EUR-Lex Access to European Union law
This document is an excerpt from the EUR-Lex website
Document 02013O0023-20180901
Guideline of the European Central Bank of 25 July 2013 on government finance statistics (recast) (ECB/2013/23) (2014/2/EU)
Consolidated text: Orientación del Banco Central Europeo de 25 de julio de 2013 sobre las estadísticas de las finanzas públicas (refundición) (BCE/2013/23) (2014/2/UE)
Orientación del Banco Central Europeo de 25 de julio de 2013 sobre las estadísticas de las finanzas públicas (refundición) (BCE/2013/23) (2014/2/UE)
02013O0023 — ES — 01.09.2018 — 001.001
Este texto es exclusivamente un instrumento de documentación y no surte efecto jurídico. Las instituciones de la UE no asumen responsabilidad alguna por su contenido. Las versiones auténticas de los actos pertinentes, incluidos sus preámbulos, son las publicadas en el Diario Oficial de la Unión Europea, que pueden consultarse a través de EUR-Lex. Los textos oficiales son accesibles directamente mediante los enlaces integrados en este documento
ORIENTACIÓN DEL BANCO CENTRAL EUROPEO de 25 de julio de 2013 sobre las estadísticas de las finanzas públicas (refundición) (BCE/2013/23) (DO L 002 de 7.1.2014, p. 12) |
Modificado por:
|
|
Diario Oficial |
||
n° |
página |
fecha |
||
L 267 |
9 |
6.9.2014 |
||
ORIENTACIÓN (UE) 2018/861 DEL BANCO CENTRAL EUROPEO de 24 de abril de 2018 |
L 153 |
161 |
15.6.2018 |
ORIENTACIÓN DEL BANCO CENTRAL EUROPEO
de 25 de julio de 2013
sobre las estadísticas de las finanzas públicas
(refundición)
(BCE/2013/23)
(2014/2/UE)
Artículo 1
Definiciones
A efectos de la presente Orientación, se entenderá por:
1) «Estado miembro de la zona del euro», un Estado miembro cuya moneda sea el euro;
2) «estadísticas de las finanzas públicas» (EFP), las estadísticas sobre ingresos, gastos, déficit/superávit, las estadísticas de ajustes entre déficit y deuda y las estadísticas de deuda pública (según se establece en el anexo I);
3) «deuda pública» tiene el mismo significado que se le atribuye en el artículo 1 del Reglamento (CE) no 479/2009;
4) «primera transmisión», la transmisión periódica efectuada por los BCN antes del 15 de abril;
5) «segunda transmisión», la transmisión periódica efectuada por los BCN antes del 15 de octubre.
Artículo 2
Obligaciones de información estadística de los BCN
1. Los BCN presentarán todos los años al BCE las estadísticas de las finanzas públicas que se especifican en el anexo I. Los datos se ajustarán a los principios y definiciones del Reglamento (CE) no 479/2009 y del SEC 2010 según se detallan en el anexo II.
2. Los BCN presentarán la información conforme a las definiciones metodológicas establecidas para sectores y subsectores en el punto 1 del anexo II de la presente Orientación y respecto de las siguientes categorías del punto 2 del mismo:
a) «estadísticas de ingresos, gastos y déficit/superávit», que son las estadísticas incluidas en los cuadros 1A, 1B y 1C del anexo I;
b) «estadísticas de ajustes entre déficit y deuda», que son las estadísticas incluidas en los cuadros 2A y 2B del anexo I;
c) «estadísticas de deuda pública», que son las estadísticas incluidas en los cuadros 3A y 3B del anexo I.
3. El conjunto completo de datos comprenderá todas las categorías definidas en el anexo I (incluidas las estadísticas de ingresos, gastos y déficit/superávit, estadísticas de ajustes entre déficit y deuda y estadísticas de deuda pública). También debe incluir los datos históricos del período comprendido entre 1995 y el año al que se refiere la transmisión (año t-1).
4. Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 3, los BCN no tendrán que facilitar los datos históricos de las categorías cubiertas por las exenciones acordadas entre la Comisión Europea (Eurostat) y los Estados miembros.
5. La transmisión de los datos recogidos en los cuadros 1A-C, 2A-B y 3A-B del anexo I empezará en octubre de 2014.
6. Los datos sobre déficit/superávit, deuda, ingresos, gastos y producto interior bruto (PIB) nominal irán acompañados de las razones que hubieran motivado las revisiones cuando la magnitud del cambio en el déficit/superávit provocado por las revisiones sea al menos del 0,3 % del PIB o la magnitud del cambio en la deuda, los ingresos, los gastos o el PIB nominal provocado por las revisiones sea al menos del 0,5 % del PIB.
Artículo 3
Obligaciones de información estadística del BCE
1. A partir de los datos presentados por los BCN, el BCE llevará una base de datos de las estadísticas de las finanzas públicas que incluirá los datos de la zona del euro y los nacionales. El BCE facilitará la base de datos de las estadísticas de las finanzas públicas al SEBC.
2. Los BCN indicarán en su información estadística nacional a quién puede facilitarse. El BCE respetará tal indicación al divulgar la base de datos de las estadísticas de las finanzas públicas.
Artículo 4
Puntualidad
1. Los BCN presentarán conjuntos completos de datos dos veces al año, antes del 15 de abril y antes del 15 de octubre.
2. Por iniciativa propia, los BCN presentarán conjuntos parciales de datos, en cualquier otra fecha, cuando dispongan de nueva información pertinente. Estos conjuntos de datos pueden incluir estimaciones para las categorías para las que no se disponga de nueva información.
3. El BCE facilitará la base de datos de las estadísticas de las finanzas públicas a los BCN al menos una vez al mes, a más tardar, el día hábil en el BCE siguiente a aquel en que el BCE haya terminado de elaborar los datos para su publicación.
Artículo 5
Cooperación con las autoridades nacionales competentes
1. Cuando las fuentes de todos o parte de los datos a los que se refiere el artículo 2 sean autoridades nacionales competentes distintas de los BCN, estos procurarán establecer con aquellas las formas de cooperación adecuadas para asegurar una estructura permanente de transmisión de datos que cumpla las normas y exigencias del SEBC, salvo que el mismo resultado se logre ya mediante la legislación nacional.
2. Cuando en el marco de esta cooperación un BCN no pueda cumplir las obligaciones de los artículos 2 y 4 porque la autoridad nacional competente no le haya facilitado la información necesaria, el BCE y el BCN analizarán con esa autoridad el modo de facilitar la información.
Artículo 6
Norma de transmisión
La información estadística necesaria deberá ponerse a disposición del BCE de forma que cumpla las exigencias establecidas en el anexo III. Esta exigencia no impedirá el uso de otros medios de transmisión de información estadística al BCE como solución alternativa acordada.
Artículo 7
Calidad
1. El BCE y los BCN supervisarán y promoverán la calidad de los datos transmitidos al BCE.
2. El Comité Ejecutivo del BCE presentará un informe anual al Consejo de Gobierno del BCE sobre la calidad de las estadísticas anuales de las finanzas públicas.
3. El informe abordará, como mínimo, el alcance de los datos, la medida en que se ajustan a las definiciones pertinentes y la magnitud de las revisiones.
Artículo 8
Procedimiento de modificación simplificado
Teniendo en cuenta la opinión del Comité de Estadísticas, el Comité Ejecutivo podrá hacer modificaciones técnicas en los anexos de la presente Orientación, siempre y cuando esas modificaciones no cambien el marco conceptual subyacente ni afecten a la carga que supone la obligación de informar. El Comité Ejecutivo informará al Consejo de Gobierno de toda modificación de esta clase sin dilación injustificada.
