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NOTA DE PRENSA

El Consejo de Gobierno del BCE da la bienvenida a los nuevos Estados miembros de la UE

30 de abril de 2004

Mañana, 1 de mayo de 2004, la Unión Europea acogerá diez nuevos Estados miembros: la República Checa, Estonia, Chipre, Letonia, Lituania, Hungría, Malta, Polonia, Eslovenia y Eslovaquia.

En nombre del Consejo de Gobierno, Jean-Claude Trichet, presidente del Banco Central Europeo (BCE), declaró: «En esta ocasión histórica, damos nuestra más calurosa bienvenida a los nuevos Estados miembros de la Unión Europea y del Sistema Europeo de Bancos Centrales (SEBC). A partir de mañana, tanto los actuales como los nuevos miembros, compartiremos, en beneficio de todos, la riqueza de nuestra herencia y experiencia europea. Deseamos ampliar nuestro diálogo y nuestra cooperación con los nuevos miembros, a fin de lograr nuestros objetivos históricos comunes de manera armonizada».

Desde mañana, los bancos centrales nacionales de los nuevos Estados miembros se integrarán en el SEBC, y sus respectivos gobernadores pasarán a ser miembros de pleno derecho del Consejo General del BCE. Asimismo, los expertos de los bancos centrales nacionales de los comités del SEBC disfrutarán del estatus de miembro de pleno derecho en aquellas ocasiones en que dichos comités se reúnan en su composición de SEBC, es decir, con la participación de todos los bancos centrales nacionales de la UE. Desde junio del 2003, los gobernadores, así como los expertos de los bancos centrales nacionales de los diez nuevos Estados miembros han venido participando, respectivamente, en las reuniones del Consejo General y de los comités en calidad de observadores.

Los nuevos Estados miembros no adoptarán el euro inmediatamente después de su integración en la Unión Europea, sino una vez que cumplan los requisitos establecidos en el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea. A diferencia de Dinamarca y del Reino Unido, los diez nuevos Estados miembros no tienen el derecho de acogerse a una «cláusula de exclusión» en relación con la moneda única.

Tanto el BCE como la Comisión Europea elaborarán informes de convergencia cada dos años o a petición de cualquier Estado miembro acogido a una excepción. Sobre la base de dichos informes, el Consejo de la UE decidirá si el Estado miembro interesado cumple los requisitos necesarios para la adopción del euro. El primer informe de convergencia del BCE que incluya a los nuevos Estados miembros se publicará en octubre del 2004.

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Banco Central Europeo

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