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Unión Económica y Monetaria

En junio de 1988 el Consejo Europeo confirmó el objetivo de lograr progresivamente una unión económica y monetaria (UEM). Constituyó un comité, presidido por el entonces presidente de la Comisión Europea, Jacques Delors, que estudiase y propusiera fases concretas para avanzar hacia dicha unión.

El comité estaba formado por los gobernadores de los bancos centrales nacionales de los países de la entonces Comunidad Europea (CE); Alexandre Lamfalussy, entonces director general del Banco de Pagos Internacionales (BPI); Niels Thygesen, catedrático de Economía danés, y Miguel Boyer, presidente del Banco Exterior de España.

El fruto de la labor del comité, el Informe Delors, proponía que la unión económica y monetaria se alcanzase en tres fases que marcasen una evolución mesurada aunque progresiva.

Fases de la Unión Económica y Monetaria (UEM)

Resumen
PRIMERA FASE
desde el 1 de julio de 1990
Liberalización completa para las transacciones de capital;
incremento de la cooperación entre los bancos centrales;
libre utilización del ECU (unidad monetaria europea precursora del €;
mejora de la convergencia económica.
SEGUNDA FASE
desde el 1 de enero de 1994
Creación del Instituto Monetario Europeo (IME);
prohibición a los bancos centrales de conceder crédito;
incremento de la coordinación de las políticas monetarias;
refuerzo de la convergencia económica;
proceso conducente a la independencia de los bancos centrales nacionales, que debía concluir a más tardar en la fecha del establecimiento del Sistema Europeo de Bancos Centrales;
trabajos preparatorios para la tercera fase.
TERCERA FASE
desde el 1 de enero de 1999
Fijación irrevocable de los tipos de conversión;
introducción del euro;
ejecución de la política monetaria única por parte del Sistema Europeo de Bancos Centrales;
entrada en vigor del mecanismo de tipos de cambio dentro de la UE (MTC II);
entrada en vigor del Pacto de Estabilidad y Crecimiento.

Primera fase

La primera fase de la UEM

Sobre la base del Informe Delors, el Consejo Europeo decidió en junio de 1989 que la primera fase de la unión económica y monetaria comenzase el 1 de julio de 1990, fecha en que quedaban suprimidas, en principio, las restricciones a la circulación de capitales entre los Estados miembros.

Comité de Gobernadores

El Comité de Gobernadores de los bancos centrales de los Estados miembros de la Comunidad Económica Europea, que había desempeñado un papel cada vez más importante en la cooperación monetaria desde su creación en mayo de 1964, recibió, en virtud de la Decisión del Consejo de 12 de marzo de 1990, la atribución de nuevas competencias, entre ellas mantener consultas sobre las políticas monetarias de los Estados miembros e impulsar la coordinación en dicho ámbito a fin de conseguir la estabilidad de precios.

En vista de la relativa escasez de tiempo disponible y de la complejidad de las tareas, el Comité de Gobernadores comenzó, simultáneamente, la realización de los trabajos preparatorios para el inicio de la tercera fase de la Unión Económica y Monetaria (UEM). El primer paso consistió en identificar las cuestiones que debían someterse inicialmente a examen, ultimar un programa de trabajo para finales de 1993 y determinar a partir de este el cometido de los subcomités existentes y de los grupos de trabajo establecidos a tal efecto.

Preparativos jurídicos

Para la realización de las fases segunda y tercera, era preciso revisar el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea (el Tratado de Roma) con objeto de establecer la infraestructura institucional necesaria. Con este fin, se convocó una Conferencia Intergubernamental sobre la UEM, que tuvo lugar en 1991 paralelamente a la Conferencia Intergubernamental sobre la unión política.

Las negociaciones concluyeron con la adopción, en diciembre de 1991, del Tratado de la Unión Europea, que fue firmado en Maastricht el 7 de febrero de 1992. No obstante, debido a los retrasos ocurridos en el proceso de ratificación, no entró en vigor hasta el 1 de noviembre de 1993. El nuevo Tratado modificó el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea, que pasó a denominarse Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, e incorporó, entre otros, el Protocolo sobre los Estatutos del Sistema Europeo de Bancos Centrales y del Banco Central Europeo y el Protocolo sobre los Estatutos del Instituto Monetario Europeo.

Segunda fase

La segunda fase de la UEM

La creación del IME y del BCE

La creación del Instituto Monetario Europeo (IME), el 1 de enero de 1994, señaló el comienzo de la segunda fase de la UEM y la disolución del Comité de Gobernadores. La existencia transitoria del IME reflejaba igualmente el estado de integración monetaria en la Comunidad. Entre las atribuciones del IME no figuraba la ejecución de la política monetaria en la Unión Europea, que siguió siendo competencia exclusiva de las autoridades nacionales, ni tampoco la intervención en los mercados de divisas.

Las dos funciones principales del IME eran:

  • Fortalecer la cooperación entre los bancos centrales y la coordinación de las políticas monetarias, y
  • realizar los trabajos preparatorios necesarios para la constitución del Sistema Europeo de Bancos Centrales (SEBC), para la ejecución de la política monetaria única y para la creación de una moneda única en la tercera fase.

