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Document 52003HB0008

Recomendación del Banco Central Europeo de 2 de mayo de 2003 sobre las exigencias de información estadística del Banco Central Europeo en materia de estadísticas de balanza de pagos, posición de inversión internacional y reservas internacionales (BCE/2003/8)

OJ C 126, 28.5.2003, p. 7–39 (ES, DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL, PT, FI, SV)

52003HB0008

Recomendación del Banco Central Europeo de 2 de mayo de 2003 sobre las exigencias de información estadística del Banco Central Europeo en materia de estadísticas de balanza de pagos, posición de inversión internacional y reservas internacionales (BCE/2003/8)

Diario Oficial n° C 126 de 28/05/2003 p. 0007 - 0039


Recomendación del Banco Central Europeo

de 2 de mayo de 2003

sobre las exigencias de información estadística del Banco Central Europeo en materia de estadísticas de balanza de pagos, posición de inversión internacional y reservas internacionales

(BCE/2003/8)

(2003/C 126/06)

EL CONSEJO DE GOBIERNO DEL BANCO CENTRAL EUROPEO,

Vistos los Estatutos del Sistema Europeo de Bancos Centrales y del Banco Central Europeo, en particular, el artículo 5.1 y el tercer guión del artículo 34.1,

Considerando lo siguiente:

(1) Para el desempeño de sus funciones, el Sistema Europeo de Bancos Centrales (SEBC) precisa estadísticas completas y fiables de la balanza de pagos, la posición de inversión internacional y las reservas internacionales, que muestren las principales rúbricas que afectan a las condiciones monetarias y a los mercados de divisas en la zona del euro. Las exigencias estadísticas del Banco Central Europeo (BCE) en esta materia se establecen en la Orientación BCE/2003/7, de 2 de mayo de 2003, sobre las exigencias de información estadística del Banco Central Europeo en materia de estadísticas de balanza de pagos, posición de inversión internacional y reservas internacionales(1).

(2) En la primera frase del artículo 5.1 de los Estatutos se dispone que el BCE, asistido por los bancos centrales nacionales (BCN), recopile de las autoridades nacionales competentes distintas de los BCN, o directamente de los agentes económicos, la información estadística necesaria para cumplir las funciones del SEBC. En la segunda frase del artículo 5.1 se dispone que, con esa finalidad, el BCE coopere con las instituciones u organismos comunitarios y con las autoridades competentes de los Estados miembros o de terceros países y con organizaciones internacionales.

(3) La información necesaria para cumplir las exigencias del BCE en materia de estadísticas de balanza de pagos y posición de inversión internacional pueden recopilarla o elaborarla autoridades competentes distintas de los BCN. Por consiguiente, algunas de las tareas que deben desempeñarse de conformidad con la presente Orientación, requieren la cooperación entre el BCE o los BCN y esas autoridades competentes, según se establece en el artículo 5.1 de los Estatutos. El artículo 4 del Reglamento (CE) n° 2533/98 del Consejo, de 23 de noviembre de 1998, sobre la obtención de información estadística por el Banco Central Europeo(2), exige a los Estados miembros que se organicen en el ámbito estadístico y que cooperen plenamente con el SEBC con el fin de facilitar el cumplimiento de las obligaciones dimanantes del artículo 5 de los Estatutos.

(4) Cuando, de acuerdo con las normas y los usos establecidos en cada país, los agentes informadores informan a autoridades competentes distintas de los BCN, estas autoridades y sus BCN respectivos deben cooperar entre sí para velar por el cumplimiento de las exigencias estadísticas del BCE. La Central Statistics Office (CSO) en Irlanda y el Ufficio Italiano dei Cambi (UIC) en Italia, recopilan y elaboran información necesaria en materia de estadísticas de balanza de pagos y posición de inversión internacional. A fin de cumplir las exigencias estadísticas mencionadas, el Central Bank of Ireland y la CSO, y la Banca d'Italia y el UIC, deberían cooperar entre sí. Esta cooperación debería incluir el establecimiento de un mecanismo permanente de transmisión de datos, salvo que la legislación nacional garantice ya el mismo resultado. De acuerdo con el Decreto Legislativo italiano n° 319 de 26 de agosto de 1998(3), el UIC es una entidad instrumental de la Banca d'Italia.

(5) Según se establece en el apartado 3 del artículo 4 de la Orientación BCE/2003/7, de 2 de mayo de 2003, cuando las fuentes de información estadística calificada de confidencial sean autoridades competentes distintas de los BCN, el BCE sólo utilizará esa información para el desempeño de las funciones estadísticas relacionadas con el SEBC, salvo que el agente informador o la persona física o jurídica, entidad o sucursal que la haya facilitado, si es que puede determinarse, consienta expresamente en su uso para otros fines.

