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Los retos de la banca minorista europea, con especial referencia al mercado hipotecario

Discurso pronunciado por José Manuel González-Páramo, miembro del Comité Ejecutivo del BCEXVI Jornadas de las Cajas Rurales de la Comunidad de Valencia16 de febrero de 2007

Señoras y señores,

Me produce una gran satisfacción participar en estas Jornadas de las Cajas Rurales de la Comunidad de Valencia, un foro que cuenta ya con una dilatada tradición. No en vano las de 2007 representan la decimosexta edición de un evento que ha dado en constituirse en lugar de encuentro privilegiado para la discusión de los temas financieros locales, nacionales y europeos. Permítanme, pues, comenzar mis palabras agradeciendo a la Federación de Cajas Rurales Valencianas su amable invitación y la oportunidad que me brindan de dirigirme a todos ustedes.

Deseo dedicar mi intervención al análisis de una de las manifestaciones más importantes del proceso de Unión Económica y Monetaria: la progresiva integración de los mercados financieros. La relevancia de la integración financiera no puede ser minusvalorada. Tanto la teoría económica como la evidencia empírica disponible sugieren que la integración y el desarrollo de los mercados financieros contribuyen al crecimiento económico, al eliminar dificultades y barreras al intercambio, permitir una asignación más eficiente del capital entre las oportunidades de inversión y crear más opciones para la distribución y la diversificación del riesgo. Además, la integración financiera facilita la ejecución y la transmisión de la política monetaria de acuerdo con criterios de eficiencia y homogeneidad. A estas dos consideraciones se debe, fundamentalmente, que el Banco Central Europeo haya dedicado, desde su creación, una atención prioritaria al proceso de integración financiera europea, que seguimos estrechamente y al que contribuimos a través de múltiples iniciativas.

Dadas la amplitud y complejidad de los aspectos que rodean al proceso de integración, he creído apropiado acotar mi intervención a un aspecto de este proceso de integración, el relativo a la banca minorista y, más específicamente, al mercado de crédito hipotecario europeo. ¿Por qué concentrarme en este sector? Como explicaré a continuación, el proceso de integración financiera en Europa se encuentra, en general, muy avanzado, pero existen algunos segmentos del mercado, y en particular, el de la banca minorista, donde queda todavía camino por recorrer. Este sector es, ademas, particularmente importante desde el punto de vista del consumidor e, indudablemente también, desde la perspectiva de un banco central, dado que una buena parte de los impulsos de política monetaria se transmiten a través de la banca minorista. Y de entre las actividades minoristas, merece la pena concentrarse en una de las más importantes, complejas y dinámicas para el conjunto de las entidades de depósito, incluidas las Cajas Rurales, como lo es el conjunto de operaciones vinculadas al mercado hipotecario.

Estructuraré mis comentarios en torno al siguiente esquema. En primer lugar, describiré el nivel de integración de los mercados de banca minorista, tomando como referencia diversos indicadores cuantitativos de integración financiera en la zona del euro elaborados por el Banco Central Europeo. Seguidamente, me referiré a la iniciativa de la Comisión Europea —a la que ha contribuido el Eurosistema— destinada a encontrar fórmulas para fomentar la integración de los mercados hipotecarios y explicaré los puntos de vista del Banco Central Europeo sobre algunos aspectos de esta iniciativa. A continuación, trataré en mayor detalle sobre dos ámbitos en los que existen, en mi opinión, importantes posibilidades para el avance en la integración y la eficiencia de los mercados hipotecarios europeos: la financiación de los préstamos hipotecarios mediante titulización y la posibilidad de transferir dichos préstamos.

1. Nivel de integración de los mercados europeos de banca minorista

Como he señalado en mi introducción, el Banco Central Europeo evalúa y vigila muy de cerca el progreso en la integración del sistema financiero de la zona del euro. Con el fin de sistematizar esta evaluación, así como también sensibilidad a la opinión pública sobre el particular, el Banco Central Europeo ha elaborado un conjunto de indicadores, que se publican semestralmente en su sitio web [1].