Artículo 9
Derogación
1. La Orientación BCE/2009/20 quedará derogada con efecto a partir del 1 de septiembre de 2014.
2. Las referencias a la Orientación derogada se entenderán hechas a la presente Orientación y se interpretarán de acuerdo con el cuadro de correspondencias del anexo IV.
Artículo 10
Disposiciones finales
1. La presente Orientación se dirige a todos los bancos centrales del Eurosistema.
2. La presente Orientación entrará en vigor a partir del 1 de septiembre de 2014.
ANEXO I
EXIGENCIAS DE INFORMACIÓN
Estadísticas de ingresos, gastos y déficit/superávit
Cuadro 1A
Categoría |
Número y relación lineal |
Déficit (–) o superávit (+) |
1 = 6 – 21 1 = 2 + 3 + 4 + 5 |
Administración central |
2 |
Administración regional |
3 |
Administración local |
4 |
Fondos de la seguridad social |
5 |
Total de ingresos |
6 = 7 + 19 |
Ingresos corrientes totales |
7 = 8 + 9 + 13 + 16 + 17 |
Impuestos corrientes sobre la renta, el patrimonio, etc. |
8 |
Impuestos sobre la producción y las importaciones |
9 |
Impuestos sobre los productos |
10 |
de los cuales: impuesto sobre el valor añadido (IVA) |
11 |
Otros impuestos sobre la producción |
12 |
Cotizaciones sociales netas |
13 |
de las cuales: cotizaciones sociales efectivas a cargo de los empleadores |
14 |
de las cuales: cotizaciones sociales efectivas a cargo de los hogares |
15 |
Ventas |
16 |
Otros ingresos corrientes |
17 |
de los cuales: intereses por cobrar |
18 |
Ingresos de capital totales |
19 |
de los cuales: impuestos sobre el capital |
20 |
Total de gastos |
21 = 22 + 31 |
Gastos corrientes totales |
22 = 23 + 24 + 26 + 27 + 28 + 29 + 30 |
Consumos intermedios |
23 |
Remuneración de los asalariados |
24 |
de la cual: sueldos y salarios |
25 |
Intereses a pagar |
26 |
Subvenciones a pagar |
27 |
Prestaciones sociales distintas de las transferencias sociales en especie |
28 |
Transferencias sociales en especie: producción adquirida en el mercado |
29 |
Otros gastos corrientes |
30 |
Gastos de capital totales |
31 = 32 + 33 + 34 |
Formación bruta de capital fijo |
32 |
Otras adquisiciones netas de activos no financieros y variación de existencias |
33 |
Transferencias de capital a pagar |
34 |
Rúbricas pro memoria: |
|
Transferencias de capital que representan impuestos y cotizaciones sociales liquidados pero de recaudación improbable |
35 |
Cuadro 1B
Categoría |
Número y relación lineal |
Ingresos del presupuesto de la Unión Europea (UE) y del Fondo Europeo de Desarrollo (FED) procedentes del Estado miembro |
1 = 2 + 3 + 4 + 7 |
Impuestos sobre la producción y las importaciones |
2 |
Cooperación internacional corriente |
3 |
Transferencias corrientes diversas y recursos propios de la UE |
4 |
de los cuales: tercer recurso propio basado en el IVA |
5 |
de los cuales: cuarto recurso propio basado en la renta nacional bruta |
6 |
Transferencias de capital |
7 |
Gasto del presupuesto de la UE en el Estado miembro |
8 = 9 + 10 + 11 + 12 + 13 + 14 |
Subvenciones |
9 |
Transferencias corrientes a la administración |
10 |
Transferencias corrientes a unidades distintas de la administración |
11 |
Transferencias de capital a la administración |
12 |
Transferencias de capital a unidades distintas de la administración |
13 |
Gastos de obtención de recursos propios |
14 |
Saldo del Estado miembro frente al presupuesto de la UE y al FED (receptor neto +, pagador neto –) |
15 = 8 – 1 |
Cuadro 1C
Categoría |
Número y relación lineal |
Gasto en consumo final |
1 = 2 + 3 1=[1A.23] + [1A.24] + [1A.29] + 4 + 5 + 6 – [1A.16] |
Gasto en consumo individual |
2 |
Gasto en consumo colectivo |
3 |
Consumo de capital fijo |
4 |
Impuestos sobre la producción pagados menos subvenciones recibidas |
5 |
Excedente de explotación neto |
6 |
Rúbricas pro memoria: |
|
Gasto en consumo final a precios del año anterior |
7 |
Formación bruta de capital fijo a precios del año anterior |
8 |
Producto interior bruto (PIB) a precios corrientes |
9 |
PIB a precios del año anterior |
10 |
Impuestos corrientes sobre la renta, el patrimonio, etc. pagados por sociedades a la administración y resto del mundo |
11 |
Impuestos corrientes sobre la renta, el patrimonio, etc. pagados por hogares e instituciones sin fines de lucro al servicio de los hogares (ISFLSH) a la administración y resto del mundo |
12 |
Estadísticas de ajustes entre déficit y deuda
Cuadro 2A
Categoría |
Número y relación lineal |
Ajuste entre cuentas financieras y no financieras |
1=[1A.1] – 2 |
Operaciones financieras netas (consolidadas) |
2 = 3 – 17 |
Activos financieros (consolidados) |
3 = 4 + 5 + 6 + 7 + 8 + 9 + 13 + 14 + 15 |
Oro monetario y derechos especiales de giro (DEG) |
4 |
Efectivo y depósitos |
5 |
Valores representativos de deuda |
6 |
Préstamos a corto plazo |
7 |
Préstamos a largo plazo |
8 |
Participaciones en el capital y en fondos de inversión |
9 |
Privatizaciones (netas) |
10 |
Aportaciones de capital (netas) |
11 |
Otras |
12 |
Sistemas de seguros, de pensiones y de garantías estandarizadas |
13 |
Derivados financieros y opciones de compra de acciones de los asalariados |
14 |
Otras cuentas pendientes de cobro |
15 |
de las cuales: impuestos y cotizaciones sociales |
16 |
Pasivos (consolidados) |
17 = 18 + 19 + 20 + 21 + 22 + 23 + 24 + 25 + 26 + 27 |
Oro monetario y DEG |
18 |
Efectivo y depósitos |
19 |
Valores representativos de deuda a corto plazo |
20 |
Valores representativos de deuda a largo plazo |
21 |
Préstamos a corto plazo |
22 |
Préstamos a largo plazo |
23 |
Participaciones en el capital y en fondos de inversión |
24 |
Sistemas de seguros, de pensiones y de garantías estandarizadas |
25 |
Derivados financieros y opciones de compra de acciones de los asalariados |
26 |
Otras cuentas pendientes de pago |
27 |
Necesidad de financiación de las administraciones públicas |
28 = 19 + 20 + 21 + 22 + 23 28 = 30 + 31 + 32 28 = 1 – [1A.1] + 3 – 18 – 24 – 25 – 26 – 27 |
de la cual: a largo plazo |
29 |
Denominada en moneda nacional |
30 |
Denominada en monedas de los Estados miembros de la zona del euro |
31 |
Denominada en otras monedas |
32 |
Otros flujos de deuda pública |
33 = 34 + 37 |
Efectos de revalorización |
34 = 35 + 36 |
Apreciación y depreciación de deuda en moneda extranjera |
35 |
Otros efectos de revalorización (diferencias comparadas con el valor nominal) |
36 = 38 – 28 – 35 – 37 |
Otras variaciones de volumen |
37 |
Variación de la deuda pública |
38 = 28 + 33 38 = 1 – [1A.1] + 3 – 18 – 24 – 25 – 26 – 27 + 33 38 = [3A.1][T] – [3A.1][T – 1] |
Partidas pro memoria: |
|
Contracción neta de préstamos concedidos por el banco central |
39 |
Cuadro 2B
Ninguna.
