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Document 32014D0024(01)
2014/338/EU: Decision of the European Central Bank of 5 June 2014 amending Decision ECB/2010/23 on the allocation of monetary income of the national central banks of Member States whose currency is the euro (ECB/2014/24)
2014/338/UE: Decisión del Banco Central Europeo, de 5 de junio de 2014 , por la que se modifica la Decisión BCE/2010/23 sobre la asignación de los ingresos monetarios de los bancos centrales nacionales de los Estados miembros cuya moneda es el euro (BCE/2014/24)
2014/338/UE: Decisión del Banco Central Europeo, de 5 de junio de 2014 , por la que se modifica la Decisión BCE/2010/23 sobre la asignación de los ingresos monetarios de los bancos centrales nacionales de los Estados miembros cuya moneda es el euro (BCE/2014/24)
OJ L 168, 7.6.2014, p. 117–117
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
No longer in force, Date of end of validity: 30/12/2016; derogado por 32016D0036(01)
7.6.2014 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 168/117 |
DECISIÓN DEL BANCO CENTRAL EUROPEO
de 5 de junio de 2014
por la que se modifica la Decisión BCE/2010/23 sobre la asignación de los ingresos monetarios de los bancos centrales nacionales de los Estados miembros cuya moneda es el euro
(BCE/2014/24)
(2014/338/UE)
EL CONSEJO DE GOBIERNO DEL BANCO CENTRAL EUROPEO,
Vistos los Estatutos del Sistema Europeo de Bancos Centrales y del Banco Central Europeo y, en particular, su artículo 32,
Considerando lo siguiente:
(1) |
La Decisión BCE/2010/23 (1) establece un mecanismo para la puesta en común y asignación de los ingresos monetarios derivados de las operaciones de política monetaria. |
(2) |
El artículo 5, apartado 2, de la Decisión BCE/2010/23 señala que el importe de los ingresos monetarios de cada BCN se reducirá en un importe equivalente a cualquier interés devengado o pagado respecto de los pasivos incluidos en la base de pasivos y se ajustará de acuerdo con las decisiones que el Consejo de Gobierno adopte en virtud del segundo párrafo del artículo 32.4 de los Estatutos del Sistema Europeo de Bancos Centrales y del Banco Central Europeo. Es necesario aclarar que los ingresos generados sobre los pasivos incluidos en la base de pasivos también deben añadirse a los ingresos monetarios de los BCN que van a ponerse en común. |
(3) |
Consecuentemente, debe modificarse la Decisión BCE/2010/23. |
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
Modificación
El artículo 5, apartado 2, de la Decisión BCE/2010/23 se sustituirá por el siguiente:
«2. El importe de los ingresos monetarios de cada BCN se ajustará en un importe equivalente a cualquier interés devengado, pagado o recibido respecto de los pasivos incluidos en la base de pasivos y de acuerdo con las decisiones que el Consejo de Gobierno adopte en virtud del segundo párrafo del artículo 32.4 de los Estatutos del SEBC.».
Artículo 2
Entrada en vigor
La presente Decisión entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
Hecho en Fráncfort del Meno, el 5 de junio de 2014.
El presidente del BCE
Mario DRAGHI
(1) Decisión BCE/2010/23, de 25 de noviembre de 2010, sobre la asignación de los ingresos monetarios de los bancos centrales nacionales de los Estados miembros cuya moneda es el euro (DO L 35 de 9.2.2011, p. 17).