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Decisiones adoptadas por el Consejo de Gobierno del BCE (distintas de las decisiones por las que se establecen los tipos de interés)

Septiembre 2010

Asuntos operativos

Operaciones de financiación del Eurosistema que se liquidarán entre el 17 de octubre de 2010 y el 18 de enero de 2011

El 2 de septiembre de 2010, el Consejo de Gobierno adoptó varias decisiones sobre los procedimientos de subasta y los tipos de interés que se aplicarán en las operaciones principales de financiación (OPF), en las operaciones de financiación a plazo más largo con vencimiento a tres meses (OFPML), y en las operaciones de financiación especiales con plazo de un período de mantenimiento. Asimismo, el Consejo de Gobierno decidió realizar tres operaciones de ajuste adicionales al vencimiento de las operaciones de financiación a seis meses y a doce meses en curso. Se proporcionaron detalles al respecto en una nota de prensa publicada ese mismo día, junto con una versión actualizada del calendario consolidado de las operaciones de subasta del Eurosistema.

Revisión de la Documentación General del BCE

El 16 de septiembre de 2010, el Consejo de Gobierno aprobó la versión revisada del documento titulado «La aplicación de la política monetaria en la zona del euro: Documentación General sobre los instrumentos y los procedimientos de la política monetaria del Eurosistema» (en lo sucesivo, la «Documentación General»), y adoptó la Orientación BCE/2010/13, por la que se modifica la Orientación BCE/2000/7 sobre los instrumentos y los procedimientos de la política monetaria del Eurosistema. La Orientación BCE/2010/13 sustituirá a la versión actual de la Documentación General cuando entre en vigor, el 18 de septiembre de 2010. La Orientación se publicará este año en el Diario Oficial de la UE y en la dirección del BCE en Internet.

Sistemas de pago e infraestructura de mercado

Expectativas de vigilancia de la continuidad de negocio de los sistemas de pago sistémicamente importantes

El 3 de septiembre de 2010, el Consejo de Gobierno autorizó la publicación de un informe de evaluación sobre la aplicación de las expectativas de vigilancia de la continuidad de negocio de los sistemas de pago sistémicamente importantes. La evaluación se llevó a cabo como parte de la función de vigilancia del Eurosistema y confirmó que los mecanismos de continuidad de negocio y de comunicación en caso de crisis aplicados por los operadores de los respectivos sistemas evaluados cumplen elevados estándares. El informe, junto con una nota de prensa al respecto, puede consultarse en la dirección del BCE en Internet.

TARGET2-Securities (T2S) – Nombramiento de los miembros del Consejo del Programa T2S

El 16 de septiembre de 2010, el Consejo de Gobierno nombró a los miembros del Consejo del Programa T2S para un período de 18 meses, a partir del 1 de noviembre de 2010. El Consejo del Programa T2S se creó el 19 de marzo de 2009, con el fin de prestar asistencia a los órganos rectores del BCE para garantizar la conclusión a tiempo y con éxito del Programa T2S. En la dirección del BCE en Internet puede consultarse una nota de prensa al respecto.

Modificaciones de la Orientación sobre TARGET2

El 16 de septiembre de 2010, el Consejo de Gobierno adoptó la Orientación BCE/2010/12, por la que se modifica la Orientación BCE/2007/2 sobre el sistema automatizado transeuropeo de transferencia urgente para la liquidación bruta en tiempo real (TARGET2). La Orientación, que tiene en cuenta las actualizaciones que necesita la versión 4.0 de TARGET2, así como algunas modificaciones técnicas tras la entrada en vigor del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, se aplicará a partir del 22 de noviembre de 2010.

Estabilidad financiera y supervisión

Informe de estructuras del sector bancario de la UE

El 16 de septiembre de 2010, el Consejo de Gobierno autorizó la publicación del informe anual de estructuras del sector bancario de la UE, elaborado por el Comité de Supervisión Bancaria (BSC). El informe se centra en los aspectos de la evolución estructural en los años 2008 y 2009 que son relevantes desde el punto de vista de la estabilidad bancaria, e incluye una sección especial dedicada a la evolución futura del sector bancario de la UE. El informe también incluye un anexo en el que se analizan medidas de rentabilidad de las entidades de crédito y se cuestiona la relevancia y la eficacia de las medidas de rendimiento sobre el capital (Return on Equity - RoE) como medio para proporcionar a los gestores, a los supervisores y a las autoridades responsables de la estabilidad financiera una imagen adecuada del rendimiento de las entidades de crédito. El anexo describe, sobre la base de evidencia empírica, las limitaciones de las ratios RoE y percepciones erróneas respecto a ellas, y sugiere ciertas precisiones en cuanto al alcance y las propiedades de las medidas de rentabilidad de las entidades. El informe se publicará en la dirección del BCE en Internet.

Informe sobre la estabilidad del sector bancario de la UE

El 16 de septiembre de 2010, el Consejo de Gobierno autorizó la publicación del informe titulado «EU banking sector stability», elaborado por el Comité de Supervisión Bancaria. El informe examina la situación financiera de todo el sector bancario de la UE en 2009 y de grandes bancos de la UE en el primer semestre de 2010, y también analiza los principales riesgos presentes en las perspectivas del sector bancario de la UE, utilizando una amplia gama de indicadores macroprudenciales y de mercado. El informe se publicará en la dirección del BCE en Internet.