(6) Los datos de las estadísticas de la balanza de pagos mensual y trimestral y de la posición de inversión internacional anual que muestren las principales rúbricas que afectan a las condiciones monetarias y a los mercados de divisas en la zona del euro, deberían facilitarse al Central Bank of Ireland y a la Banca d'Italia en tiempo oportuno. Por ello, la información estadística exigida debería transmitirse según lo acordado con el BCN respectivo o, a falta de acuerdo, a más tardar, el trigésimo día hábil después del mes al que se refieren los datos, en el caso de los datos de la balanza de pagos mensual; a los tres meses del final del trimestre al que se refieren los datos, en el caso de los datos de la balanza de pagos trimestral, y a los nueve meses de la fecha a que se refieren los datos, en el caso de la posición de inversión internacional.

(7) La base de datos centralizada de valores, que en el futuro se empleará para numerosos fines estadísticos (elaboración y producción) y no estadísticos (análisis económico, de estabilidad financiera o de operaciones), se pondrá a disposición de los BCN. Los datos se pondrán a disposición de las autoridades competentes distintas de los BCN dentro de los límites legales aplicables. Ello contribuirá especialmente a la elaboración de las estadísticas de las posiciones y transacciones de la zona del euro en materia de inversión de cartera. En concreto, cuando el sistema de la base de datos centralizada de valores sea operativo, debería ser posible registrar con precisión el desglose sectorial de las posiciones y transacciones en pasivos de inversión de cartera en la balanza de pagos y la posición de inversión internacional de la zona del euro.

(8) Es necesario establecer un procedimiento para introducir modificaciones técnicas en los anexos de la presente Recomendación de forma eficaz, siempre que dichas modificaciones no cambien el marco conceptual subyacente ni afecten a la carga que supone la obligación de informar para los agentes informadores de los Estados miembros. Al aplicar ese procedimiento se tendrán en cuenta las opiniones del Comité de Estadísticas del SEBC. Los BCN y otras autoridades nacionales competentes pueden proponer esas modificaciones técnicas a los anexos de la presente Recomendación a través del Comité de Estadísticas y su grupo de trabajo pertinente.

(9) El intercambio de información estadística en el SEBC se ha desarrollado mucho desde que se adoptó la Recomendación BCE/2000/5, de 11 de mayo de 2000, sobre las exigencias de información del Banco Central Europeo en materia de estadísticas de balanza de pagos, planilla de reservas internacionales y estadísticas de posición de inversión internacional(4). Por ello es preciso sustituir la Recomendación BCE/2000/5 por la presente Recomendación.

HA ADOPTADO LA PRESENTE RECOMENDACIÓN:

Artículo 1

Definiciones

A los efectos de la presente Recomendación, se entenderá por:

- "Estado miembro participante": el Estado miembro que ha adoptado la moneda única según lo dispuesto en el Tratado;

- "residente": lo mismo que en el artículo 1 del Reglamento (CE) n° 2533/98;

- "zona del euro": el territorio económico de los Estados miembros participantes y el BCE. En el cuadro 5 del anexo IV se enumeran los territorios pertenecientes a los Estados miembros de la zona del euro y los países asociados a estos;

- "Eurosistema": los BCN de los Estados miembros participantes y el BCE;

- "transacción transfronteriza": cualquier transacción que cree o redima, en todo o en parte, derechos o deudas, o cualquier transacción que implique la transferencia de un derecho sobre un bien, entre residentes en la zona del euro y no residentes en la zona del euro;

- "posiciones transfronterizas": los saldos de los activos financieros y de los pasivos financieros frente a no residentes en la zona del euro. Las posiciones transfronterizas comprenderán también i) los terrenos, otros bienes tangibles no producidos y otros bienes raíces, situados físicamente fuera de la zona del euro y propiedad de residentes en la zona del euro, o situados en la zona del euro y propiedad de no residentes en la zona del euro, y ii) el oro monetario y los derechos especiales de giro (DEG) propiedad de residentes en la zona del euro.

