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Document 32013Y0629(01)

Acuerdo, de 21 de junio de 2013 , entre el Banco Central Europeo y los bancos centrales nacionales de los Estados miembros cuya moneda no es el euro por el que se modifica el Acuerdo de 16 de marzo de 2006 entre el Banco Central Europeo y los bancos centrales nacionales de los Estados miembros que no forman parte de la zona del euro por el que se establecen los procedimientos de funcionamiento del mecanismo de tipos de cambio de la tercera fase de la Unión Económica y Monetaria

OJ C 187, 29.6.2013, p. 1–4 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

29.6.2013   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 187/1


ACUERDO

de 21 de junio de 2013

entre el Banco Central Europeo y los bancos centrales nacionales de los Estados miembros cuya moneda no es el euro por el que se modifica el Acuerdo de 16 de marzo de 2006 entre el Banco Central Europeo y los bancos centrales nacionales de los Estados miembros que no forman parte de la zona del euro por el que se establecen los procedimientos de funcionamiento del mecanismo de tipos de cambio de la tercera fase de la Unión Económica y Monetaria

2013/C 187/01

1.

Българска народна банка (Banco Nacional de Bulgaria)

Knyaz Alexander I Sq. 1

1000 София/Sofia

БЪЛГАРИЯ/BULGARIA

Hrvatska narodna banka

Trg hrvatskih velikana 3

10002 Zagreb

HRVATSKA

Česká národní banka

Na Příkopě 28

115 03 Praha 1

ČESKÁ REPUBLIKA

Danmarks Nationalbank

Havnegade 5

1093 København K

DANMARK

Latvijas Banka

K. Valdemara iela 2a

Rīga, LV-1050

LATVIJA

Lietuvos bankas

Totorių g. 4

LT-01121 Vilnius

LIETUVA/LITHUANIA

Magyar Nemzeti Bank

Budapest

Szabadság tér 8–9.

1054

MAGYARORSZÁG/HUNGARY

Narodowy Bank Polski

ul. Świętokrzyska 11/21

00-919 Warszawa

POLSKA/POLAND

Banca Națională a României

Str. Lipscani nr. 25, sector 3

030031 București

ROMÂNIA

Sveriges riksbank

Brunkebergstorg 11

SE-103 37 Stockholm

SVERIGE

Bank of England

Threadneedle Street

London

EC2R 8AH

UNITED KINGDOM

y

2.

Banco Central Europeo (BCE)

(en adelante, las «partes»)

Considerando lo siguiente:

(1)

El Consejo Europeo, en su Resolución de 16 de junio de 1997 (en adelante, la «Resolución»), acordó establecer un mecanismo de tipos de cambio (en adelante, el «MTC II») cuando se iniciara la tercera fase de la Unión Económica y Monetaria el 1 de enero de 1999.

(2)

De conformidad con los términos de la Resolución, el MTC II está concebido para contribuir a asegurar que los Estados miembros cuya moneda no es el euro que participen en el MTC II orienten sus políticas hacia la estabilidad y fomenten la convergencia, lo que les ayudará en sus esfuerzos por adoptar el euro.

(3)

Con la adhesión de Croacia a la Unión Europea, su banco central nacional (BCN), Hrvatska narodna banka, formará parte del Sistema Europeo de Bancos Centrales a partir del 1 de julio de 2013. En consecuencia, es necesario modificar el Acuerdo con los Bancos Centrales sobre el MTC II.

HAN ADOPTADO EL PRESENTE ACUERDO:

Artículo 1

Modificación del Acuerdo con los Bancos Centrales sobre el MTC II en virtud de la adhesión de Croacia

El Hrvatska narodna banka será parte del Acuerdo con los Bancos Centrales sobre el MTC II con efectos a partir del 1 de julio de 2013.

Artículo 2

Sustitución del anexo II del Acuerdo con los Bancos Centrales sobre el MTC II

El anexo II del Acuerdo con los Bancos Centrales sobre el MTC II se sustituirá por el texto del anexo del presente acuerdo.

Artículo 3

Disposiciones finales

3.1.

El presente acuerdo modifica, con efectos a partir del 1 de julio de 2013, el Acuerdo con los Bancos Centrales sobre el MTC II.

3.2.

El presente acuerdo se redactará en inglés y será firmado por los representantes debidamente autorizados de las partes. El BCE, que conservará el original, enviará copia certificada a todos los bancos centrales nacionales de los Estados miembros cuya moneda es el euro, así como a los bancos centrales nacionales de los Estados miembros cuya moneda no es el euro. El presente acuerdo se publicará en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Fráncfort del Meno, el 21 de junio de 2013.

Por

el Българска народна банка (Banco Nacional de Bulgaria)

Por

el Hrvatska narodna banka

Por

el Česká národní banka

Por

el Danmarks Nationalbank

Por

el Latvijas Banka

Por

el Lietuvos bankas

Por

el Magyar Nemzeti Bank

Por

el Narodowy Bank Polski

Por

la Banca Națională a României

Por

el Sveriges riksbank

Por

el Bank of England

Por

el Banco Central Europeo


ANEXO

«ANEXO II

LÍMITES DE ACCESO A LA FINANCIACIÓN A MUY CORTO PLAZO A QUE SE REFIEREN LOS ARTÍCULOS 8, 10 Y 11 DEL ACUERDO CON LOS BANCOS CENTRALES SOBRE EL MTC II

con efectos a partir del 1 de julio de 2013

(millones de euros)

Bancos centrales que son parte en el presente acuerdo

Límites (1)

Българска народна банка (Banco Nacional de Bulgaria)

510

Hrvatska Narodna Banka

430

Česká národní banka

690

Danmarks Nationalbank

700

Latvijas Banka

330

Lietuvos bankas

370

Magyar Nemzeti Bank

670

Narodowy Bank Polski

1 730

Banca Națională a României

990

Sveriges riksbank

940

Bank of England

4 640

European Central Bank

Ninguno


Bancos centrales nacionales de los Estados miembros cuya moneda es el euro

Límites

Nationale Bank van België/Banque Nationale de Belgique

ninguno

Deutsche Bundesbank

ninguno

Banc Ceannais na hÉireann/Central Bank of Ireland

ninguno

Bank of Greece

ninguno

Banco de España

ninguno

Banque de France

ninguno

Banca d'Italia

ninguno

Central Bank of Cyprus

ninguno

Eesti Pank

ninguno

Banque centrale du Luxembourg

ninguno

Bank Ċentrali ta’ Malta/Central Bank of Malta

ninguno

De Nederlandsche Bank

ninguno

Oesterreichische Nationalbank

ninguno

Banco de Portugal

ninguno

Banka Slovenije

ninguno

Národná banka Slovenska

ninguno

Suomen Pankki

ninguno»


(1)  ( Los importes indicados para los bancos centrales que no participan en el MTC II tienen carácter nocional.


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