Un rápido repaso de estos indicadores revela que, si bien la creación del euro ha actuado como un potente catalizador de la integración de los mercados financieros, el grado de integración varía entre los distintos segmentos del mercado y está relacionado, a su vez, con el nivel de integración de la estructura financiera subyacente, siendo más avanzado en aquellos sectores que están más conectados con la política monetaria única. En concreto, tras la introducción del euro, el mercado monetario de instrumentos no colateralizados se ha integrado plenamente y, a este respecto, la integración del sistema de grandes pagos TARGET ha sido un factor fundamental. Los mercados de deuda pública, de renta fija privada y de renta variable europeos están, asimismo, relativamente bien integrados. Por lo que se refiere a los mercados bancarios, los indicadores ponen de manifiesto que, mientras que los segmentos interbancario (o mayorista) y de capital muestran signos inequívocos de integración creciente, los mercados de banca minorista de la zona del euro siguen estando poco integrados. Esta situación se manifiesta también en el hecho de que las infraestructuras de pequeños pagos continúan fragmentadas [2].

Una imagen más detallada del grado de integración de la banca minorista puede obtenerse observando la dispersión de los tipos de interés bancarios aplicados a los préstamos a sociedades no financieras y hogares. Así, a pesar del notable aumento de convergencia logrado en la zona del euro en los últimos años, siguen existiendo diferenciales significativos en los tipos de interés bancarios aplicados entre los distintos países, que a su vez varían de unos instrumentos financieros a otros. Los diferenciales más acusados son los referidos a los préstamos de consumo a los hogares, seguidos de los préstamos concedidos a las sociedades no financieras, mientras que el nivel de dispersión de los tipos aplicados a los préstamos para la adquisición de vivienda es menor. Los factores que contribuyen a dicha dispersión de los tipos de interés bancarios son varios y, en muchos casos, operan simultáneamente.

Uno de estos factores es el relativo a la persistencia de cierta heterogeneidad entre los productos, posiblemente como reflejo de las distintas convenciones y prácticas comerciales nacionales. Hay que considerar, además, el papel que desempeñan diversos factores institucionales en la explicación de estas diferencias, como son los marcos legales e impositivos de los países. Por ejemplo, en el caso de los préstamos hipotecarios, el régimen de devolución anticipada de los préstamos hipotecarios a tipo fijo varía de país a país y estas diferencias pueden reflejarse en los tipos de los préstamos. Del mismo modo, el coste y la duración de las garantías obligatorias de estos préstamos varían considerablemente entre países, lo que también puede traducirse en diferencias en los tipos de interés aplicados por las instituciones financieras (IF). Asimismo, aunque los datos sobre los tipos de interés de las IF se compilan antes de impuestos y no incluyen las subvenciones directas, los factores fiscales, puesto que influyen en los precios relativos de algunos productos bancarios, pueden afectar al peso que los productos subvencionados o gravados tienen en los tipos de interés aplicados por las IF. Por último, otros factores, como las diferencias en el riesgo de crédito y la estructura de mercado, contribuyen también a explicar las discrepancias en los tipos de interés bancarios entre los distintos países [3].

Una manera adicional de evaluar el grado de integración de los mercados europeos de banca minorista es compararlo con el de otras regiones económicas o países. En este sentido, en lo que se refiere a los mercados hipotecarios, los estudios realizados indican que la dispersión transfronteriza de los tipos de interés de los préstamos a los hogares para la adquisición de vivienda sigue siendo más acusada en la zona del euro que, por ejemplo, en Estados Unidos [4]. Aunque esto se deba, en parte, a la mayor estandarización de los productos hipotecarios en Estados Unidos, también es indicativo de que el mercado hipotecario de la zona del euro no está aún plenamente integrado. Teniendo en cuenta la importancia que este mercado tiene en Europa -a final de 2005 la deuda pendiente de préstamos para vivienda ascendía a unos 5 trillones de euros, es decir, algo menos del 50% del PIB de la UE-, el progreso en la integración de este gran segmento del mercado minorista constituye, por lo tanto, un reto de primer orden.