Estadísticas de deuda pública
Cuadro 3A
Categoría |
Número y relación lineal |
Deuda pública (consolidada) |
1 = 2 + 3 + 4 + 5 + 6 1 = 7 + 12 1 = 13 + 14 + 15 1 = 16 + 17 1 = 19 + 20 + 22 |
Efectivo y depósitos |
2 |
Valores representativos de deuda a corto plazo |
3 |
Valores representativos de deuda a largo plazo |
4 |
Préstamos a corto plazo |
5 |
Préstamos a largo plazo |
6 |
Mantenida por residentes del Estado miembro |
7 = 8 + 9 + 10 + 11 |
Banco central |
8 |
Otras instituciones financieras monetarias |
9 |
Otras instituciones financieras |
10 |
Otros residentes |
11 |
Mantenida por no residentes del Estado miembro |
12 |
Denominada en moneda nacional |
13 |
Denominada en monedas de los Estados miembros de la zona del euro |
14 |
Denominada en otras monedas |
15 |
Deuda a corto plazo |
16 |
Deuda a largo plazo |
17 |
de la cual: tipo de interés variable |
18 |
Con vencimiento residual de hasta 1 año |
19 |
Con vencimiento residual de más de 1 año y hasta 5 años |
20 |
de la cual: tipo de interés variable |
21 |
Con vencimiento residual de más de 5 años |
22 |
de la cual: tipo de interés variable |
23 |
Rúbricas pro memoria: |
|
Vencimiento residual medio de la deuda |
24 |
Deuda pública: bonos cupón cero |
25 |
Deuda pública: préstamos concedidos por el banco central |
26 |
Cuadro 3B
Categoría |
Número y relación lineal |
Deuda pública (no consolidada entre subsectores) |
1 = 7 + 11 + 15 + 19 |
Elementos consolidantes |
2 = 3 + 4 + 5 + 6 2 = 8 + 9 + 10 + 12 + 13 + 14 + 16 + 17 + 18 + 20 + 21 + 22 |
Efectivo y depósitos |
3 |
Valores a corto plazo |
4 |
Valores a largo plazo |
5 |
Préstamos |
6 |
Emitida por la administración central (consolidada) |
7 |
mantenida por la administración regional |
8 |
mantenida por la administración local |
9 |
mantenida por los fondos de la seguridad social |
10 |
Emitida por la administración regional (consolidada) |
11 |
mantenida por la administración central |
12 |
mantenida por la administración local |
13 |
mantenida por los fondos de la seguridad social |
14 |
Emitida por la administración local (consolidada) |
15 |
mantenida por la administración central |
16 |
mantenida por la administración regional |
17 |
mantenida por los fondos de la seguridad social |
18 |
Emitida por los fondos de la seguridad social (consolidada) |
19 |
mantenida por la administración central |
20 |
mantenida por la administración regional |
21 |
mantenida por la administración local |
22 |
ANEXO II
DEFINICIONES METODOLÓGICAS
1. Definición de sectores y subsectores
Sectores y subsectores del SEC 2010
Total de la economía |
S.1 |
Sociedades no financieras |
S.11 |
Instituciones financieras |
S.12 |
Banco central |
S.121 |
Sociedades de depósitos, excepto el banco central |
S.122 |
Fondos de inversión del mercado monetario |
S.123 |
Fondos de inversión no monetarios |
S.124 |
Otros intermediarios financieros, excepto compañías de seguros y fondos de pensiones |
S.125 |
Auxiliares financieros |
S.126 |
Instituciones financieras de ámbito limitado y prestamistas de dinero |
S.127 |
Compañías de seguros |
S.128 |
Fondos de pensiones |
S.129 |
Instituciones financieras monetarias |
S.121 + S.122 + S.123 |
Administraciones públicas |
S.13 |
Administración central (excluidos los fondos de la seguridad social) |
S.1311 |
Administración regional (excluidos los fondos de la seguridad social) |
S.1312 |
Administración local (excluidos los fondos de la seguridad social) |
S.1313 |
Fondos de la seguridad social |
S.1314 |
Hogares |
S.14 |
Instituciones sin fines de lucro al servicio de los hogares |
S.15 |
Resto del mundo |
S.2 |
Estados miembros e instituciones y órganos de la Unión Europea (UE) |
S.21 |
Estados miembros de la UE |
S.211 |
Instituciones y organismos de la UE |
S.212 |
Banco Central Europeo (BCE) |
S.2121 |
Instituciones y organismos europeos, excepto el BCE |
S.2122 |
Terceros países y organizaciones internacionales no residentes en la UE |
S.22 |
2. Definiciones de las categorías ( 1 ) ( 2 )
Cuadro 1A
1. Déficit (–) o superávit (+) [1A.1] es igual a capacidad (+)/necesidad (–) de financiación (B.9) de S.13, es igual a ingresos totales [1A.6] menos gastos totales [1A.21], y es igual al déficit (–) o superávit (+) de la administración central [1A.2], más el déficit (–) o superávit (+) de la administración regional [1A.3], más el déficit (–) o superávit (+) de la administración local [1A.4], más el déficit (–) o superávit (+) de los fondos de la seguridad social [1A.5].
2. Déficit (–) o superávit (+) de la administración central [1A.2] es igual a capacidad (+)/necesidad (–) de financiación (B.9) de S.1311.
3. Déficit (–) o superávit (+) de la administración regional [1A.3] es igual a capacidad (+)/necesidad (–) de financiación (B.9) de S.1312.
4. Déficit (–) o superávit (+) de la administración local [1A.4] es igual a capacidad (+)/necesidad (–) de financiación (B.9) de S.1313.
5. Déficit (–) o superávit (+) de los fondos de la seguridad social [1A.5] es igual a capacidad (+)/necesidad (–) de financiación (B.9) de S.1314.
6. Ingresos totales [1A.6] es igual a ingresos corrientes totales [1A.7], más ingresos de capital totales [1A.19].
7. Ingresos corrientes totales [1A.7] es igual a impuestos corrientes sobre la renta, el patrimonio, etc. [1A.8], más impuestos sobre la producción y las importaciones [1A.9], más cotizaciones sociales netas [1A.13], más ventas [1A.16], más otros ingresos corrientes [1A.17].
8. Impuestos corrientes sobre la renta, el patrimonio, etc. [1A.8] es igual a impuestos corrientes sobre la renta, el patrimonio, etc. (D.5) registrados entre los recursos de S.13.
9. Impuestos sobre la producción y las importaciones [1A.9], es igual a impuestos sobre la producción y las importaciones (D.2) registrados entre los recursos de S.13.
10. Impuestos sobre los productos [1A.10] es igual a impuestos sobre los productos (D.21) registrados entre los recursos de S.13.
11. Impuestos sobre la producción y las importaciones, de los cuales impuesto sobre el valor añadido (IVA) [1A.11] es igual a impuestos del tipo valor añadido (D.211) registrados entre los recursos de S.13.
