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Document 32003D0023(01)

2004/49/CE: Decisión del Banco Central Europeo, de 18 de diciembre de 2003, por la que se modifica la Decisión BCE/2001/15 sobre la emisión de billetes de banco denominados en euros (BCE/2003/23)

OJ L 9, 15.1.2004, p. 40–41 (ES, DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL, PT, FI, SV)
Special edition in Czech: Chapter 10 Volume 003 P. 339 - 340
Special edition in Estonian: Chapter 10 Volume 003 P. 339 - 340
Special edition in Latvian: Chapter 10 Volume 003 P. 339 - 340
Special edition in Lithuanian: Chapter 10 Volume 003 P. 339 - 340
Special edition in Hungarian Chapter 10 Volume 003 P. 339 - 340
Special edition in Maltese: Chapter 10 Volume 003 P. 339 - 340
Special edition in Polish: Chapter 10 Volume 003 P. 339 - 340
Special edition in Slovak: Chapter 10 Volume 003 P. 339 - 340
Special edition in Slovene: Chapter 10 Volume 003 P. 339 - 340
Special edition in Bulgarian: Chapter 10 Volume 005 P. 221 - 223
Special edition in Romanian: Chapter 10 Volume 005 P. 221 - 223

Legal status of the document No longer in force, Date of end of validity: 31/12/2010; derog. impl. por 32010D0029(01)

ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2004/49(1)/oj

32003D0023(01)

2004/49/CE: Decisión del Banco Central Europeo, de 18 de diciembre de 2003, por la que se modifica la Decisión BCE/2001/15 sobre la emisión de billetes de banco denominados en euros (BCE/2003/23)

Diario Oficial n° L 009 de 15/01/2004 p. 0040 - 0041


Decisión del Banco Central Europeo

de 18 de diciembre de 2003

por la que se modifica la Decisión BCE/2001/15 sobre la emisión de billetes de banco denominados en euros

(BCE/2003/23)

(2004/49/CE)

EL CONSEJO DE GOBIERNO DEL BANCO CENTRAL EUROPEO,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea y, en particular, el apartado 1 de su artículo 106, y los Estatutos del Sistema Europeo de Bancos Centrales y del Banco Central Europeo y, en particular, su artículo 16,

Vista la Decisión BCE/2001/15, de 6 de diciembre de 2001, sobre la emisión de billetes de banco denominados en euros(1),

Considerando lo siguiente:

(1) En la letra c) del artículo 1 de la Decisión BCE/2001/15, la "clave del capital suscrito" se define por remisión a la Decisión BCE/1998/13, de 1 de diciembre de 1998, relativa a la participación de los bancos centrales nacionales en la clave de capital del Banco Central Europeo(2).

(2) En la letra d) del artículo 1 de la Decisión BCE/2001/15, la "clave de asignación de billetes" se define por remisión al anexo de dicha decisión, donde se especifica la clave de asignación de billetes a partir del 1 de enero de 2002.

(3) La Decisión BCE/2003/17, de 18 de diciembre de 2003, sobre la participación de los bancos centrales nacionales en la clave para la suscripción del capital del Banco Central Europeo(3), deroga la Decisión BCE/1998/13 con efectos a partir del 1 de enero de 2004, y establece las nuevas ponderaciones asignadas a los bancos centrales nacionales (BCN) en la clave para la suscripción del capital del BCE.

(4) La Decisión BCE/2001/15 debe, por lo tanto, modificarse para que se especifique la clave de asignación de billetes a partir del 1 de enero de 2004. La modificación debe introducir una definición general del término "clave del capital suscrito", a fin de evitar nuevas modificaciones de la Decisión BCE/2001/15 cada vez que se ajuste la clave del capital del BCE.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

Modificaciones de la Decisión BCE/2001/15

La Decisión BCE/2001/15 se modificará como sigue:

1) La letra c) del artículo 1 se sustituirá por el texto siguiente:

"c) 'clave del capital suscrito': las participaciones de los BCN (expresadas en porcentajes) en el capital suscrito del BCE que resultan de aplicar a los BCN las ponderaciones en la clave a que hace referencia el artículo 29.1 de los Estatutos y que son aplicables al ejercicio de que se trate;"

2) La letra d) del artículo 1 se sustituirá por el texto siguiente:

"d) 'clave de asignación de billetes': los porcentajes que resultan de tener en cuenta la participación del BCE en la emisión total de billetes en euros y aplicar la clave del capital suscrito (redondeada al múltiplo de 0,0005 puntos porcentuales más cercano) a la participación de los BCN en esa emisión total. Cuando los porcentajes resultantes no sumen el 100 %, la diferencia se compensará: i) si la suma es inferior al 100 %, añadiendo el 0,0005 de un punto porcentual a la participación o las participaciones más pequeñas en orden ascendente hasta alcanzar exactamente el 100 %, o ii) si la suma es superior al 100 %, restando el 0,0005 de un punto porcentual en orden descendente a la participación o las participaciones más grandes hasta alcanzar exactamente el 100 %. En el anexo de la presente decisión se especifica la clave de asignación de billetes a partir del 1 de enero de 2004."

3) El anexo de la Decisión BCE/2001/15 se sustituirá por el texto que figura en el anexo de la presente Decisión.

Artículo 2

Disposiciones finales

1. La presente Decisión entrará en vigor el 1 de enero de 2004.

2. La presente Decisión se publicará en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Fráncfort del Meno, el 18 de diciembre de 2003.

Por el Consejo de Gobierno del BCE

Jean-Claude Trichet

(1) DO L 337 de 20.12.2001, p. 52.

(2) DO L 125 de 19.5.1999, p. 33.

(3) Véase la página 27 del presente Diario Oficial.

ANEXO

CLAVE DE ASIGNACIÓN DE BILLETES A PARTIR DEL 1 DE ENERO DE 2004

>SITIO PARA UN CUADRO>

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