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El BCE publica su Informe de Convergencia 2018

23 de mayo de 2018

  • Los siete Estados miembros de la UE examinados han realizado progresos en el cumplimiento de los criterios de convergencia
  • Ningún país cumple todas las obligaciones establecidas en el Tratado, incluidos los criterios de convergencia legal
  • La convergencia sostenible es necesaria para una adopción fluida del euro

El Banco Central Europeo (BCE) publica hoy su Informe de Convergencia 2018 conforme a lo exigido en el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea. El informe se refiere a Bulgaria, Croacia, Hungría, Polonia, la República Checa, Rumanía y Suecia. Los siete Estados miembros de la UE han realizado progresos en el cumplimiento de los criterios para la adopción del euro, aunque ninguno cumple todas las obligaciones. El informe examina el grado de convergencia económica sostenible alcanzado en estos países y si sus bancos centrales nacionales cumplen los requisitos establecidos para integrarse plenamente en el Eurosistema. En la evaluación de la sostenibilidad de la convergencia, el informe tiene también en cuenta el marco reforzado de gobernanza económica de la UE (por ejemplo, el Pacto de Estabilidad y Crecimiento y el procedimiento de desequilibrio macroeconómico) y otros factores relevantes como la fortaleza del entorno institucional.

Convergencia económica: En lo que se refiere a los criterios de convergencia nominal, se han realizado algunos progresos desde la publicación del informe de Convergencia de 2016.

Las diferencias entre países en relación con la inflación han continuado reduciéndose, lo que es indicativo de los progresos efectuados hacia el logro de un alto grado de estabilidad de precios. En el período de referencia de doce meses comprendido entre abril de 2017 y marzo de 2018 la inflación aumentó en la UE debido principalmente al vigoroso crecimiento económico y a la subida de los precios de la energía y de las materias primas. Esto quedó reflejado en el valor de referencia para el criterio de estabilidad de precios, que cumplieron cinco de los siete países examinados en el informe. La República Checa y Hungría registraron tasas de inflación superiores al valor de referencia, mientras que la inflación se situó en dicho valor en Rumanía y Suecia, por debajo de dicho valor en Bulgaria y Polonia, y muy por debajo de dicho valor en Croacia. De cara al futuro, se espera que la inflación continúe aumentando en los próximos años en los países examinados. La sostenibilidad de la convergencia de la inflación a más largo plazo en la mayoría de los países examinados es motivo de preocupación.

El informe indica una visible mejora en relación con los criterios fiscales, con desequilibrios presupuestarios reducidos en la mayoría de los países examinados. En 2017 todos los países analizados registraron ratios de déficit por debajo del valor de referencia del 3 % del PIB y ningún país está sujeto actualmente a un procedimiento de déficit excesivo. Croacia fue objeto de dicho procedimiento en 2016. Por tanto, todos los países analizados cumplen el criterio de déficit. Las ratios de deuda superan el umbral del 60 % del PIB solo en el caso de Croacia y Hungría, pero siguen una senda suficientemente descendente y se están aproximando al 60 % del PIB a un ritmo satisfactorio, por lo que puede considerarse que estos países cumplen el Pacto de Estabilidad y Crecimiento.

Ninguna de las monedas de los países examinados participa en el Mecanismo de Tipos de Cambio II (MTC II). En la mayoría de los países, el tipo de cambio mostró una volatilidad relativamente elevada durante el período de referencia de dos años. Las excepciones fueron Bulgaria, cuya moneda está vinculada al euro en el marco de un sistema de currency board, y Croacia, que cuenta con un régimen cambiario de flotación estrechamente controlada.

Por lo que respecta a la convergencia de los tipos de interés a largo plazo, estos tipos se situaron por debajo del valor de referencia del 3,2 % en cinco de los siete países analizados. En Polonia y Rumanía, los tipos de interés superaron el valor de referencia. La República Checa y Suecia registraron los valores más bajos.

La convergencia sostenible es esencial: Los países que adoptan el euro deben poder demostrar la sostenibilidad de su proceso de convergencia. Una condición indispensable para alcanzar una convergencia sostenible es la estabilidad macroeconómica y, en particular, una política fiscal sólida. La mayoría de los países examinados han realizado progresos en la corrección de sus desequilibrios macroeconómicos. Una convergencia sostenible requiere asimismo instituciones sólidas. Es esencial un buen funcionamiento de los mercados de productos y de trabajo para afrontar las perturbaciones macroeconómicas. Además, se ha de disponer de políticas macroprudenciales adecuadas para evitar la acumulación de desequilibrios macroeconómicos, como aumentos excesivos de los precios de los activos y ciclos de auge y caída del crédito. Por último, se ha de contar con un marco apropiado para la supervisión y resolución de las instituciones financieras, especialmente en vista del establecimiento de la unión bancaria y el Mecanismo Único de Supervisión.

Convergencia legal: El marco jurídico de ninguno de los siete países examinados es plenamente compatible con los requisitos para la adopción del euro. Siguen existiendo incompatibilidades en relación con la independencia del banco central, en particular respecto a su independencia institucional y financiera y la independencia personal. Asimismo, en todos los países analizados, con la excepción de Croacia, existen incompatibilidades en lo que se refiere a la prohibición de financiación monetaria y la integración legal de sus bancos centrales en el Eurosistema.

Persona de contacto para consultas de los medios de comunicación: Stefan Ruhkamp, tel.: +49 69 1344 5057.

Notas:

  • El Informe de Convergencia se publica una vez cada dos años como mínimo o a petición de cualquier Estado miembro de la UE que desee incorporarse a la zona del euro.
  • Tanto el BCE como la Comisión Europea elaboran informes en los que se describen los progresos realizados por los Estados miembros no pertenecientes a la zona del euro en el cumplimiento de los criterios necesarios para adoptar el euro.
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