Sin embargo, en la medida necesaria para elaborar la cuenta de inversión de cartera y la cuenta de rentas de inversión de cartera dentro de la estadística de la balanza de pagos, y la cuenta de inversión de cartera dentro de la estadística de la posición de inversión internacional, de la zona del euro, los términos "posiciones transfronterizas" y "transacciones transfronterizas" incluyen también las posiciones y transacciones en los activos o pasivos de los residentes en la zona del euro frente a residentes de otros Estados miembros de la zona del euro;

- "activos de reserva": los activos negociables, de elevada liquidez y solvencia, mantenidos por el Eurosistema frente a no residentes en la zona del euro y denominados en monedas distintas del euro, más el oro, las posiciones de reserva en el FMI y las tenencias de DEG;

- "otros activos en moneda extranjera": i) los derechos del Eurosistema frente a residentes en la zona del euro denominados en monedas distintas del euro, y ii) los derechos del Eurosistema frente a no residentes en la zona del euro denominados en monedas distintas del euro, que no cumplan los criterios de negociabilidad, liquidez y solvencia de los activos de reserva;

- "pasivos relacionados con las reservas": los drenajes de liquidez predeterminados y contingentes netos a corto plazo frente al Eurosistema, de naturaleza similar a los activos de reserva y otros activos en moneda extranjera del Eurosistema;

- "balanza de pagos": la estadística que recoge, con el nivel de desagregación pertinente, las transacciones transfronterizas durante el período al que se refiere;

- "estadística de reservas internacionales": la estadística que recoge, con el nivel de desagregación pertinente, los saldos de los activos de reserva, otros activos en moneda extranjera y los pasivos relacionados con las reservas del Eurosistema a una fecha de referencia;

- "posición de inversión internacional": el balance anual que recoge, con el nivel de desagregación pertinente, el saldo de los activos y pasivos financieros de carácter transfronterizo a una fecha de referencia.

Artículo 2

Transmisión de información estadística a los BCN

1. En la medida en que la recopilación de información estadística sobre las transacciones y posiciones transfronterizas se encomiende a los destinatarios de la presente Recomendación, estos velarán por que dicha información se transmita oportunamente al BCN correspondiente. Con tal fin, salvo acuerdo en contrario con el BCN correspondiente, la información estadística exigida se facilitará, a más tardar, el trigésimo día hábil siguiente al mes al que se refieran los datos, en el caso de los datos de la balanza de pagos mensual; dentro de los tres meses siguientes al final del trimestre al que se refieran los datos, en el caso de los datos de la balanza de pagos trimestral, y dentro de los nueve meses siguientes a la fecha a la que los datos se refieran, en el caso de la posición de inversión internacional.

2. La información se facilitará conforme a las normas y exigencias estadísticas del BCE, en relación con las estadísticas de balanza de pagos y posición de inversión internacional, que se establecen en los anexos I, II, III, IV, V y VII de la presente Recomendación. Sin perjuicio de la función supervisora del BCE establecida en el anexo VI de la presente Recomendación, los destinatarios de ésta vigilarán la calidad y fiabilidad de la información estadística facilitada al BCN correspondiente.

Artículo 3

Cooperación permanente

Los destinatarios de la presente Recomendación establecerán por escrito con el BCN correspondiente las formas apropiadas de cooperación que garanticen un mecanismo permanente de transmisión de datos que se ajuste a las normas y exigencias estadísticas del BCE, salvo que la legislación nacional garantice ya el mismo resultado.

Artículo 4

Procedimiento de modificación simplificado

Teniendo en cuenta las opiniones del Comité de Estadísticas, el Comité Ejecutivo del BCE podrá efectuar modificaciones técnicas en los anexos de la presente Recomendación, siempre y cuando no cambien el marco conceptual subyacente ni afecten a la carga que supone la obligación de informar para los agentes informadores de los Estados miembros.

Artículo 5

Disposiciones finales

1. La presente Recomendación sustituye a la Recomendación BCE/2000/5.

2. La presente Recomendación se dirige a la CSO de Irlanda y al UIC de Italia.

3. La presente Recomendación se publicará en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Fráncfort del Meno, el 2 de mayo de 2003.

El presidente del BCE

Willem F. Duisenberg

(1) DO L 124 de 28.5.2003.

(2) DO L 318 de 27.11.1998, p. 8.

(3) Gazzetta Ufficiale n° 206 de 4.9.1998.

(4) DO C 176 de 21.6.2001, p. 4.

ANEXO I

EXIGENCIAS DE INFORMACIÓN ESTADÍSTICA DEL BANCO CENTRAL EUROPEO

1. Obligaciones estadísticas de los bancos centrales nacionales (BCN)

1.1. Los BCN facilitan al Banco Central Europeo (BCE) los datos sobre las transacciones transfronterizas, los saldos de los activos de reserva, otros activos en moneda extranjera, los pasivos relacionados con las reservas y las posiciones transfronterizas que el BCE precise para elaborar las estadísticas agregadas de la zona del euro de la balanza de pagos, la posición de inversión internacional y las reservas internacionales.

