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Document 32019D0036

Decisión (UE) 2019/2216 del Banco Central Europeo de 28 de noviembre de 2019 por la que se modifica la Decisión (UE) 2015/298 sobre la distribución provisional de los ingresos del Banco Central Europeo (BCE/2019/36)

OJ L 332, 23.12.2019, p. 183–183 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

Legal status of the document In force

ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2019/2216/oj

23.12.2019   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 332/183


DECISIÓN (UE) 2019/2216 DEL BANCO CENTRAL EUROPEO

de 28 de noviembre de 2019

por la que se modifica la Decisión (UE) 2015/298 sobre la distribución provisional de los ingresos del Banco Central Europeo (BCE/2019/36)

EL CONSEJO DE GOBIERNO DEL BANCO CENTRAL EUROPEO,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Vistos los Estatutos del Sistema Europeo de Bancos Centrales y del Banco Central Europeo, en particular el artículo 33,

Considerando lo siguiente:

(1)

La Decisión (UE) 2016/2247 del Banco Central Europeo (BCE/2016/35) (1) hace referencia al establecimiento de una provisión frente a los riesgos financieros en el balance del Banco Central Europeo, y dicha provisión debe mencionarse en el artículo 3 de la Decisión (UE) 2015/298 del Banco Central Europeo (BCE/2014/57) (2).

(2)

Debe modificarse en consecuencia la Decisión (UE) 2015/298 (BCE/2014/57).

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

Modificación

El artículo 3 de la Decisión (UE) 2015/298 (BCE/2014/57) se sustituye por el siguiente:

«No obstante lo dispuesto en el artículo 2, el Consejo de Gobierno decidirá antes del final del ejercicio si deben retenerse en todo o en parte los ingresos del BCE a que se refiere dicho artículo en la medida necesaria para garantizar que el importe de los ingresos distribuidos no sobrepase el beneficio neto del BCE en ese ejercicio. La decisión se adoptará en el caso de que, en virtud de una estimación razonada del Comité Ejecutivo, el Consejo de Gobierno prevea que el BCE va a tener una pérdida anual general o un beneficio neto anual inferior al importe estimado de los ingresos a que se refiere el artículo 2. El Consejo de Gobierno podrá decidir antes del final del ejercicio que los ingresos del BCE a que se refiere dicho artículo se transfieran en todo o en parte a una provisión frente a los riesgos financieros».

Artículo 2

Entrada en vigor

La presente Decisión entrará en vigor el 31 de diciembre de 2019.

Hecho en Fráncfort del Meno, el 28 de noviembre de 2019.

La presidenta del BCE

Christine LAGARDE


(1)  Decisión (UE) 2016/2247 del Banco Central Europeo, de 3 de noviembre de 2016, sobre las cuentas anuales del Banco Central Europeo (BCE/2016/35) (DO L 347 de 20.12.2016, p. 1).

(2)  Decisión (UE) 2015/298 del Banco Central Europeo, de 15 de diciembre de 2014, sobre la distribución provisional de los ingresos del Banco Central Europeo (BCE/2014/57) (DO L 53 de 25.2.2015, p. 24).


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