2. La contribución del Eurosistema al Libro Verde de la Comisión Europea y la importancia de los mercados hipotecarios para los bancos centrales

El diagnóstico sobre el escaso avance en la integración financiera de la banca minorista en Europa no es exclusivo del Banco Central Europeo. En su «Libro Blanco sobre los Servicios Financieros 2005-2010», la Comisión Europea ha también subrayado el progreso en la integración de los mercados minoristas europeos como uno de los objetivos prioritarios para el futuro inmediato [5]. Como preparación para dicho Libro Blanco, y teniendo en cuenta la importancia de los mercados hipotecarios dentro del mercado minorista, la Comisión Europea publicó en julio del 2005 su Libro Verde relativo al crédito hipotecario en la Unión Europea (UE), iniciando una amplia consulta acerca de las posibles vías para lograr una mayor integración. Está previsto que la Comisión Europea publique un Libro Blanco sobre la integración de los mercados hipotecarios en junio de 2007.

En relación con la consulta sobre el mencionado Libro Verde, la Comisión Europea encargó a un instituto de investigación un estudio sobre los costes y los beneficios estimados de la integración de los mercados hipotecarios de la UE, con el fin de evaluar su grado de integración actual y de identificar los obstáculos para el avance en este ámbito. El informe, publicado en agosto de 2005, concluyó que la plena integración de los mercados hipotecarios de la UE hacia el año 2015 podría suponer un incremento del 0,7% del PIB y de un 0,5% del consumo privado de la UE [6]. Por supuesto, estos resultados deben tomarse con la debida cautela, debido a las limitaciones habituales de los modelos en que se basan tales estimaciones, pero no dejan de ser indicativos del orden de magnitud de las potenciales ganancias.

Sin duda, la insuficiente integración genera costes, como los que recaen sobre los hogares a consecuencia de las diferencias de precios y de la existencia de una gama incompleta de productos, o aquellos en los que incurren los prestamistas, que no pueden beneficiarse de las potenciales economías de escala. La mayor integración de los mercados hipotecarios podría, además, contribuir a incrementar la eficiencia de los mercados financieros en su conjunto, puesto que fomentaría una asignación más eficiente de los recursos y crearía mejores oportunidades para la diversificación de los riesgos.

Sobre la base de estos argumentos, el Eurosistema publicó, a finales del 2005, sus observaciones sobre el Libro Verde de la Comisión [7], en las que, en el marco general de la integración financiera, examinaba diversos aspectos relacionados, sobre todo, con la política monetaria y la estabilidad financiera. En el resto de mi intervención, examinaré con mayor detalle estas cuestiones y otras relacionadas. Si me lo permiten, comenzaré refiriéndome a la transmisión de la política monetaria.

La existencia de un sistema financiero eficiente y bien integrado es esencial para la transmisión fluida y efectiva de los impulsos de la política monetaria, es decir, la transmisión de las variaciones de los tipos de interés oficiales a los tipos de interés de mercado y bancarios, de manera que cuanto mayor sea el grado de integración financiera, mejor será, en la práctica, el funcionamiento del canal de transmisión monetaria.

En los últimos años, la política monetaria única ha sido capaz de garantizar su objetivo esencial, la estabilidad de precios, pese a que la integración financiera es aún incompleta en algunas áreas. La información disponible sugiere que, desde la introducción del euro, la velocidad de transmisión de los impulsos monetarios a los tipos que aplican las entidades de crédito a sus préstamos se ha incrementado. No obstante, la transmisión de la política monetaria podría ser más homogénea si la integración financiera del segmento de banca minorista fuese más avanzada. En el presente, si bien el mercado monetario de la zona del euro muestra un alto grado de integración, lo que se corresponde con el primer eslabón del mecanismo de transmisión —es decir, la relación entre los tipos oficiales y los de mercado—, el segundo eslabón —la relación entre los tipos de mercado y los tipos bancarios— sigue mostrando cierto grado de heterogeneidad.

