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Estabilidad financiera

El BCE tiene dos tareas principales en el ámbito de la estabilidad financiera.

Identificar los riesgos

El BCE, junto con los demás bancos centrales del Eurosistema y del Sistema Europeo de Bancos Centrales, realiza un seguimiento de la evolución cíclica y estructural del sector bancario de la zona del euro y del conjunto de la UE, así como de otros sectores financieros.

Valorar los riesgos

El impacto potencial de los riesgos sistémicos sobre la estabilidad del sistema financiero de la zona del euro y de la UE y su capacidad de resistencia se valoran utilizando herramientas cuantitativas, como el marco de pruebas de resistencia macro del BCE, análisis de redes y otras herramientas de modelización conexas. Para valorar prospectivamente la capacidad de resistencia del sector bancario frente a una evolución macroeconómica y financiera (adversa) se suele utilizar un marco de pruebas de resistencia macro.

En el ámbito de la estabilidad financiera, el BCE también presta apoyo analítico a la Junta Europea de Riesgo Sistémico.

Política macroprudencial

Con la entrada en vigor del Reglamento del MUS el 4 de noviembre de 2014, se dotó al BCE de instrumentos macroprudenciales para abordar la aparición de posibles riesgos sistémicos en el sistema financiero. El BCE tiene dos mandatos en el ámbito de la política macroprudencial.

Aplicar medidas más estrictas

El BCE puede imponer requisitos más elevados en lo que respecta a los colchones de capital que los aplicados por las autoridades nacionales. También puede aplicar medidas más estrictas con el fin de hacer frente a riesgos sistémicos o macroprudenciales, de conformidad con los procedimientos establecidos en la legislación de la UE pertinente. Por ejemplo, previa notificación a las autoridades nacionales, el BCE puede imponer requisitos más elevados a las entidades de crédito en lo relación con:

  • los colchones de capital anticíclicos
  • los colchones contra riesgos sistémicos (si se han incorporado a la legislación nacional)
  • los recargos de capital a las entidades de importancia sistémica
  • las ponderaciones por riesgo de las exposiciones a activos inmobiliarios y dentro del sector financiero
  • los limites a los grandes exposiciones
  • las obligaciones de información adicionales

Comentar y objetar

Las autoridades nacionales han de notificar al BCE si prevén aplicar o modificar una medida macroprudencial. El BCE valora las medidas previstas y puede presentar objeciones. Las autoridades nacionales considerarán los comentarios del BCE antes de adoptar la decisión.

Regulación financiera

La regulación de las instituciones y mercados financieros constituye la base de la política macroprudencial. El BCE analiza iniciativas de los reguladores y supervisores europeos e internacionales en materia de regulación financiera, supervisión financiera, mecanismos de estabilidad financiera (por ejemplo, gestión y resolución de crisis financieras) y otras áreas de los servicios financieros (por ejemplo, contabilidad). También presta asesoramiento desde una perspectiva macroprudencial y de estabilidad financiera, en particular, contribuye a las propuestas legislativas nacionales, internacionales y de la UE en materia de regulación y supervisión, a través de las aportaciones del BCE/Eurosistema.

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