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Document 32018D0032

Decisión (UE) 2019/48 del Banco Central Europeo, de 30 de noviembre de 2018, sobre el desembolso del capital del Banco Central Europeo por los bancos centrales nacionales no pertenecientes a la zona del euro y por la que se deroga la Decisión BCE/2013/31 (BCE/2018/32)

OJ L 9, 11.1.2019, p. 196–197 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

Legal status of the document No longer in force, Date of end of validity: 31/01/2020; derogado por 32020D0136

ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2019/48/oj

11.1.2019   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 9/196


DECISIÓN (UE) 2019/48 DEL BANCO CENTRAL EUROPEO

de 30 de noviembre de 2018

sobre el desembolso del capital del Banco Central Europeo por los bancos centrales nacionales no pertenecientes a la zona del euro y por la que se deroga la Decisión BCE/2013/31 (BCE/2018/32)

EL CONSEJO GENERAL DEL BANCO CENTRAL EUROPEO,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Vistos los Estatutos del Sistema Europeo de Bancos Centrales y del Banco Central Europeo, y en particular su artículo 47,

Considerando lo siguiente:

(1)

El artículo 47 de los Estatutos del Sistema Europeo de Bancos Centrales y del Banco Central Europeo (en adelante, «Estatutos del SEBC») dispone que los bancos centrales nacionales de los Estados miembros acogidos a una excepción (en adelante, los «BCN no pertenecientes a la zona del euro») no tengan que desembolsar su capital suscrito salvo que el Consejo General, por una mayoría que represente al menos dos tercios del capital suscrito del Banco Central Europeo (BCE) y al menos la mitad de los accionistas, decida que deba pagarse un porcentaje mínimo como contribución a los costes operativos del BCE.

(2)

El artículo 1 de la Decisión BCE/2013/31 (1) establece que cada uno de dichos BCN desembolsará el 3,75 % de su participación del capital suscrito del BCE con efectos a partir del 1 de enero de 2014.

(3)

La Decisión (UE) 2019/43 del Banco Central Europeo (BCE/2018/27) (2) dispone el ajuste de la clave para la suscripción del capital del BCE (en adelante, «clave del capital») conforme al artículo 29.3 de los Estatutos del SEBC, y establece con efectos a partir del 1 de enero de 2019 las nuevas ponderaciones asignadas a cada BCN en la clave del capital ajustada (en adelante, «ponderaciones en la clave del capital»).

(4)

El ajuste quinquenal de la clave del capital del BCE exige adoptar una nueva decisión del BCE que derogue la Decisión BCE/2013/31 con efectos a partir del 1 de enero de 2019 y que determine qué porcentaje del capital del BCE deben desembolsar los BCN no pertenecientes a la zona del euro con efectos a partir del 1 de enero de 2019.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

Suscripción y desembolso del capital

Cada BCN no perteneciente a la zona del euro desembolsará el 3,75 % de su participación del capital suscrito del BCE con efectos a partir del 1 de enero de 2019. Teniendo en cuenta las ponderaciones en la clave del capital establecidas en el artículo 2 de la Decisión (UE) 2019/43 (BCE/2018/27), cada BCN no perteneciente a la zona del euro deberá tener un capital íntegramente suscrito y desembolsado que observe los importes que acompañan a su nombre en el siguiente cuadro:

BCN no pertenecientes a la zona del euro

Capital suscrito a 1 de enero de 2019

(EUR)

Capital desembolsado a 1 de enero de 2019

(EUR)

Българска народна банка

(Banco Nacional de Bulgaria)

92 131 635,17

3 454 936,32

Česká národní banka

175 062 014,33

6 564 825,54

Danmarks Nationalbank

162 223 555,95

6 083 383,35

Hrvatska narodna banka

61 410 265,11

2 302 884,94

Magyar Nemzeti Bank

144 492 194,37

5 418 457,29

Narodowy Bank Polski

563 636 468,10

21 136 367,55

Banca Naţională a României

264 887 922,99

9 933 297,11

Sveriges Riksbank

273 028 328,31

10 238 562,31

Bank of England

1 552 024 563,60

58 200 921,14

Artículo 2

Ajuste del desembolso del capital

1.   Puesto que los BCN no pertenecientes a la zona del euro han desembolsado ya el 3,75 % de su parte suscrita del capital del BCE el 31 de diciembre de 2018 en virtud de la Decisión BCE/2013/31, los BCN no pertenecientes a la zona del euro transferirán al BCE, o el BCE les transferirá, los importes necesarios para que se observen los importes que figuran en el cuadro del artículo 1.

2.   Las transferencias a que se refiere el presente artículo se regirán por la Decisión (UE) 2019/45 del Banco Central Europeo (BCE/2018/29) (3).

Artículo 3

Entrada en vigor y derogación

1.   La presente Decisión entrará en vigor el 1 de enero de 2019.

2.   Queda derogada la Decisión BCE/2013/31 con efectos a partir del 1 de enero de 2019.

3.   Las referencias a la Decisión BCE/2013/31 se entenderán hechas a la presente Decisión.

Hecho en Fráncfort del Meno, el 30 de noviembre de 2018.

El Presidente del BCE

Mario DRAGHI


(1)  Decisión BCE/2013/31, de 30 de agosto de 2013, sobre el desembolso del capital del Banco Central Europeo por los bancos centrales nacionales no pertenecientes a la zona del euro (DO L 16 de 21.1.2014, p. 63).

(2)  Decisión (UE) 2019/43 del Banco Central Europeo, de 29 de noviembre de 2018, sobre la participación de los bancos centrales nacionales en la clave para la suscripción del capital del Banco Central Europeo y por la que se deroga la Decisión BCE/2013/28 (BCE/2018/27) (véase la página 178 del presente Diario Oficial).

(3)  Decisión (UE) 2019/45 del Banco Central Europeo de 29 de noviembre de 2018 por la que se establecen las condiciones de las transferencias de las participaciones del capital del Banco Central Europeo entre los bancos centrales nacionales y del ajuste del desembolso del capital y por la que se deroga la Decisión BCE/2013/29 (BCE/2018/29) (véase la página 183 del presente Diario Oficial).


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