Las diferencias en las características de los productos son, posiblemente, como señalé con anterioridad, posiblemente, la razón principal por la que los tipos medios de interés de los préstamos a los hogares para la adquisición de vivienda difieren entre los países de la zona del euro. Aun considerando como un factor positivo la amplia gama de productos hipotecarios y financieros de la que disponen los hogares en la mayoría de los países de la zona del euro, como resultado de la liberalización de los mercados de los últimos años, el Eurosistema ha de identificar toda particularidad institucional que pudiera representar un elemento de heterogeneidad en el mecanismo de transmisión de la política monetaria.

En lo que se refiere a los mercados hipotecarios, me gustaría concentrarme en dos de estas características: el nivel relativo de financiación a tipo fijo y a tipo variable y la posibilidad de refinanciar los préstamos hipotecarios.

En principio, si el tipo aplicable a los préstamos hipotecarios a tipo variable se reajusta con frecuencia en función de los tipos de mercado, debería observarse una respuesta más rápida de la renta disponible de los hogares a las variaciones de la política monetaria, reforzando el canal mediante el que las variaciones de los tipos de interés afectan al gasto de consumo. No obstante, la experiencia de los países industrializados no permite concluir con rotundidad, por el momento, que la política monetaria sea más efectiva en los países en los que predomina la deuda hipotecaria a tipo variable. Con todo, las estimaciones basadas en las estadísticas del Banco Central Europeo y en otra información sobre la estructura de vencimientos y de tipos de interés sugieren que la categoría de préstamos con vencimiento superior a diez años y un período inicial de fijación del tipo de diez años parece tener una importancia significativa en la zona del euro [8].

Otras características cualitativas de los contratos hipotecarios pesan también a la hora de determinar su influencia sobre el mecanismo de transmisión de la política monetaria como, por ejemplo, la cuestión de si es posible, de acuerdo con la normativa vigente, refinanciar a menor coste un préstamo hipotecario tras un descenso de los tipos de interés oficiales. Los efectos serían similares a los de los préstamos hipotecarios a tipo variable tras un descenso de los tipos de interés y su magnitud dependería de los costes de refinanciación, que normalmente consisten en comisiones de amortización anticipada. Los regímenes de cancelación anticipada difieren sensiblemente entre los Estados miembros de la UE. Mientras que en algunos países estas comisiones cubren la compensación al prestamista en concepto del coste y de las pérdidas derivadas del reembolso anticipado, en otros países dicha comisión es inexistente o limitada. Estas diferencias contribuyen probablemente, en alguna medida, a una transmisión desigual de la política monetaria en la zona del euro.

Me gustaría añadir que la gestión de la política monetaria es más efectiva cuando los hogares adoptan sus decisiones con adecuada perspectiva de futuro, sobre la base de una información transparente sobre los precios y otros aspectos de las condiciones de los préstamos hipotecarios. A este respecto, cabe recordar el Código de Conducta Europeo para Préstamos a la Vivienda, adoptado en marzo del 2001, por organizaciones europeas de consumidores y bancarias, en el que se recoge la información que ha de facilitarse a los hogares previamente a la celebración de un contrato de préstamo hipotecario [9].

A continuación, quisiera exponer algunas consideraciones sobre la estabilidad financiera. Como es sabido, el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea ha conferido al Banco Central Europeo la función de contribuir también a este objetivo [10]. El avance de la integración de los mercados hipotecarios podría tener distintas repercusiones sobre este ámbito, afectando no sólo al riesgo sistémico y a los canales de transmisión de las perturbaciones, sino también al comportamiento de los participantes en las actividades de financiación de vivienda.

En términos generales, si la mayoría de los préstamos hipotecarios son a tipo variable, habrá una mayor exposición de las entidades de crédito al riesgo crediticio y una menor exposición al riesgo de tipo de interés. Por el contrario, si predominan las hipotecas a tipo fijo, las entidades de crédito ven reducido el riesgo de impago, pero soportan el riesgo de tipo de interés, a menos que este se traslade a los participantes en el mercado de capitales.

Una mayor integración de los mercados hipotecarios permite una distribución más amplia de los riesgos intrínsecos entre países con ciclos inmobiliarios diferentes, lo que contribuye a mejorar la solvencia y la solidez de un sistema financiero integrado y hace de estos mercados una fuente de financiación de mayor tamaño y liquidez. Por otra parte, unos mercados hipotecarios más integrados podrían —mediante la creación de vínculos de financiación o de la distribución del riesgo crediticio— crear canales de contagio antes inexistentes.