1.2. Los datos se acompañan de la información inmediatamente disponible sobre acontecimientos importantes específicos y sobre los motivos de las revisiones, siempre que el cambio que esos acontecimientos importantes específicos y esas revisiones provoquen en los datos sea apreciable o que el BCE lo solicite.

1.3. Los datos requeridos se facilitan al BCE con arreglo a los anexos II, III y IV, que se ajustan a las normas internacionales vigentes, especialmente a la quinta edición del Manual de Balanza de Pagos del FMI. Los datos requeridos sobre las transacciones y posiciones en cuanto a los pasivos de inversión de cartera desglosados por sector del emisor residente en la zona del euro, con arreglo a las secciones 1.1, 1.2 y 3 del anexo I y a los cuadros 1, 2 y 4 del anexo III, se facilitan a partir del 1 de julio de 2005. Si el sistema de la base de datos centralizada de valores aún no es operativo el 31 de marzo de 2004, el plazo será de 15 meses contados desde que el Comité de Estadísticas informe al Consejo de Gobierno de que dicho sistema es operativo.

1.4. Los datos requeridos sobre la balanza de pagos se facilitan por períodos mensuales y trimestrales. Los datos requeridos sobre las reservas internacionales se facilitan a fecha de final del mes al que se refieran. Los datos requeridos sobre la posición de inversión internacional se facilitan a fecha de final del año al que se refieran.

1.5. A partir del 1 de enero de 2005, los sistemas de recopilación de información de inversión de cartera se ajustan a un modelo considerado al menos como "aceptable" según el cuadro del anexo VII. Cuando los BCN no puedan cumplir este plazo, establecerán antes del final de junio de 2003, en coordinación con el BCE, un calendario para el cumplimiento de esta norma común.

2. Plazos de transmisión de los datos

2.1. Los datos de la balanza de pagos mensual de la zona del euro se facilitan al BCE al cierre de actividades del trigésimo día hábil siguiente al final del mes al que se refieran.

2.2. El desglose trimestral detallado de la balanza de pagos de la zona del euro se facilita al BCE en los tres meses siguientes al final del trimestre al que se refieran los datos.

2.3. Los datos de las reservas internacionales se facilitan al BCE en las tres semanas siguientes al final del mes al que se refieran.

2.4. Los datos de la posición de inversión internacional se facilitan al BCE en los nueve meses siguientes al final del año al que se refieran.

2.5. Las revisiones relativas a la balanza de pagos y la posición de inversión internacional de la zona del euro se facilitan al BCE según el calendario del anexo V.

2.6. La recopilación de estos datos a nivel nacional se organiza de forma que se respeten los plazos.

3. Norma de transmisión

La información estadística requerida se facilita al BCE con arreglo a los requisitos del anexo V de la presente Recomendación.

4. Calidad de la información estadística

4.1. Sin perjuicio de las tareas de supervisión del BCE de acuerdo con el anexo VI, los BCN, en cooperación con las autoridades competentes distintas de los BCN si procede, velan por la supervisión y evaluación de la calidad de la información estadística facilitada al BCE. El BCE evalúa de igual modo los datos relativos a la balanza de pagos, la posición de inversión internacional y las reservas internacionales de la zona del euro. La evaluación se efectúa en tiempo oportuno. El Comité Ejecutivo del BCE informa anualmente al Consejo de Gobierno de la calidad de los datos.

4.2. La supervisión por el BCE de la calidad de la información estadística podrá comprender el escrutinio de las revisiones de los datos, en primer lugar, para incluir la última evaluación de la información estadística y así mejorar la calidad, y, en segundo lugar, para garantizar al máximo la coherencia entre las correspondientes rúbricas de la balanza de pagos para las distintas frecuencias.

ANEXO II

EXIGENCIAS DE INFORMACIÓN ESTADÍSTICA DEL BANCO CENTRAL EUROPEO

1. Estadística de balanza de pagos

El Banco Central Europeo (BCE) precisa la estadística de balanza de pagos con dos frecuencias: mensual y trimestral, relativas a los correspondientes períodos de referencia. Los datos anuales se elaboran sumando los datos trimestrales facilitados por los Estados miembros el año correspondiente. En la medida de lo posible, la estadística de balanza de pagos debe ser coherente con otras estadísticas facilitadas para la ejecución de la política monetaria.

1.1. Estadística de balanza de pagos mensual

Objetivo

El objetivo de la balanza de pagos mensual de la zona del euro es mostrar las principales rúbricas que afectan a las condiciones monetarias y a los mercados de divisas (véase el cuadro 1 del anexo III).

Exigencias

Es esencial que los datos sean adecuados para el cálculo de la balanza de pagos de la zona del euro.

