EUR-Lex Access to European Union law
This document is an excerpt from the EUR-Lex website
Document 02008D0020(01)-20090702
Decision of the European Central Bank of 11 December 2008 on the approval of the volume of coin issuance in 2009 (ECB/2008/20) (2008/990/EC)
Consolidated text: Decisión del Banco Central Europeo de 11 de diciembre de 2008 sobre la aprobación del volumen de emisión de moneda metálica en 2009 (BCE/2008/20) (2008/990/CE)
Decisión del Banco Central Europeo de 11 de diciembre de 2008 sobre la aprobación del volumen de emisión de moneda metálica en 2009 (BCE/2008/20) (2008/990/CE)
2008D0020 — ES — 02.07.2009 — 001.001
Este documento es un instrumento de documentación y no compromete la responsabilidad de las instituciones
DECISIÓN DEL BANCO CENTRAL EUROPEO de 11 de diciembre de 2008 sobre la aprobación del volumen de emisión de moneda metálica en 2009 (BCE/2008/20) (2008/990/CE) (DO L 352, 31.12.2008, p.58) |
Modificado por:
|
|
Diario Oficial |
||
No |
page |
date |
||
L 172 |
35 |
2.7.2009 |
DECISIÓN DEL BANCO CENTRAL EUROPEO
de 11 de diciembre de 2008
sobre la aprobación del volumen de emisión de moneda metálica en 2009
(BCE/2008/20)
(2008/990/CE)
EL CONSEJO DE GOBIERNO DEL BANCO CENTRAL EUROPEO,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea y, en particular, su artículo 106, apartado 2,
Vista la Decisión 2008/608/CE del Consejo, de 8 de julio de 2008, de conformidad con el artículo 122, apartado 2, del Tratado para la adopción por Eslovaquia de la moneda única el 1 de enero de 2009 ( 1 ), y, en particular, su artículo 1,
Considerando lo siguiente:
(1) |
El Banco Central Europeo (BCE) tiene a partir del 1 de enero de 1999 el derecho exclusivo de aprobar el volumen de emisión de moneda metálica por los Estados miembros que han adoptado el euro (en adelante, «los Estados miembros participantes»). |
(2) |
La excepción en favor de Eslovaquia a que hace referencia el artículo 4 del Acta de adhesión de 2003 queda derogada con efectos a partir del 1 de enero de 2009. |
(3) |
Los 15 actuales Estados miembros participantes más Eslovaquia han enviado al BCE, para su aprobación, las previsiones sobre el volumen de monedas en euros que emitirán en 2009, acompañadas de notas explicativas sobre los métodos utilizados en las previsiones. |
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
Aprobación del volumen de emisión de monedas en euros en 2009
El BCE aprueba el volumen de emisión de moneda metálica por los Estados miembros participantes en 2009 que se expone en el cuadro siguiente:
(en millones de euros) |
|
|
Emisión de monedas destinadas a la circulación y emisión de monedas de colección (no destinadas a la circulación) en 2009 |
Bélgica |
105,4 |
Alemania |
632,0 |
Irlanda |
65,5 |
Grecia |
85,7 |
España |
390,0 |
Francia |
252,5 |
Italia |
234,3 |
Chipre |
22,5 |
Luxemburgo |
42,0 |
Malta |
15,4 |
Países Bajos |
68,5 |
Austria |
376,0 |
Portugal |
50,0 |
Eslovenia |
27,0 |
Eslovaquia |
131,0 |
Finlandia |
60,0 |
Artículo 2
Disposición final
La presente decisión se dirige a los Estados miembros participantes.
( 1 ) DO L 195 de 24.7.2008, p. 24.