A estos efectos, el IME constituyó un foro de consulta, debate e información sobre cuestiones de política monetaria, al tiempo que estableció el marco necesario en materia normativa, de organización y de logística para que el BCE llevase a cabo sus tareas en la tercera fase.

En diciembre de 1995, el Consejo Europeo acordó que la unidad monetaria europea que habría de introducirse al inicio de la tercera fase se denominaría «euro», y confirmó que dicha fase comenzaría el 1 de enero de 1999. Además, se anunció el orden cronológico de una serie de acontecimientos que marcarían el avance en el proceso de transición al euro. Este plan se basaba principalmente en propuestas detalladas elaboradas por el IME.

MTC II

El IME recibió, asimismo, el encargo de realizar los trabajos preparatorios de las futuras relaciones monetarias y cambiarias entre los países de la zona del euro y los demás países de la UE. En diciembre de 1996, el IME presentó al Consejo Europeo un informe que constituyó la base para la elaboración de una Resolución del Consejo Europeo sobre los principios y elementos fundamentales del nuevo mecanismo de tipos de cambio (MTC II), que fue adoptado en junio de 1997.

Los nuevos billetes

En diciembre de 1996, el IME también presentó al Consejo Europeo, y posteriormente al público, la serie de los diseños de los billetes en euros seleccionados que entrarían en circulación el 1 de enero de 2002.

Pacto de Estabilidad y Crecimiento

A fin de completar y desarrollar las disposiciones del Tratado relativas a la UEM, el Consejo Europeo adoptó, en junio de 1997, el Pacto de Estabilidad y Crecimiento, del que forman parte dos reglamentos, cuya finalidad es garantizar la disciplina presupuestaria en relación con la UEM. En mayo de 1998, el Consejo emitió una declaración por la que se ampliaba el Pacto y se reforzaban los compromisos adquiridos. El pacto fue reformado en 2005 y 2011.

Participantes iniciales

El 2 de mayo de 1998, el Consejo de la Unión Europea, reunido en su formación de Jefes de Estado o de Gobierno, decidió por unanimidad que once Estados miembros cumplían las condiciones necesarias para participar en la tercera fase de la UEM y adoptar la moneda única el 1 de enero de 1999. Dichos participantes iniciales fueron Bélgica, Alemania, España, Francia, Irlanda, Italia, Luxemburgo, Países Bajos, Austria, Portugal y Finlandia. Los jefes de Estado o de Gobierno llegaron asimismo a un acuerdo político con relación a las personas que habrían de recomendarse como miembros del Comité Ejecutivo del Banco Central Europeo (BCE).

Preparativos para la fijación de los tipos de conversión

También en mayo de 1998, los ministros de Economía de los Estados miembros que habían adoptado la moneda única acordaron, junto con los gobernadores de los bancos centrales nacionales de dichos países, la Comisión Europea y el IME, que los tipos de cambio centrales bilaterales del SME de las monedas de los Estados miembros participantes serían utilizados para determinar los tipos de conversión irrevocable del euro.

Designación de los órganos rectores

El 25 de mayo de 1998, los Gobiernos de los once Estados miembros participantes nombraron al presidente, al vicepresidente y a los otros cuatro miembros del Comité Ejecutivo del BCE. La toma de posesión de estos cargos tuvo lugar el 1 de junio de 1998 y señaló la constitución del BCE. El BCE y los bancos centrales nacionales de los Estados miembros participantes constituyen el Eurosistema, que establece y formula la política monetaria única en la tercera fase de la UEM.

Con la creación del BCE el 1 de junio de 1998, las tareas del IME se consideraron concluidas. De conformidad con el artículo 123 (antiguo artículo 109 L) del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, el IME entró en liquidación en el momento de la constitución del BCE. La totalidad de los trabajos preparatorios encomendados al IME concluyó en el plazo previsto y el BCE empleó el resto del año 1998 en realizar pruebas finales de diversos sistemas y procedimientos.

Tercera fase

La tercera fase de la UEM

Fijación irrevocable de los tipos de conversión

El 1 de enero de 1999 daba comienzo la tercera y última fase de la UEM con la fijación irrevocable de los tipos de cambio de las monedas de los once Estados miembros participantes desde el principio en la unión monetaria y el inicio de la ejecución de la política monetaria única bajo la responsabilidad del BCE.

El número de Estados miembros participantes aumentó a doce el 1 de enero de 2001 cuando Grecia se incorporó a la tercera fase de la UEM. Eslovenia se convirtió en el decimotercer miembro de la zona del euro el 1 de enero de 2007, seguida por Chipre y Malta un año después, Eslovaquia, el 1 de enero de 2009, Estonia, el 1 de enero de 2011, Letonia, el 1 de enero de 2014, Lituania, el 1 de enero de 2015 y Croacia, el 1 de enero de 2023. En la fecha en que estos países se incorporaron a la zona del euro, sus respectivos bancos centrales se integraron automáticamente en el Eurosistema.

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