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Document 32008D0026(01)

2009/56/CE: Decisión del Banco Central Europeo, de 12 de diciembre de 2008 , por la que se modifica la Decisión BCE/2001/15 sobre la emisión de billetes de banco denominados en euros (BCE/2008/26)

OJ L 21, 24.1.2009, p. 75–76 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

Legal status of the document No longer in force, Date of end of validity: 31/12/2010; derogado por 32010D0029(01)

ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2009/56(1)/oj

24.1.2009   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 21/75


DECISIÓN DEL BANCO CENTRAL EUROPEO

de 12 de diciembre de 2008

por la que se modifica la Decisión BCE/2001/15 sobre la emisión de billetes de banco denominados en euros

(BCE/2008/26)

(2009/56/CE)

EL CONSEJO DE GOBIERNO DEL BANCO CENTRAL EUROPEO,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea y, en particular, su artículo 106, apartado 1,

Vistos los Estatutos del Sistema Europeo de Bancos Centrales y del Banco Central Europeo (en adelante, «los Estatutos del SEBC») y, en particular, su artículo 16,

Considerando lo siguiente:

(1)

La Decisión BCE/2008/23, de 12 de diciembre de 2008, sobre la participación de los bancos centrales nacionales en la clave para la suscripción del capital del Banco Central Europeo (1), dispone el ajuste de la clave para la suscripción de capital del Banco Central Europeo (BCE) (en adelante, «la clave del capital») conforme al artículo 29, apartado 3, de los Estatutos del SEBC, y establece con efectos a partir del 1 de enero de 2009 las nuevas ponderaciones asignadas a cada banco central nacional (BCN) en la clave del capital ajustada (en adelante, «las ponderaciones en la clave del capital»).

(2)

Con arreglo al artículo 1 de la Decisión 2008/608/CE del Consejo, de 8 de julio de 2008, de conformidad con el artículo 122, apartado 2, del Tratado para la adopción por Eslovaquia de la moneda única el 1 de enero de 2009 (2), Eslovaquia cumple las condiciones necesarias para adoptar el euro, y la excepción en su favor a que hace referencia el artículo 4 del Acta de adhesión de 2003 (3) queda derogada con efectos a partir del 1 de enero de 2009.

(3)

El artículo 1, letra d), de la Decisión BCE/2001/15, de 6 de diciembre de 2001, sobre la emisión de billetes de banco denominados en euros (4), define la «clave de asignación de billetes» y remite al anexo de dicha decisión, donde se especifica la clave de asignación de billetes a partir del 1 de enero de 2008. Puesto que a partir del 1 de enero de 2009 se aplicarán nuevas ponderaciones en la clave del capital y Eslovaquia adoptará el euro en esa fecha, debe modificarse la Decisión BCE/2001/15 a fin de que en ella se especifique la clave de asignación de billetes a partir del 1 de enero de 2009.

DECIDE:

Artículo 1

Modificación de la Decisión BCE/2001/15

La Decisión BCE/2001/15 se modifica como sigue:

1)

En el artículo 1, letra d), la última frase se sustituye por la siguiente:

«En el anexo de la presente Decisión se especifica la clave de asignación de billetes a partir del 1 de enero de 2009.».

2)

El anexo de la Decisión BCE/2001/15 se sustituye por el anexo de la presente Decisión.

Artículo 2

Disposición final

La presente Decisión entrará en vigor el 1 de enero de 2009.

Hecho en Fráncfort del Meno, el 12 de diciembre de 2008.

El Presidente del BCE

Jean-Claude TRICHET


(1)  Véase la página 66 del presente Diario Oficial.

(2)  DO L 195 de 24.7.2008, p. 24.

(3)  Acta relativa a las condiciones de adhesión de la República Checa, la República de Estonia, la República de Chipre, la República de Letonia, la República de Lituania, la República de Hungría, la República de Malta, la República de Polonia, la República de Eslovenia y la República Eslovaca, y a las adaptaciones de los Tratados en los que se fundamenta la Unión (DO L 236 de 23.9.2003, p. 33).

(4)  DO L 337 de 20.12.2001, p. 52.


ANEXO

CLAVE DE ASIGNACIÓN DE BILLETES A PARTIR DEL 1 DE ENERO DE 2009

Banco Central Europeo

8,0000 %

Nationale Bank van België/Banque Nationale de Belgique

3,1975 %

Deutsche Bundesbank

24,9630 %

Central Bank and Financial Services Authority of Ireland

1,4640 %

Bank of Greece

2,5900 %

Banco de España

10,9465 %

Banque de France

18,7465 %

Banca d’Italia

16,4730 %

Central Bank of Cyprus

0,1805 %

Banque centrale du Luxembourg

0,2305 %

Bank Ċentrali ta’ Malta/Central Bank of Malta

0,0835 %

De Nederlandsche Bank

5,2575 %

Oesterreichische Nationalbank

2,5595 %

Banco de Portugal

2,3075 %

Banka Slovenije

0,4335 %

Národná banka Slovenska

0,9140 %

Suomen Pankki

1,6530 %

Total

100,0000 %


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