Asimismo, el aumento de la competencia en unos mercados financieros más integrados podría tener repercusiones para la estabilidad financiera. Si el incremento de la competencia se tradujese en mayores facilidades de acceso al crédito —a consecuencia de una relajación de los criterios para la evaluación del riesgo de crédito, de una reducción excesiva de los márgenes o de una mayor exposición a mercados de la vivienda con precios sobrevalorados respecto de los determinantes fundamentales— la estabilidad financiera podría verse afectada. En contraste, si como resultado de la intensificación de la competencia en unos mercados más integrados, la eficiencia del sector financiero y las técnicas de gestión del riesgo mejorasen, podría producirse una disminución global de los riesgos. Conviene señalar que, gracias a la exigencia de garantías, las hipotecas son por lo general productos financieros relativamente seguros, y que las prácticas de gestión de riesgos aplicables en Europa se consideran en la actualidad adecuadas.

En este contexto, debe mencionarse que, en respuesta al incremento de la competencia, los bancos de la zona del euro ofrecen una gama cada vez más amplia de productos hipotecarios innovadores [11]. Por ejemplo, las hipotecas a tipo variable «tipo acordeón» dan la opción de mantener constante el importe de los pagos anuales, incluso si aumenta la carga del interés, ampliando el plazo de vencimiento del crédito. Asimismo, los productos hipotecarios ofrecen cada vez más opciones de devolución flexibles, como un inicio diferido del reembolso, una suspensión de los pagos o una reducción del importe de los pagos iniciales. Por último, los préstamos hipotecarios «sólo intereses» o «sin amortización» permiten diferir el pago del principal durante un período determinado o hasta el vencimiento del préstamo.

Desde la perspectiva de la estabilidad financiera, si bien los productos hipotecarios innovadores disponibles en la zona del euro permiten a los hogares mantener la carga de la deuda en niveles razonables a corto plazo, los riesgos a largo plazo podrían incrementarse, sobre todo si no se evaluase suficientemente la capacidad de los hogares para hacer pagos cuantiosos del principal tras un largo período de tiempo. Por tanto, debería vigilarse la forma en que la innovación de los productos y la integración financiera pueden alterar la naturaleza de la distribución del riesgo del crédito hipotecario.

De todo lo dicho se sigue que, aunque la integración financiera incrementará progresivamente la adaptabilidad y la resistencia general del sistema financiero, necesitamos mejorar nuestra comprensión acerca de las posibles fuentes de vulnerabilidad, en un contexto de mercados financieros cada vez más integrados. En consecuencia, resulta esencial seguir de cerca la evolución de las prácticas del mercado y la vigilancia de los posibles canales de transmisión de riesgos.

3. Dos retos clave para el avance de la integración de los mercados hipotecarios europeos: Titulización y transferibilidad

Teniendo en cuenta los beneficios derivados de la integración de los mercados hipotecarios europeos, el Banco Central Europeo desea contribuir a identificar aquellos ámbitos que ofrezcan mayor margen para el avance de este proceso. A este respecto, un principio rector es el mandato general del Tratado, que dispone que el Eurosistema actuará «con arreglo al principio de una economía de mercado abierta y de libre competencia, fomentando una eficiente asignación de los recursos» [12]. La integración financiera debe ser, ante todo, un proceso impulsado por el mercado, por lo que, para seleccionar ámbitos susceptibles de mejora, aplicamos enfoques basados precisamente en este criterio.

Un elemento adicional que explica nuestro interés en esta cuestión se deriva de la ejecución de la política monetaria única mediante operaciones de crédito garantizadas, en las que los títulos relacionados con los préstamos hipotecarios han llegado a representar cerca del 30% de los activos que las entidades de contrapartida presentan como garantía en las operaciones de crédito del Eurosistema. Así pues, vigilamos con el máximo interés la evolución de este importante tipo de activo.

