobre las cuentas financieras trimestrales de la zona del euro. Los informes, que se elaboraron de conformidad con el ECB’s Statistics Quality Framework, se publicarán próximamente en el sitio web del BCE.

Recomendación del BCE de reglamento del Consejo por el que se modifica el Reglamento (CE) nº 2533/98 sobre la obtención de información estadística por el Banco Central Europeo

El 21 de marzo de 2014, el Consejo de Gobierno adoptó la Recomendación BCE/2014/13 al Consejo de la Unión Europea de reglamento del Consejo por el que se modifica el Reglamento (CE) nº 2533/98 sobre la obtención de información estadística por el Banco Central Europeo. En ella se aborda la necesidad de utilizar información estadística para el desempeño de las funciones de supervisión del BCE. La Recomendación se publicará en el Diario Oficial de la Unión Europea y en el sitio web del BCE.

Recomendación del BCE relativa a las reglas comunes y los estándares mínimos de protección del carácter confidencial de la información estadística obtenida por el Banco Central Europeo con la ayuda de los bancos centrales nacionales

El 27 de marzo de 2014, el Consejo de Gobierno adoptó la Recomendación BCE/2014/14 relativa a las reglas comunes y los estándares mínimos de protección del carácter confidencial de la información estadística obtenida por el Banco Central Europeo con la ayuda de los bancos centrales nacionales (BCN). En ella se aborda el aumento de la necesidad de intercambiar información estadística confidencial dentro del conjunto del Sistema Europeo de Bancos Centrales (SEBC). La Recomendación se publicará en el Diario Oficial de la Unión Europea y está disponible en el sitio web del BCE.

Orientación del BCE sobre estadísticas monetarias y financieras (refundición)

El 4 de abril de 2014, el Consejo de Gobierno adoptó la Orientación BCE/2014/15 sobre estadísticas monetarias y financieras, que deroga la Orientación BCE/2007/9. El objetivo de este acto jurídico es adaptar el marco de información al Reglamento (UE) nº 549/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de mayo de 2013, relativo al Sistema Europeo de Cuentas Nacionales y Regionales de la Unión Europea, y los correspondientes reglamentos estadísticos del BCE, modificados recientemente. La Orientación se publicará en el Diario Oficial de la Unión Europea y en el sitio web del BCE.

Gobierno corporativo

Presidente del Comité de Asuntos Jurídicos

El 16 de abril de 2014, el Consejo de Gobierno nombró a Chiara Zilioli, directora general de la Dirección General de Servicios Jurídicos del BCE, presidenta del Comité de Asuntos Jurídicos, con efecto inmediato y hasta el 31 de diciembre de 2016.

Modificaciones del régimen sancionador del BCE

El 16 de abril de 2014, el Consejo de Gobierno adoptó la Recomendación BCE/2014/19 de modificación del Reglamento (CE) nº 2532/98 del Consejo sobre las competencias del BCE para imponer sanciones, y el Reglamento BCE/2014/18 por el que se modifica el Reglamento (CE) nº 2157/99 sobre las competencias del BCE para imponer sanciones. El objetivo de estas modificaciones es adaptar el régimen sancionador del BCE de cara al establecimiento del Mecanismo Único de Supervisión. La Recomendación pretende adaptar las normas de procedimiento contenidas en el Reglamento 2532/98 y las establecidas en el Reglamento (UE) nº 1024/2013 del Consejo, en particular en lo que respecta a los máximos de las multas y los pagos periódicos coercitivos, el procedimiento de adopción de decisiones para imponer una sanción y los plazos de prescripción. Las modificaciones del Reglamento (CE) nº 2157/99 sobre las competencias del BCE para imponer sanciones (BCE/1999/4) aclaran que este régimen no es aplicable a las sanciones impuestas por el BCE en el ejercicio de sus funciones de supervisión, que están recogidas en el Reglamento marco del MUS. Ambos actos jurídicos se publicarán en el Diario Oficial de la Unión Europea y en el sitio web del BCE.

Supervisión bancaria

Reglamento marco del BCE sobre el MUS

El 16 de abril de 2014, el Consejo de Gobierno adoptó el Reglamento BCE/2014/17 por el que se establece el marco de cooperación en el Mecanismo Único de Supervisión entre el BCE y las autoridades nacionales competentes y con las autoridades nacionales designadas (Reglamento marco del MUS), que especifica las modalidades prácticas de aplicación de la cooperación dentro del MUS. El Reglamento, junto con una declaración en la que se resumen los comentarios presentados en respuesta a la consulta pública en el curso de la misma, se publicarán en el sitio web del BCE el 25 de abril de 2014 y, posteriormente, en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Decisión del BCE sobre el establecimiento del Comité Administrativo de Revisión y sus normas de funcionamiento

El 14 de abril de 2014, el Consejo de Gobierno adoptó la Decisión BCE/2014/16 sobre el establecimiento del Comité Administrativo de Revisión y sus normas de funcionamiento. El Comité Administrativo de Revisión llevará a cabo el examen administrativo interno de las decisiones adoptadas por el BCE en el ejercicio de las competencias que le atribuye el Reglamento (UE) nº 1024/2013 del Consejo, previa solicitud presentada por cualquier persona física o jurídica a la que se dirijan esas decisiones, o a la que conciernan directa e individualmente. La Decisión se publicará en el sitio web del BCE y, posteriormente, en el Diario Oficial de la Unión Europea.

CONTACTO

Banco Central Europeo

Dirección General de Comunicación

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