12. Otros impuestos sobre la producción [1A.12] es igual a otros impuestos sobre la producción (D.29) registrados entre los recursos de S.13.
13. Cotizaciones sociales netas [1A.13] es igual a cotizaciones sociales netas (D.61) registradas entre los recursos de S.13.
14. Cotizaciones sociales netas, de las cuales cotizaciones sociales efectivas a cargo de los empleadores [1A.14] es igual a cotizaciones sociales efectivas a cargo de los empleadores (D.611) registradas entre los recursos de S.13.
15. Cotizaciones sociales netas, de las cuales cotizaciones sociales efectivas a cargo de los hogares [1A.15] es igual a cotizaciones sociales efectivas a cargo de los hogares (D.613) registradas entre los recursos de S.13.
16. Ventas [1A.16] es igual a producción de mercado (P.11), más producción para uso final propio (P.12), más pagos por la producción no de mercado (P.131) registrados entre los recursos de S.13.
17. Otros ingresos corrientes [1A.17] es igual a rentas de la propiedad (D.4), más otras transferencias corrientes (D.7) registradas entre los recursos de S.13, salvo recursos de S.13 de intereses (D.41) que son también empleos de S.13, más ingresos de otras subvenciones a la producción (D.39) que son empleos de S.13.
18. Otros ingresos Corrientes, de los cuales intereses por cobrar [1A.18] es igual a intereses (D.41) registrados entre los recursos de S.13 y los empleos de todos los sectores salvo S.13.
19. Ingresos de capital totales [1A.19] es igual a transferencias de capital por cobrar (D.9) registradas entre las variaciones de los pasivos y del patrimonio neto de S.13 y registradas como transferencias de capital a pagar por cualquier sector excepto S.13.
20. Ingresos de capital totales, de los cuales impuestos sobre el capital [1A.20] es igual a impuestos sobre el capital (D.91) registrados entre las variaciones de los pasivos y del patrimonio neto de S.13.
21. Gastos totales [1A.21] es igual a gastos corrientes totales [1A.22], más gastos de capital totales [1A.31].
22. Gastos corrientes totales [1A.22] es igual a consumos intermedios [1A.23], más remuneración de los asalariados [1A.24], más intereses a pagar [1A.26], más subvenciones a pagar [1A.27], más prestaciones sociales distintas de las transferencias sociales en especie [1A.28], más transferencias sociales en especie: producción adquirida en el mercado [1A.29], más otros gastos corrientes [1A.30].
23. Consumos intermedios [1A.23] es igual a consumos intermedios (P.2) registrados entre los empleos de S.13.
24. Remuneración de los asalariados [1A.24] es igual a remuneración de los asalariados (D.1) registrada entre los empleos de S.13.
25. Remuneración de los asalariados, de la cual sueldos y salarios [1A.25] es igual a sueldos y salarios (D.11) registrados entre los empleos de S.13.
26. Intereses a pagar [1A.26] es igual a intereses (D.41) registrados entre los empleos de S.13 y los recursos de todos los sectores salvo S.13.
27. Subvenciones a pagar [1A.27] es igual a la resta de las subvenciones (– D.3) registradas entre los recursos de S.13.
28. Prestaciones sociales distintas de las transferencias sociales en especie [1A.28] es igual a prestaciones sociales distintas de las transferencias sociales en especie (D.62) registradas entre los empleos de S.13.
29. Transferencias sociales en especie: producción adquirida en el mercado [1A.29] es igual a transferencias sociales en especie: producción adquirida en el mercado (D.632) registradas entre los empleos de S.13.
30. Otros gastos corrientes [1A.30] es igual a impuestos corrientes sobre la renta, el patrimonio, etc. (D.5), más otros impuestos sobre la producción (D.29), más rentas de la propiedad (D.4) excepto intereses (D.41), más otras transferencias corrientes (D.7), más el ajuste por la variación de los derechos por pensiones (D.8) registrados entre los empleos de S.13.
31. Gastos de capital totales [1A.31] es igual a formación bruta de capital fijo [1A.32], más otras adquisiciones netas de activos no financieros y variación de existencias [1A.33], más transferencias de capital a pagar [1A.34].
32. Formación bruta de capital fijo [1A.32] es igual a formación bruta de capital fijo (P.51g) registrada entre las variaciones de los activos de S.13.
33. Otras adquisiciones netas de activos no financieros y variación de existencias [1A.33] es igual a variación de existencias (P.52), más adquisiciones menos cesiones de objetos valiosos (P.53), más adquisiciones menos cesiones de activos no financieros no producidos (NP) registradas entre las variaciones de los activos de S.13.
34. Transferencias de capital a pagar [1A.34] es igual a transferencias de capital a pagar (D.9) registradas entre las variaciones de los pasivos y del patrimonio neto de S.13 y registradas como una transferencia de capital por cobrar por cualquier sector excepto S.13.
35. Transferencias de capital que representan impuestos y cotizaciones sociales liquidados pero de recaudación improbable [1A.35] es igual a transferencias de capital que representan impuestos y cotizaciones sociales liquidados pero de recaudación improbable (D.995) registradas entre las variaciones de los pasivos y del patrimonio neto de S.13.
Cuadro 1B
1. Ingresos del presupuesto de la Unión Europea (UE) y del Fondo Europeo de Desarrollo (FED) procedentes del Estado miembro [1B.1] es igual a impuestos sobre la producción y las importaciones (D.2) por cobrar por el presupuesto de la UE [1B.2], más cooperación internacional corriente (D.74) a pagar por la administración al presupuesto de la UE y al FED [1B.3], más transferencias corrientes diversas (D.75) y recursos propios de la UE (D.76) a pagar por la administración al presupuesto de la UE [1B.4], más transferencias de capital (D.9) a pagar por la administración al presupuesto de la UE [1B.7].
2. Impuestos sobre la producción y las importaciones [1B.2] es igual a impuestos sobre la producción y las importaciones (D.2) registrados entre los recursos del presupuesto de la UE.
3. Cooperación internacional corriente [1B.3] es igual a cooperación internacional corriente (D.74) registrada entre los recursos del presupuesto de la UE y del FED y los empleos de S.13.
4. Transferencias corrientes diversas y recursos propios de la UE [1B.4] es igual a transferencias corrientes diversas (D.75), más recursos propios de la UE basados en el IVA y en la renta nacional bruta (RNB) (D.76) registrados entre los recursos del presupuesto de la UE y los empleos de S.13.
5. Transferencias corrientes diversas y recursos propios de la UE, de los cuales tercer recurso propio basado en el IVA [1B.5] es igual a tercer recurso propio de la UE basado en el IVA (D.761) registrado entre los recursos del presupuesto de la UE y los empleos de S.13.
6. Transferencias corrientes diversas y recursos propios de la UE, de los cuales cuarto recurso propio basado en la RNB [1B.6] es igual a cuarto recurso propio de la UE basado en la RNB (D.762) registrado entre los recursos del presupuesto de la UE y los empleos de S.13.
7. Transferencias de capital [1B.7] es igual a transferencias de capital a pagar (D.9) registradas entre las variaciones de los pasivos y del patrimonio neto de S.13 y registradas como una transferencia de capital por cobrar por el presupuesto de la UE.
8. Gasto del presupuesto de la UE en el Estado miembro [1B.8] es igual a subvenciones (D.3) a pagar por el presupuesto de la UE [1B.9], más otras transferencias corrientes (D.7) a pagar por el presupuesto de la UE a la administración [1B.10], más otras transferencias corrientes (D.7) a pagar por el presupuesto de la UE a unidades distintas de la administración [1B.11], más transferencias de capital (D.9) a pagar por el presupuesto de la UE a la administración [1B.12], más transferencias de capital (D.9) a pagar por el presupuesto de la UE a unidades distintas de la administración [1B.13], más gastos de obtención de recursos propios [1B.14].
