Consejo General
El Consejo General está formado por:
- el presidente del BCE
- el vicepresidente del BCE
- los gobernadores de los bancos centrales nacionales (BCN) de los 27 Estados miembros de la UE
Por tanto, el Consejo General incluye a los representantes de los 19 países pertenecientes a la zona del euro y de los 8 países no pertenecientes.
Los restantes miembros del Comité Ejecutivo del BCE, el presidente del Consejo de la UE y un miembro de la Comisión Europea pueden participar en las reuniones del Consejo General, aunque sin derecho de voto.
Consejo General
(junio de 2018)
Responsabilidades
El Consejo General puede definirse como un órgano transitorio. Lleva a cabo las tareas desempeñadas anteriormente por el Instituto Monetario Europeo y que el BCE ha de seguir ejerciendo en la tercera fase de la Unión Económica y Monetaria, debido a que no todos los Estados miembros de la UE han adoptado aún el euro.
Asimismo, el Consejo General contribuye a:
- el ejercicio de las funciones consultivas del BCE
- la recopilación de información estadística
- la elaboración del informe anual del BCE
- el establecimiento de las normas necesarias para normalizar procedimientos contables y de información relativos a las operaciones realizadas por los BCN
- la adopción de medidas relativas al establecimiento de la clave para la suscripción de capital del BCE distintas de las contempladas en el Tratado
- el establecimiento de las condiciones de contratación del personal del BCE
- los preparativos necesarios para fijar irrevocablemente los tipos de cambio de las monedas de los «Estados miembros acogidos a una excepción» respecto del euro
Conforme a lo previsto en los Estatutos del Sistema Europeo de Bancos Centrales y del Banco Central Europeo, el Consejo General será disuelto una vez que todos los Estados miembros de la UE hayan adoptado la moneda única.





