Consulta sobre legislación

Dictamen del BCE sobre las modificaciones del marco jurídico polaco aplicable al sistema de garantía de depósitos

El 6 de agosto de 2010, el Consejo de Gobierno adoptó este Dictamen a solicitud del Ministerio de Finanzas polaco (CON/2010/64).

Dictamen del BCE sobre una propuesta de directiva del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se modifican las Directivas 2006/48/CE y 2006/49/CE en lo que respecta a los requisitos de capital para la cartera de negociación y las retitulizaciones y a la sujeción a supervisión de las políticas remunerativas

El 6 de agosto de 2010, el Consejo de Gobierno adoptó por iniciativa propia este Dictamen (CON/2010/65).

Dictamen del BCE relativo a las modificaciones a la legislación rumana sobre estadísticas oficiales

El 9 de agosto de 2010, el Consejo de Gobierno adoptó este Dictamen a solicitud del Instituto Nacional de Estadística de Rumanía (CON/2010/66).

Dictamen del BCE sobre una propuesta de reglamento de la Comisión por el que se establecen normas detalladas para la aplicación del Reglamento (CE) nº 2494/95 del Consejo en lo referente a los requisitos mínimos de calidad de las ponderaciones de los IAPC y se deroga el Reglamento (CE) nº 2454/97 de la Comisión

El 9 de agosto de 2010, el Consejo de Gobierno adoptó este Dictamen a solicitud de la Comisión Europea (CON/2010/67).

Dictamen del BCE sobre otras medidas para restablecer el equilibrio presupuestario en Rumanía

El 26 de agosto de 2010, el Consejo de Gobierno adoptó este Dictamen a solicitud del Ministerio de Finanzas Públicas rumano (CON/2010/69).

Dictamen del BCE sobre la reforma del marco jurídico del funcionamiento del Bank Gospodarstwa Krajowego

El 9 de septiembre de 2010, el Consejo de Gobierno adoptó este Dictamen a solicitud del portavoz del Sejm, el Parlamento polaco (CON/2010/70).

Dictamen del BCE sobre la ampliación del aval del Estado irlandés a ciertos pasivos de entidades de crédito

El 16 de septiembre de 2010, el Consejo de Gobierno adoptó este Dictamen a solicitud del ministro de Finanzas irlandés (CON/2010/71).

Estadísticas

Marco jurídico sobre el incumplimiento de las obligaciones de información relativas a las estadísticas de los tipos de interés aplicados por las IFM a los depósitos y a los préstamos – Decisión del BCE

El 19 de agosto de 2010, el Consejo de Gobierno adoptó la Decisión BCE/2010/10, sobre el incumplimiento de las obligaciones de información estadística, que clarifica el procedimiento a seguir en caso de infracción, vigente desde 2004, aplicable en caso de incumplimiento de las citadas obligaciones relativas a las estadísticas de los balances de las instituciones financieras monetarias (IFM), y aplica un régimen similar a las estadísticas sobre los tipos de interés aplicados por las IFM a los depósitos y a los préstamos de los hogares y las sociedades no financieras. La Decisión se publicó en el Diario Oficial de la UE el 28 de agosto de 2010 y puede consultarse en la dirección del BCE en Internet.

Gobierno corporativo

Recomendación del BCE sobre el auditor externo de la Banca d'Italia (BCE/2010/11)

El 23 de agosto de 2010, el Consejo de Gobierno adoptó la Recomendación BCE/2010/11 al Consejo de la Unión Europea sobre el auditor externo de la Banca d’Italia, para los ejercicios 2010-2015. La Recomendación se publicó en el Diario Oficial de la UE el 28 de agosto de 2010 y puede consultarse en la dirección del BCE en Internet.

Presidencia del Comité de Relaciones Internacionales (IRC)

El 2 de septiembre de 2010, el Consejo de Gobierno nombró a Jean-Pierre Landau, actual subgobernador de la Banque de France, presidente del Comité de Relaciones Internacionales, con efecto inmediato.

Creación del Comité de Gestión de Riesgos

El 16 de septiembre de 2010, el Consejo de Gobierno aprobó la creación del Comité de Gestión de Riesgos (Risk Management Committee - RMC) del Eurosistema, de conformidad con el artículo 9.1 del Reglamento interno del BCE, así como su mandato para un período de tres años, que concluirá al final de agosto de 2013.

Emisión de billetes y monedas

Marco jurídico para la comprobación de la autenticidad, la aptitud para la circulación y el reciclaje de los billetes en euros

El 16 de septiembre de 2010, el Consejo de Gobierno adoptó la Decisión BCE/2010/14, por la que se establecen normas y procedimientos comunes para la comprobación de la autenticidad, la aptitud para la circulación y el reciclaje de los billetes en euros, que sustituye al marco para el reciclaje de billetes publicado por el BCE en 2005. Esta Decisión entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la UE, y se aplicará a partir del 1 de enero de 2011, excepto en los Estados miembros que adopten el euro en esa fecha o con posterioridad, para los que se establece un período transitorio de un año. La Decisión se publicará próximamente en el Diario Oficial de la UE y podrá consultarse en la dirección del BCE en Internet.

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