9. Subvenciones [1B.9] es igual a subvenciones (D.3) registradas entre los empleos del presupuesto de la UE.
10. Transferencias corrientes a la administración [1B.10] es igual a cooperación internacional corriente (D.74), más transferencias corrientes diversas (D.75) registradas entre los recursos de S.13 y los empleos del presupuesto de la UE.
11. Transferencias corrientes a unidades distintas de la administración [1B.11] es igual a transferencias corrientes diversas (D.75) registradas entre los empleos del presupuesto de la UE y los recursos de todos los sectores salvo S.13.
12. Transferencias de capital a la administración [1B.12] es igual a transferencias de capital por cobrar (D.9) registradas entre las variaciones de los pasivos y del patrimonio neto de S.13 y registradas como una transferencia de capital a pagar por el presupuesto de la UE.
13. Transferencias de capital a unidades distintas de la administración [1B.13] es igual a transferencias de capital a pagar (D.9) registradas entre las variaciones de los pasivos y del patrimonio neto de todos los sectores salvo S.13 y registradas como una transferencia de capital a pagar por el presupuesto de la UE.
14. Gastos de obtención de recursos propios [1B.14] es la parte de producción no de mercado (P.13) registrada entre los recursos de S.13 igual a los gastos de obtención de recursos propios pagados por el presupuesto de la UE.
15. Saldo del Estado miembro frente al presupuesto de la UE y al FED (receptor neto +, pagador neto –) [1B.15] es igual al gasto del presupuesto de la UE en el Estado miembro [1B.8], menos los ingresos del presupuesto de la UE y del FED procedentes del Estado miembro [1B.1].
Cuadro 1C
1. Gasto en consumo final [1C.1] es igual a gasto en consumo final (P.3) registrado entre los empleos de S.13.
2. Gasto en consumo individual [1C.2] es igual a gasto en consumo individual (P.31) registrado entre los empleos de S.13.
3. Gasto en consumo colectivo [1C.3] es igual a gasto en consumo colectivo (P.32) registrado entre los empleos de S.13.
4. Consumo de capital fijo [1C.4] es igual a consumo de capital fijo (P.51c) registrado entre las variaciones de los pasivos y del patrimonio neto de S.13.
5. Impuestos sobre la producción pagados menos subvenciones recibidas [1C.5] es igual a los pagos de otros impuestos sobre la producción (D.29) registrados entre los empleos de S.13, menos el ingreso de otras subvenciones a la producción (D.39) registrado entre los empleos de S.13.
6. Excedente de explotación neto [1C.6] es igual a excedente de explotación neto (B.2n) de S.13.
7. Gasto en consumo final a precios del año anterior [1C.7] es igual al volumen encadenado de gasto en consumo final (P.3) registrado entre los empleos de S.13 a precios del año anterior.
8. Formación bruta de capital fijo a precios del año anterior [1C.8] es igual al volumen encadenado de formación bruta de capital fijo (P.51g), registrado entre las variaciones de los activos de S.13, a precios del año anterior.
9. Producto interior bruto (PIB) a precios corrientes [1C.9] es igual a PIB (B.1*g) a precios de mercado.
10. PIB a precios del año anterior [1C.10] es igual al volumen encadenado del PIB (B1*g) a precios del año anterior.
11. Impuestos corrientes sobre la renta, el patrimonio, etc. pagados por sociedades a la administración y resto del mundo [1C.11] es igual a impuestos corrientes sobre la renta, el patrimonio, etc. (D.5) registrados entre los recursos de S.13 y S.2 y los empleos de S.11 y S.12.
12. Impuestos corrientes sobre la renta, el patrimonio, etc. pagados por hogares e instituciones sin fines de lucro al servicio de los hogares (ISFLSH) a la administración y resto del mundo [1C.12] es igual a impuestos corrientes sobre la renta, el patrimonio, etc. (D.5) registrados entre los recursos de S.13 y S.2 y los empleos de S.14 y S.15.
Cuadro 2A
1. Ajuste entre cuentas financieras y no financieras [2A.1] es igual a déficit (–) o superávit (+) [1A.1], menos operaciones netas con activos financieros y pasivos [2A.2].
2. Operaciones netas con activos financieros y pasivos (consolidadas) [2A.2] es igual a operaciones con la adquisición neta de activos financieros [2A.3], menos la contracción neta de operaciones con pasivos [2A.17].
3. Operaciones con activos financieros (consolidadas) [2A.3] es igual a operaciones consolidadas con oro monetario y derechos especiales de giro (DEG) (F.1) [2A.4], más efectivo y depósitos (F.2) [2A.5], más operaciones con valores representativos de deuda (F.3) [2A.6], más operaciones con préstamos a corto plazo (F.41) [2A.7], más operaciones con préstamos a largo plazo (F.42) [2A.8], más operaciones con participaciones en el capital y en fondos de inversión (F.5) [2A.9], más operaciones con sistemas de seguros, de pensiones y de garantías estandarizadas (F.6) [2A.13], más operaciones de derivados financieros y opciones de compra de acciones de los asalariados (F.7) [2A.14], más operaciones con otras cuentas pendientes de cobro [2A.15], registradas entre las variaciones de los activos de S.13 y las variaciones de los pasivos y del patrimonio neto de todos los sectores salvo S.13.
4. Operaciones con oro monetario y DEG [2A.4] es igual a la adquisición neta de oro monetario y DEG (F.1) registrada entre las variaciones de los activos de S.13 y las variaciones de los pasivos y del patrimonio neto de todos los sectores salvo S.13.
5. Operaciones con efectivo y depósitos [2A.5] es igual a la adquisición neta de efectivo y depósitos (F.2) registrada entre las variaciones de los activos de S.13 y las variaciones de los pasivos y del patrimonio neto de todos los sectores salvo S.13.
6. Operaciones con valores representativos de deuda [2A.6] es igual a la adquisición neta de valores representativos de deuda (F.3) registrada entre las variaciones de los activos de S.13 y las variaciones de los pasivos y del patrimonio neto de todos los sectores salvo S.13.
7. Operaciones con préstamos a corto plazo [2A.7] es igual a préstamos a corto plazo (F.41) hechos por la administración, deducidos los reembolsos a la administración, registrados entre las variaciones de los activos de S.13 y las variaciones de los pasivos y del patrimonio neto de todos los sectores salvo S.13.
8. Operaciones con préstamos a largo plazo [2A.8] es igual a préstamos a largo plazo (F.42) hechos por la administración, deducidos los reembolsos a la administración, registrados entre las variaciones de los activos de S.13 y las variaciones de los pasivos y del patrimonio neto de todos los sectores salvo S.13.
9. Operaciones con participaciones en el capital y en fondos de inversión [2A.9] es igual a la adquisición neta de participaciones en el capital y en fondos de inversión (F.5) registrada entre las variaciones de los activos de S.13 y las variaciones de los pasivos y del patrimonio neto de todos los sectores salvo S.13.
10. Privatizaciones (netas) [2A.10] es igual a operaciones con participaciones en el capital y en fondos de inversión (F.5) registradas entre las variaciones de los activos de S.13 y las variaciones de los pasivos y del patrimonio neto de S.11 o S.12 que se llevan a cabo en el proceso de cesión u obtención del control (SEC 2010, apartados 2.36 a 2.39) de la unidad deudora por S.13; esas operaciones podría efectuarlas S.13 directamente con la unidad deudora o con otra unidad acreedora.
