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NOTA DE PRENSA

El Banco Central Europeo adopta un dictamen sobre el proyecto de Constitución

22 de septiembre de 2003

El Banco Central Europeo (BCE) ha adoptado un dictamen, solicitado por el Consejo de la Unión Europea, sobre el proyecto de Constitución que ha redactado la Convención Europea y que servirá de base para la futura Conferencia Intergubernamental.

El BCE celebra el proyecto de Constitución, pues considera que simplifica, racionaliza y clarifica el marco legal e institucional de la Unión Europea y aumenta la capacidad de acción de esta tanto a nivel europeo como internacional. El proyecto de Constitución es un paso importante para preparar a la Unión para el futuro, como se pidió en la Declaración de Laeken.

El BCE entiende que el traslado de las disposiciones sobre el BCE y el Sistema Europeo de Bancos Centrales (SEBC) del Tratado de la CE a la Constitución no supondrá cambios de fondo, y que las funciones, el mandato, la condición y el régimen jurídico del BCE y del SEBC se mantienen en lo sustancial. El BCE da gran importancia a que no se modifique el fondo de los Estatutos del SEBC y del BCE y los demás protocolos relativos a la unión económica y monetaria, y a que dichos documentos se anexen a la Constitución como parte integrante de esta.

Sin perjuicio de esta valoración positiva general, el BCE aborda en su dictamen algunos aspectos del proyecto de Constitución que deberían mejorarse. Estas son las principales propuestas del BCE:

  • que se haga referencia al «crecimiento no inflacionista» o a la «estabilidad de precios» en el apartado 3 del artículo I-3, a fin de que se mantenga la actual prominencia de la estabilidad de precios en primer plano del Tratado de la CE y como principio rector de la Unión;
  • que se cambien ciertas rúbricas del Título IV de la Parte I de manera que se indique claramente que el BCE pertenece al marco institucional de la Unión aunque no figure en la lista de sus instituciones, y que se haga referencia al SEBC y al Eurosistema en la rúbrica del artículo I-29, que actualmente sólo menciona al BCE;
  • que se reconozca también en el artículo I-29 que los bancos centrales nacionales (BCN) son y seguirán siendo independientes;
  • que el proyecto de Constitución haga referencia al concepto comúnmente admitido de «Eurosistema» (en relación con el BCE y los BCN únicamente de los Estados miembros de la UE que han adoptado el euro);
  • que en el artículo III-90 se haga referencia expresa a las competencias del SEBC.

El Dictamen del BCE, que se publicará en breve en el Diario Oficial de la Unión Europea, puede consultarse en todas la lenguas oficiales de la Comunidad en la dirección del BCE en Internet.

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