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NOTA DE PRENSA

Publicación anual de la Lista de Instituciones Financieras Monetarias y de entidades sujetas a reservas mínimas obligatorias referida a fin de diciembre del 2001

14 de febrero de 2002

El Banco Central Europeo (BCE) publica la «Lista de instituciones financieras monetarias y de entidades sujetas a reservas mínimas obligatorias» («Lista de IFM») de conformidad con el apartado 2 del artículo 3 del Reglamento del Banco Central Europeo de 1 de diciembre de 1998 relativo al balance consolidado del sector de las instituciones financieras monetarias (BCE/1998/16)[[1]], en su versión modificada, y con el apartado 3 del artículo 2 del Reglamento del Banco Central Europeo de 1 de diciembre de 1998 relativo a la aplicación de las reservas mínimas (BCE/1998/15), en su versión modificada.

En esta publicación figuran las entidades incluidas en el sector de las Instituciones Financieras Monetarias (sector IFM) a finales de diciembre del 2001. La lista de IFM se publica a comienzos de cada año natural, siendo la presente la quinta lista que se difunde.

La lista de IFM facilita la elaboración de un balance completo y homogéneo del sector creador de dinero de la zona del euro, al tiempo que garantiza que la información sobre la población informante a efectos estadísticos sea lo más completa, precisa y homogénea posible. La lista de entidades sujetas a reservas mínimas obligatorias se basa en el artículo 19.1 de los Estatutos del Sistema Europeo de Bancos Centrales y del Banco Central Europeo, con arreglo al cual el BCE está facultado para exigir a las entidades de crédito establecidas en la zona del euro el mantenimiento de unas reservas mínimas para atender a los objetivos de política monetaria.

Esta publicación se incluirá por primera vez en el apartado «Publications» de la sección «MFIs and assets», en la dirección del BCE en Internet (http://www.ecb.europa.eu).

Asimismo, tanto la versión completa actualizada como los cambios que se introducen mensualmente en la lista de IFM se publican el último día hábil de cada mes natural en la sección «MFIs and assets», en la dirección del BCE en Internet.

Puede obtenerse una versión impresa actualizada de la lista de IFM solicitándola a cualquiera de los bancos centrales nacionales de la Unión Europea.

  1. [1] El Reglamento BCE/1998/16 ha sido sustituido por el Reglamento del Banco Central Europeo de 22 de noviembre de 2001 relativo al balance consolidado del sector de las instituciones financieras monetarias (BCE/2001/13), con efectos desde el 1 de enero de 2002. La adopción del nuevo Reglamento no supone ninguna modificación de la definición ni de la clasificación de las IFM.

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Banco Central Europeo

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