11. Aportaciones de capital (netas) [2A.11] es igual a operaciones con participaciones en el capital y en fondos de inversión (F.5) registradas entre las variaciones de los activos de S.13 y las variaciones de los pasivos y del patrimonio neto de S.11 o S.12 que no se llevan a cabo en el proceso de cesión u obtención del control de la unidad deudora por S.13 y que se llevan a cabo por S.13 directamente con la unidad deudora.
12. Otras [2A.12] es igual a operaciones con participaciones en el capital y en fondos de inversión (F.5) registradas entre las variaciones de los activos de S.13 y las variaciones de los pasivos y del patrimonio neto de todos los sectores excepto S.13 que no se llevan a cabo en el proceso de cesión u obtención del control de la unidad deudora por S.13 y que no se llevan a cabo por S.13 directamente con la unidad deudora sino con otra unidad acreedora.
13. Operaciones con sistemas de seguros, de pensiones y de garantías estandarizadas [2A.13] es igual a la adquisición neta de sistemas de seguros, de pensiones y de garantías estandarizadas (F.6) registrada entre las variaciones de los activos de S.13 y las variaciones de los pasivos y del patrimonio neto de todos los sectores salvo S.13.
14. Operaciones con derivados financieros y opciones de compra de acciones de los asalariados [2A.14] es igual a la adquisición neta de derivados financieros y opciones de compra de acciones de los asalariados (F.7) registrada entre las variaciones de los activos de S.13 y las variaciones de los pasivos y del patrimonio neto de todos los sectores salvo S.13.
15. Operaciones con otras cuentas pendientes de cobro [2A.15] es igual a la adquisición neta de otras cuentas pendientes de cobro (F.8) registrada entre las variaciones de los activos de S.13 y las variaciones de los pasivos y del patrimonio neto de todos los sectores salvo S.13.
16. Operaciones con otras cuentas pendientes de cobro, de las cuales impuestos y cotizaciones sociales [2A.16] es igual a la parte de otras cuentas pendientes de cobro (F.8 activos) relativa a los impuestos y las cotizaciones sociales registrados en D.2, D.5, D.61 y D.91, menos los importes de los impuestos y cotizaciones sociales efectivamente recaudados, registrada entre las variaciones de los activos de S.13 y las variaciones de los pasivos y del patrimonio neto de todos los sectores salvo S.13.
17. Operaciones con pasivos (consolidadas) [2A.17] es igual a operaciones consolidadas con oro monetario y DEG (F.1) [2A.18], más operaciones con efectivo y depósitos (F.2) [2A.19], más operaciones con valores representativos de deuda a corto plazo (F.31) [2A.20], más operaciones con valores representativos de deuda a largo plazo (F.32) [2A.21], más operaciones con préstamos a corto plazo (F.41) [2A.22], más operaciones con préstamos a largo plazo (F.42) [2A.23], más operaciones con participaciones en el capital y en fondos de inversión (F.5) [2A.24], más operaciones con sistemas de seguros, de pensiones y de garantías estandarizadas (F.6) [2A.25], más operaciones de derivados financieros y opciones de compra de acciones de los asalariados (F.7) [2A.26], más operaciones con otras cuentas pendientes de pago [2A.27], registradas entre las variaciones de los pasivos y el patrimonio neto de S.13 y las variaciones de los activos de todos los sectores salvo S.13.
18. Operaciones con oro monetario y DEG [2A.18] es igual a la contracción neta de oro monetario y DEG (F.1) registrada entre las variaciones de los pasivos y del patrimonio neto de S.13 y las variaciones de los activos de todos los sectores salvo S.13.
19. Operaciones con efectivo y depósitos [2A.19] es igual a la contracción neta de efectivo y depósitos (F.2) registrada entre las variaciones de los pasivos y del patrimonio neto de S.13 y las variaciones de los activos de todos los sectores salvo S.13.
20. Operaciones con valores representativos de deuda a corto plazo [2A.20] es igual a la contracción neta de valores representativos de deuda a corto plazo (F.31), con vencimiento original de hasta un año, registrada entre las variaciones de los pasivos y del patrimonio neto de S.13 y las variaciones de los activos de todos los sectores salvo S.13.
21. Operaciones con valores representativos de deuda a largo plazo [2A.21] es igual a la contracción neta de valores representativos de deuda a largo plazo (F.32), con vencimiento original superior a un año, registrada entre las variaciones de los pasivos y del patrimonio neto de S.13 y las variaciones de los activos de todos los sectores salvo S.13.
22. Operaciones con préstamos a corto plazo [2A.22] es igual a préstamos a corto plazo (F.41) tomados por la administración, deducidos los reembolsos de los préstamos a corto plazo existentes, registrados entre las variaciones de los pasivos y del patrimonio neto de S.13 y las variaciones de los activos de todos los sectores salvo S.13.
23. Operaciones con préstamos a largo plazo [2A.23] es igual a préstamos a largo plazo (F.42) tomados por la administración, deducidos los reembolsos de los préstamos a largo plazo existentes, registrados entre las variaciones de los pasivos y del patrimonio neto de S.13 y las variaciones de los activos de todos los sectores salvo S.13.
24. Operaciones con participaciones en el capital y en fondos de inversión [2A.24] es igual a la contracción neta de participaciones en el capital y en fondos de inversión (F.5) registrada entre las variaciones de los pasivos y del patrimonio neto de S.13 y las variaciones de los activos de todos los sectores salvo S.13.
25. Operaciones con sistemas de seguros, de pensiones y de garantías estandarizadas [2A.25] es igual a la contracción neta de sistemas de seguros, de pensiones y de garantías estandarizadas (F.6) registrada entre las variaciones de los pasivos y del patrimonio neto de S.13 y las variaciones de los activos de todos los sectores salvo S.13.
26. Operaciones con derivados financieros y opciones de compra de acciones de los asalariados [2A.26] es igual a la contracción neta de derivados financieros y opciones de compra de acciones de los asalariados (F.7) registrada entre las variaciones de los pasivos y del patrimonio neto de S.13 y las variaciones de los activos de todos los sectores salvo S.13.
27. Operaciones con otras cuentas pendientes de pago [2A.27] es igual a la contracción neta de otras cuentas pendientes de pago (F.8) registrada entre las variaciones de los pasivos y del patrimonio neto de S.13 y las variaciones de los activos de todos los sectores salvo S.13.
28. Necesidad de financiación de las administraciones públicas [2A.28] es igual a la contracción neta de pasivos en efectivo y depósitos (F.2) [2A.19], más valores representativos de deuda (F.3) [2A.20 y 2A.21], más préstamos (F.4) [2A.22 y 2A.23] que no son activos de S.13. También es igual a las operaciones consolidadas con instrumentos de deuda pública.
29. Operaciones con instrumentos de deuda a largo plazo [2A.29] es igual a la contracción neta de pasivos en los mismos instrumentos de deuda que la necesidad de financiación de las administraciones públicas [2A.28] con vencimiento original superior a un año.
30. Operaciones con instrumentos de deuda denominados en moneda nacional [2A.30] es igual a la contracción neta de pasivos en los mismos instrumentos de deuda que la necesidad de financiación de las administraciones públicas [2A.28] denominados en la moneda de curso legal del Estado miembro.