Estas consideraciones me llevan a referirme a dos ámbitos que estimamos potencialmente fértiles para el fomento de la integración de los mercados hipotecarios europeos: la financiación del crédito hipotecario en los mercados de capital mediante la titulización y la transferibilidad de los préstamos hipotecarios.

El mercado de capitales —la financiación de los préstamos hipotecarios mediante bonos y valores de renta variable de titulización hipotecaria— ha sido, hasta el momento, la vía principal de integración de los mercados hipotecarios europeos. Por el contrario, la integración transfronteriza directa es limitada, y tan sólo representa alrededor de un 1% de los préstamos hipotecarios concedidos. Permítanme detenerme más detenidamente en estos dos canales.

En Europa, aunque la financiación bancaria sigue cubriendo la mayoría de los préstamos hipotecarios, una proporción creciente se financia a través de los mercados de capital mediante la emisión de bonos y valores de renta variable de titulización hipotecaria. De hecho, estos dos instrumentos son complementarios.

Actualmente, el valor de los bonos y de los valores de renta variable de titulización hipotecaria en la UE es de unos 900  billones de euros y de unos 500  billones de euros, respectivamente [13], lo que representa casi un 20% y un 10% del valor del mercado de hipotecas para vivienda. La actividad emisora es también muy dinámica. La emisión de bonos de titulización ascendió a 151 billones de euros en los tres primeros trimestres del 2006, un 70% más que en el mismo período del 2005, lo que supone más del 53% del valor total de los valores de titulización emitidos en Europa [14].

El uso de estos instrumentos de financiación del mercado de capitales podría jugar un papel importante en el fomento de la integración y la eficiencia de los mercados hipotecarios europeos, puesto que, como ocurre también en el caso de los préstamos hipotecarios transfronterizos, para obtener financiación no sería necesario acceder previamente a una base de depósitos nacional. Asimismo, estos instrumentos generan ventajas desde el punto de vista de la gestión del riesgo de las entidades de crédito. En consecuencia, los préstamos hipotecarios podrían financiarse de un modo más efectivo, lo que, si las demás condiciones no cambian, podría traducirse en un abaratamiento de los préstamos para los consumidores.

Siguen existiendo, no obstante, diversos obstáculos que impiden la creación de un mercado de financiación hipotecaria plenamente integrado. Quisiera referirme a dos de ellos: diferencias en el marco jurídico y fiscal, e impedimentos a la transferibilidad de préstamos hipotecarios.

La introducción en varios países europeos de disposiciones aplicables a los bonos de titulización hipotecaria y la adopción de un marco jurídico regulador de la titulización ha respaldado el crecimiento de los mercados secundarios relevantes y, con frecuencia, ha mejorado la calidad de estos instrumentos de financiación. En este momento, existen disposiciones aplicables a estos instrumentos en diecisiete Estados miembros de la UE y están tramitándose en otros, y se han aprobado instrumentos legislativos que regulan la titulización en diez Estados miembros. Con todo, los mercados hipotecarios secundarios europeos presentan aún cierto grado de fragmentación, debido a las diferencias del marco jurídico, impositivo y normativo, y a la diversidad entre las reglas y prácticas de los distintos mercados. Por ejemplo, existen diferencias en cuanto al tipo de activos admisibles como garantía y en cuanto al tipo de originador o prestador del servicio, que podrían obstaculizar la plena evolución del mercado. Asimismo, existe margen para la reducción de los costes y el tiempo necesarios para la transferencia de los préstamos y de la incertidumbre sobre el tratamiento fiscal de la titulización. Como consecuencia de dichos obstáculos, los beneficios que podrían obtenerse de las economías de escala y de la diversificación entre distintos países no se aprovechan aún plenamente.