31. Operaciones con instrumentos de deuda denominados en monedas de los Estados miembros de la zona del euro [2A.31] es igual a la contracción neta de pasivos en los mismos instrumentos de deuda que la necesidad de financiación de las administraciones públicas [2A.28] denominados en ecus, más instrumentos de deuda denominados en euros anteriores a la adopción del euro por el Estado miembro, más instrumentos de deuda denominados en la moneda de curso legal de un Estado miembro de la zona del euro antes de convertirse en Estado miembro de la zona del euro.
32. Operaciones con instrumentos de deuda denominados en otras monedas [2A.32] es igual a la contracción neta de pasivos en los mismos instrumentos de deuda que la necesidad de financiación de las administraciones públicas [2A.28] no incluida en [2A.30] o [2A.31].
33. Otros flujos de deuda pública [2A.33] es igual a los efectos de revalorización [2A.34], más otras variaciones en el volumen de la deuda [2A.37].
34. Efectos de revalorización [2A.34] es igual a la apreciación y depreciación de la deuda en moneda extranjera [2A.35], más otros efectos de revalorización (diferencias comparadas con el valor nominal) [2A.36].
35. Apreciación y depreciación de la deuda en moneda extranjera [2A.35] es igual a ganancias y pérdidas de posesión nominales (K.7) de deuda [3A.1] que cambia de valor al convertirse en moneda nacional debido a las variaciones de los tipos de cambio.
36. Otros efectos de revalorización (diferencias comparadas con el valor nominal) [2A.36] es igual a variación de la deuda [2A.38], menos operaciones con instrumentos de deuda (consolidadas) [2A.28], menos apreciación y depreciación de la deuda en moneda extranjera [2A.35], menos otras variaciones en el volumen de la deuda [2A.37].
37. Otras variaciones en el volumen de la deuda [2A.37] es igual a otras variaciones de volumen (K.1, K.2, K.3, K.4, K.5 y K.6) en los mismos instrumentos de deuda que la necesidad de financiación de las administraciones públicas.
38. Variación de la deuda pública [2A.38] es igual a la deuda [3A.1] en el año t, menos la deuda [3A.1] en el año t-1.
39. Contracción neta de préstamos concedidos por el banco central [2A.39] es igual a las operaciones con préstamos (F.4) registradas entre las variaciones de los pasivos y del patrimonio neto de S.13 y las variaciones de los activos de S.121.
Cuadro 2B
Ninguna.
Cuadro 3A
1. Deuda pública (consolidada) [3A.1] es igual a la deuda según se define en el Reglamento (CE) n.o 479/2009. También es igual a los pasivos consolidados de S.13 en forma de efectivo y depósitos (AF.2) [3A.2], más valores representativos de deuda a corto plazo (AF.31) [3A.3], más valores representativos de deuda a largo plazo (AF.32) [3A.4], más préstamos a corto plazo (AF.41) [3A.5], más préstamos a largo plazo (AF.42) [3A.6].
2. Deuda: efectivo y depósitos [3A.2] es igual a la parte de deuda [3A.1] en forma de efectivo y depósitos (AF.2).
3. Deuda: valores representativos de deuda a corto plazo [3A.3] es igual a la parte de deuda [3A.1] en forma de valores representativos de deuda cuyo vencimiento original es de hasta un año (AF.31).
4. Deuda: valores representativos de deuda a largo plazo [3A.4] es igual a la parte de deuda [3A.1] en forma de valores representativos de deuda cuyo vencimiento original es superior a un año (AF.32).
5. Deuda: préstamos a corto plazo [3A.5] es igual a la parte de deuda [3A.1] en forma de préstamos cuyo vencimiento original es de hasta un año (AF.41).
6. Deuda: préstamos a largo plazo [3A.6] es igual a la parte de deuda [3A.1] en forma de préstamos cuyo vencimiento original es superior a un año (AF.42).
7. Deuda mantenida por residentes del Estado miembro [3A.7] es igual a deuda mantenida por el banco central [3A.8], más deuda mantenida por otras instituciones financieras monetarias [3A.9], más deuda mantenida por otras instituciones financieras [3A.10], más deuda mantenida por otros residentes del Estado miembro [3A.11].
8. Deuda mantenida por el banco central [3A.8] es igual a la parte de deuda [3A.1] que es activo de S.121.
9. Deuda mantenida por otras instituciones financieras monetarias [3A.9] es igual a la parte de deuda [3A.1] que es activo de S.122 o S.123.
10. Deuda mantenida por otras instituciones financieras [3A.10] es igual a la parte de deuda [3A.1] que es activo de S.124, S.125, S.126, S.127, S.128 o S.129.
11. Deuda mantenida por otros residentes [3A.11] es igual a la parte de deuda [3A.1] que es activo de S.11, S.14 o S.15.
12. Deuda mantenida por no residentes del Estado miembro [3A.12] es igual a la parte de deuda [3A.1] que es activo de S.2.
13. Deuda denominada en moneda nacional [3A.13] es igual a la parte de deuda [3A.1] denominada en la moneda de curso legal del Estado miembro.
14. Deuda denominada en monedas de los Estados miembros de la zona del euro [3A.14] es igual —antes de que el Estado miembro se convirtiera en Estado miembro de la zona del euro— a la parte de deuda [3A.1] denominada en la moneda de curso legal de uno de los Estados miembros de la zona del euro (salvo la moneda nacional [3A.13]), más la deuda denominada en ecus o euros.
15. Deuda denominada en otras monedas [3A.15] es igual a la parte de deuda [3A.1] no incluida en [3A.13] o [3A.14].
16. Deuda a corto plazo [3A.16] es igual a la parte de deuda [3A.1] cuyo vencimiento original es hasta un año.
17. Deuda a largo plazo [3A.17] es igual a la parte de deuda [3A.1] cuyo vencimiento original es superior a un año.
18. Deuda a largo plazo, de la cual a tipo de interés variable [3A.18], es igual a la parte de deuda a largo plazo [3A.17] cuyo tipo de interés es variable.
19. Deuda con vencimiento residual de hasta un año [3A.19] es igual a la parte de deuda [3A.1] cuya vigencia hasta el vencimiento es de hasta un año.
20. Deuda con vencimiento residual de más de un año y hasta cinco años [3A.20] es igual a la parte de deuda [3A.1] cuya vigencia hasta el vencimiento es de más de un año y hasta cinco años.
21. Deuda con vencimiento residual de más de un año y hasta cinco años, de la cual a tipo de interés variable [3A.21] es igual a la parte de deuda [3A.1] con vencimiento residual de más de un año y hasta cinco años [3A.20] cuyo tipo de interés es variable.
22. Deuda con vencimiento residual de más de cinco años [3A.22] es igual a la parte de deuda [3A.1] cuyo vencimiento residual es superior a cinco años.
23. Deuda con vencimiento residual de más de cinco años, de la cual a tipo de interés variable [3A.23], es igual a la parte de deuda [3A.1] con vencimiento residual de más de cinco años [3A.22] cuyo tipo de interés es variable.
24. Vencimiento residual medio de la deuda [3A.24] es el vencimiento residual medio ponderado por los saldos vivos, expresado en años.
25. Deuda pública: bonos cupón cero [3A.25] es igual a la parte de deuda [3A.1] en forma de bonos cupón cero, es decir, bonos sin pago de cupones, cuyo interés se basa en la diferencia entre precio de amortización y de emisión.
26. Deuda pública: préstamos concedidos por el banco central [3A.26] es igual a la parte de deuda [3A.1] en forma de préstamos (AF.4) que es activo de S.121.
Cuadro 3B
1. Deuda pública (no consolidada entre subsectores) [3B.1] es igual a los pasivos no consolidados de S.13, excluidos: (a) los pasivos de S.1311 que son al mismo tiempo activos de S.1311; (b) los pasivos de S.1312 que son al mismo tiempo activos de S.1312; (c) los pasivos de S.1313 que son al mismo tiempo activos de S.1313, y (d) los pasivos de S.1314 que son al mismo tiempo activos de S.1314, en los mismos instrumentos que la deuda pública [3A.1].
2. Elementos consolidantes [3B.2] es igual a los pasivos de S.13 que son al mismo tiempo activos de S.13, excluidos: (a) los pasivos de S.1311 que son al mismo tiempo activos de S.1311, (b) los pasivos de S.1312 que son al mismo tiempo activos de S.1312, (c) los pasivos de S.1313 que son al mismo tiempo activos de S.1313, y (d) los pasivos de S.1314 que son al mismo tiempo activos de S.1314, en forma de efectivo y depósitos [3B.3], más valores representativos de deuda a corto plazo [3B.4], más valores representativos de deuda a largo plazo [3B.5], más préstamos [3B.6].
3. Elementos consolidantes en efectivo y depósitos [3B.3] es igual a la parte de los elementos consolidantes [3B.2] en forma de efectivo y depósitos (F.2).
4. Elementos consolidantes en los valores representativos de deuda a corto plazo [3B.4] es igual a la parte de elementos consolidantes [3B.2] en forma de valores representativos de deuda cuyo vencimiento original es de hasta un año (F.31).
5. Elementos consolidantes en los valores representativos de deuda a largo plazo [3B.5] es igual a la parte de elementos consolidantes [3B.2] en forma de valores representativos de deuda cuyo vencimiento original es de más de un año (F.32).
6. Elementos consolidantes en préstamos [3B.6] es igual a la parte de los elementos consolidantes [3B.2] en forma de préstamos (F.4).
7. Deuda emitida por la administración central (consolidada) [3B.7] es igual a los pasivos de S.1311 que no son activos de S.1311, en los mismos instrumentos que la deuda [3A.1].
8. Deuda emitida por la administración central y mantenida por la administración regional [3B.8] es igual a los pasivos de S.1311 que son activos de S.1312, en los mismos instrumentos que la deuda [3A.1].
9. Deuda emitida por la administración central y mantenida por la administración local [3B.9] es igual a los pasivos de S.1311 que son activos de S.1313, en los mismos instrumentos que la deuda [3A.1].
10. Deuda emitida por la administración central y mantenida por los fondos de la seguridad social [3B.10] es igual a los pasivos de S.1311 que son activos de S.1314, en los mismos instrumentos que la deuda [3A.1].
11. Deuda emitida por la administración regional (consolidada) [3B.11] es igual a los pasivos de S.1312 que no son activos de S.1312, en los mismos instrumentos que la deuda [3A.1].
12. Deuda emitida por la administración regional y mantenida por la administración central [3B.12] es igual a los pasivos de S.1312 que son activos de S.1311, en los mismos instrumentos que la deuda [3A.1].
13. Deuda emitida por la administración regional y mantenida por la administración local [3B.13] es igual a los pasivos de S.1312 que son activos de S.1313, en los mismos instrumentos que la deuda [3A.1].
14. Deuda emitida por la administración regional y mantenida por los fondos de la seguridad social [3B.14] es igual a los pasivos de S.1312 que son activos de S.1314, en los mismos instrumentos que la deuda [3A.1].
15. Deuda emitida por la administración local (consolidada) [3B.15] es igual a los pasivos de S.1313 que no son activos de S.1313, en los mismos instrumentos que la deuda [3A.1].
16. Deuda emitida por la administración local y mantenida por la administración central [3B.16] es igual a los pasivos de S.1313 que son activos de S.1311, en los mismos instrumentos que la deuda [3A.1].
17. Deuda emitida por la administración local y mantenida por la administración regional [3B.17] es igual a los pasivos de S.1313 que son activos de S.1312, en los mismos instrumentos que la deuda [3A.1].
18. Deuda emitida por la administración local y mantenida por los fondos de la seguridad social [3B.18] es igual a los pasivos de S.1313 que son activos de S.1314, en los mismos instrumentos que la deuda [3A.1].
19. Deuda emitida por los fondos de la seguridad social (consolidada) [3B.19] es igual a los pasivos de S.1314 que no son activos de S.1314, en los mismos instrumentos que la deuda [3A.1].
20. Deuda emitida por los fondos de la seguridad social y mantenida por la administración central [3B.20] es igual a los pasivos de S.1314 que son activos de S.1311, en los mismos instrumentos que la deuda [3A.1].
21. Deuda emitida por los fondos de la seguridad social y mantenida por la administración regional [3B.21] es igual a los pasivos de S.1314 que son activos de S.1312, en los mismos instrumentos que la deuda [3A.1].
22. Deuda emitida por los fondos de la seguridad social y mantenida por la administración local [3B.22] es igual a los pasivos de S.1314 que son activos de S.1313, en los mismos instrumentos que la deuda [3A.1].
ANEXO III
TRANSMISIÓN DE DATOS AL BANCO CENTRAL EUROPEO
Los bancos centrales nacionales (BCN) utilizan los medios facilitados por el Sistema Europeo de Bancos Centrales (SEBC), que se apoya en la infraestructura informática del SEBC para la transmisión electrónica de la información estadística exigida por el Banco Central Europeo (BCE). Los intercambios de datos dentro del SEBC se basarán en el formato del intercambio de datos y metadatos estadísticos eXchange. Esta exigencia no impedirá el uso de otros medios de transmisión de información estadística al BCE como solución alternativa acordada.
Los BCN deben observar las recomendaciones enumeradas a continuación para asegurar que la transmisión de datos funciona de manera satisfactoria.
— Integridad: Los BCN informarán de todas claves de serie requeridas. Si se transmiten claves no de serie, o no catalogadas como claves de serie, la transmisión se considerará incompleta. Si falta alguna observación, la omisión se registrará utilizando la señal de observación correspondiente.
— Identidades contables y signos convencionales de los datos: antes de transmitir los datos al BCE, los BCN deberán aplicar las reglas de validación.
Cuando se revise únicamente un subconjunto de claves de serie, las reglas de validación se aplicarán a toda la información.
ANEXO IV
CUADRO DE CORRESPONDENCIAS
Orientación BCE/2009/20 |
La presente Orientación |
Artículo 1 |
Artículo 1 |
Artículo 2, apartado 1 |
Artículo 2, apartado 1 |
Artículo 2, apartado 2 |
Artículo 2, apartado 3 |
Artículo 2, apartado 3 |
Artículo 2, apartado 2 |
Artículo 2, apartado 4 |
Artículo 2, apartado 5 |
Artículo 2, apartado 5 |
Artículo 2, apartado 6 |
Artículos 3 a 8 |
Artículos 3 a 8 |
Artículo 9, apartado 1 |
Artículo 10, apartado 2 |
Artículo 9, apartado 2 |
Artículo 9, apartado 1 |
Artículo 9, apartado 3 |
Artículo 9, apartado 2 |
Artículo 10 |
Artículo 10, apartado 1 |
— |
Artículo 10, apartado 3 |
Anexos I a III |
Anexos I a III |
( 1 ) [x.y] significa la categoría número «y» del cuadro «x».
( 2 ) Salvo que se indique lo contrario, el término «categorías» se refiere al sector de las administraciones públicas.