En cuanto al segundo impedimento al que hacía mención con anterioridad, si bien observamos la existencia de una pequeña proporción de financiación no nacional de préstamos hipotecarios, los instrumentos de financiación garantizado con una base paneuropea de préstamos hipotecarios están aún poco desarrolladas. Esto obedece al hecho de que aún hay impedimentos a la transferencia interna y transfronteriza de los préstamos hipotecarios. La transferibilidad sencilla y eficiente permitiría la creación y la gestión de carteras de préstamos hipotecarios que garantizasen la emisión de bonos y valores de renta variable de titulización hipotecaria. Por otra parte, el impulso de la creación de un mercado paneuropeo de financiación hipotecaria, facilitando la transferencia transfronteriza de las carteras de préstamos hipotecarios podría favorecer la integración del mercado hipotecario primario. Esto permitiría a los prestamistas hipotecarios operar con agilidad en los mercados internacionales, puesto que no tendrían que establecer una infraestructura previa para poder ofrecer préstamos en otros países. Como resultado, también se incrementaría la competencia entre los prestamistas.

Estos son los dos ámbitos que considero más prometedores para el avance de la integración del mercado hipotecario europeo y, de hecho, a ellos se refieren diversas iniciativas públicas y privadas. Así, la Comisión Europea ha creado un grupo de expertos —en el que el Banco Central Europeo participa en calidad de observador—, cuyo cometido es identificar los obstáculos a las actividades transfronterizas de los mercados de financiación hipotecaria y proponer soluciones para su eliminación. El informe de este grupo de expertos será tenido en cuenta en la elaboración del Libro Blanco de la Comisión del 2007.

Quisiera también referirme a la Directiva sobre la adecuación del capital, que asigna una menor ponderación del riesgo para los bonos de titulización hipotecaria [15]. Asimismo, partiendo de la definición contenida en la Directiva OICVM [16], la Directiva sobre la adecuación del capital estipula una serie de criterios de admisibilidad para los créditos que garantizan los bonos de titulización hipotecaria. Por tanto, aunque la Directiva OICVM establece los requisitos mínimos que constituyen la base para el tratamiento privilegiado de dichos instrumentos, debido a la diversidad de las legislaciones nacionales, no existe todavía una clasificación de los mismos generalmente aceptada, por lo que las especificaciones establecidas en la legislación de la UE resultan muy valiosas. Además, existen iniciativas impulsadas por el sector privado encaminadas a fomentar la convergencia de criterios y definiciones. A este respecto, mencionaré el trabajo de Consejo Europeo de Bonos de Titulización Hipotecaria (European Covered Bond Council), creado en 2004 como parte de la Federación Hipotecaria Europea (European Mortgage Federation), dirigido a elaborar criterios mínimos comunes para los bonos y valores de renta fija de titulización hipotecaria.

Asimismo, en lo que se refiere a la titulización en general, quisiera señalar el trabajo del Grupo de Abogados de los Mercados Financieros Europeos (EFMLG en sus siglas en inglés), que ofrece asesoramiento sobre los obstáculos jurídicos para la titulización transfronteriza en la UE. A principios del 2007, el Grupo emitirá un informe con recomendaciones para incrementar la armonización de las distintas normativas sobre titulización europea [17].

Puesto que las diferencias entre los distintos marcos jurídicos no pueden superarse mediante iniciativas del mercado, estoy convencido de que también el sector hipotecario recibiría positivamente la adopción, por parte de las instituciones comunitarias, de principios y criterios rectores relativos a la titulización en el seno de la UE, a fin de facilitar la transferencia transfronteriza de los préstamos hipotecarios.

4. Conclusión

Permítanme concluir esta intervención en la que he expresado la opinión del Banco Central Europeo sobre los retos para la integración financiera en general, y en particular para los mercados hipotecarios europeos en la actualidad. Como es lógico, sólo me he detenido en los aspectos de esta cuestión que son más relevantes desde el punto de vista de nuestras funciones de banco central. El Banco Central Europeo, por los distintos argumentos que he explicado con anterioridad, tiene un especial interés en el desarrollo de la integración financiera de este mercado, y a ello contribuye activamente desde su ámbito y sus competencias. Consideramos que nuestro papel en este proceso debe ser, esencialmente, el de catalizador, contribuyendo a impulsar la adopción de soluciones e iniciativas de mercado encaminadas a mejorar la integración, el desarrollo y la eficiencia de los mercados hipotecarios europeos y del sistema financiero europeo en general. Es nuestro propósito seguir trabajando en esta dirección.

Muchas gracias por su atención.

  1. [1] Véase http://www.ecb/int/stats/finint/html/index.en.html. Para consultar el último informe del Banco Central Europeo sobre estos indicadores (septiembre del 2006) véase: http://www.ecb.europa.eu/pub/pdf/other/indicatorsfinancialintegration200609en.pdf.

  2. [2] A este fin, el sector bancario ha adoptado la Zona Única de Pagos para el Euro (SEPA en el acrónimo inglés). El Eurosistema ha apoyado su implantación actuando como catalizador de esta iniciativa del sector privado.

  3. [3] En este contexto, debemos referirnos a un informe publicado recientemente por el Banco Central Europeo, titulado «Differences in MFI interest rates across euro area countries», en el que se presenta la primera evaluación exhaustiva de las diferencias observadas entre países en los tipos de interés que las IF de la zona del euro ofrecen por los depósitos y cobran por los préstamos. Véase http://www.ecb.europa.eu/pub/pdf/other/differencesmfiinterestrates2006en.pdf (septiembre del 2006). El informe ofrece información detallada y exhaustiva sobre los tipos de interés medios de las IF, y tiene como objetivo garantizar que las comparaciones entre los distintos países se basen en datos fiables. El Banco Central Europeo y los Bancos Centrales Nacionales publican también cuadros comunes que ofrecen información general periódica sobre los tipos de interés medios aplicables a quince tipos de depósitos y préstamos en todos los países de la zona del euro.

  4. [4] Véase el Informe Anual del Banco Central Europeo correspondiente al 2005 en http://www.ecb.europa.eu/pub/pdf/annrep/ar2005en.pdf. Este diferencial puede explicarse en parte por diferencias metodológicas.

  5. [5] Véase el sitio web de la Comisión Europea: http://europa.eu.int/comm/internal_market/finances/policy/index_en.htm (con fecha 5 de diciembre de 2005).

  6. [6] London Economics, «The Costs and Benefits of Integration of EU Mortgage Markets: Report for European Commission, DG Internal Market and Services», agosto del 2005.

  7. [7] Véase el sitio web del Banco Central Europeo: http://www.ecb.europa.eu/pub/pdf/other/eumortgagecreditconsultationen.pdf (de fecha 1 de diciembre de 2005).

  8. [8] Véase el recuadro 1 titulado «Características de los contratos hipotecarios en la zona del euro», en la edición de noviembre del 2004 del Boletín Mensual del Banco Central Europeo.

  9. [9] La Comisión Europea vigila la aplicación del Código. Véase http://ec.europa.eu/internal_market/ finservices-retail/home-loans/code_en.htm.

  10. [10] Véase el apartado 5 del artículo 105 del Tratado. El Banco Central Europeo difunde su seguimiento acerca de la estabilidad financiera en el conjunto de la zona del euro en su publicación «Financial Stability Review».

  11. [11] Véase el recuadro 7 titulado «The influence of mortgage product innovations on risks to household debt sustainability», en la edición del Financial Stability Review del Banco Central Europeo de diciembre del 2005, pg. 59-61.

  12. [12] Véase el apartado 1 del artículo 105 del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea.

  13. [13] Fuente para los bonos garantizados: European Covered Bond Council; fuente para los valores de renta variable de titulización hipotecaria: European Securitisation Forum.

  14. [14] European Securitisation Forum, “ESF Securitisation Data Report”, otoño del 2006.

  15. [15] Directiva 2006/48/EC del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de junio de 2006, relativa al acceso a la actividad de las entidades de crédito y a su ejercicio (refundida), DO L 177/1 de 30.06.2006, Anexo VI, punto 68.

  16. [16] Directiva 85/611/CEE del Consejo, de 20 de diciembre de 1985, por la que se coordinan las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas sobre determinados organismos de inversión colectiva en valores mobiliarios (OICVM) (DO L 375 de 31.12.1985, p. 3) (modificada).

  17. [17] El EFMLG es un grupo de juristas del sector bancario de la UE dedicado a analizar y promover iniciativas que contribuyan a la armonización de las normas y prácticas de los mercados y a la integración de los mercados financieros europeos (www.efmlg.org).

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