Habida cuenta de la brevedad del plazo establecido para facilitar los datos de la balanza de pagos mensual, del alto nivel de agregación de esos datos y de su utilización con fines de política monetaria y para operaciones de cambio de divisas, el BCE permite cierta desviación de las normas internacionales cuando ello sea inevitable. No se exige el registro según el principio del devengo o el momento en que la operación tiene lugar. Mediante el correspondiente acuerdo con el BCE, los bancos centrales nacionales (BCN) pueden facilitar los datos de las cuentas corriente y financiera en términos de caja. Cuando sea necesario para cumplir el plazo establecido, el BCE aceptará estimaciones o datos preliminares.

Para cada categoría amplia de operaciones se solicitan los activos y pasivos (o los ingresos y los pagos, en el caso de las partidas de la cuenta corriente). En términos generales, ello exige que los BCN, por lo que respecta a las operaciones exteriores, distingan entre las operaciones con residentes en otros Estados miembros de la zona del euro y las operaciones fuera de la zona del euro. Los BCN hacen esto sistemáticamente.

Cuando cambie la composición de la zona del euro, los BCN deben modificar la definición de la composición de la zona del euro a partir de la fecha en la que el cambio surta efecto. Se requiere de los BCN de la zona del euro en su composición anterior, y del nuevo o los nuevos Estados miembros participantes, las mejores estimaciones disponibles de datos históricos que abarquen la zona del euro ampliada.

Con objeto de posibilitar una agregación significativa de los datos mensuales de la zona del euro en el ámbito de la inversión de cartera, se precisa el desglose entre las operaciones de valores emitidos por residentes en la zona del euro y las operaciones de valores emitidos por no residentes en la zona del euro. La estadística de las operaciones netas activas de inversión de cartera de la zona del euro se calcula agregando las operaciones netas de valores emitidos por no residentes en la zona del euro. La estadística de las operaciones netas pasivas de inversión de cartera de la zona del euro se calcula consolidando las operaciones netas de pasivos nacionales totales y las operaciones netas de valores emitidos y adquiridos por residentes en la zona del euro.

A las rentas de inversión de cartera se aplican requisitos de información y métodos de cálculo para la agregación análogos.

Con el fin de elaborar la presentación monetaria de la balanza de pagos, los BCN deben facilitar los datos desglosados por sector institucional. Para la balanza de pagos mensual, el desglose sectorial es el siguiente:

- para la inversión directa: i) IFM (excepto bancos centrales), y ii) instituciones distintas de IFM;

- para los activos de inversión de cartera: i) autoridades monetarias; ii) IFM (excepto bancos centrales), y iii) instituciones distintas de IFM;

- para otra inversión: i) autoridades monetarias; ii) IFM (excepto bancos centrales); iii) administraciones públicas, y iv) otros sectores.

Con el fin de elaborar un desglose sectorial de la balanza de pagos y permitir así la elaboración de una presentación monetaria, los BCN deberán facilitar, desde la fecha que se establece en el apartado 5 del artículo 2 de la Orientación BCE/2003/7, los datos de las operaciones netas de valores de inversión de cartera emitidos por residentes en la zona del euro y desglosados por el sector institucional al que pertenezca el emisor. Además, los pasivos de inversión de cartera incluirán un desglose por el sector institucional del emisor interior.

La estadística de las operaciones netas pasivas de inversión de cartera de la zona del euro se desglosa por sector y se elabora consolidando las operaciones netas de pasivos nacionales totales de los sectores respectivos y las operaciones netas correspondientes de valores emitidos y adquiridos por residentes en la zona del euro.

1.2. Estadística de balanza de pagos trimestral

Objetivo

El objetivo de la balanza de pagos trimestral de la zona del euro es proporcionar una información más detallada que permita un mayor análisis de las operaciones exteriores. Esta estadística se utilizará, sobre todo, en la preparación de las cuentas financieras y en la publicación conjunta de la balanza de pagos de la UE/zona del euro en cooperación con la Comisión de las Comunidades Europeas (Eurostat).

Exigencias

La estadística de balanza de pagos trimestral se ajusta, en todo lo posible, a las normas internacionales. El desglose requerido de la estadística de balanza de pagos trimestral se presenta en el cuadro 2 del anexo III. Los conceptos armonizados y las definiciones de las cuentas de capital y financiera se presentan en el anexo IV.

El desglose de la cuenta corriente trimestral es similar al requerido en las cifras mensuales. Sin embargo, en el caso de las rentas se exige un desglose más detallado.

En la cuenta financiera, el BCE aplica una versión simplificada de las exigencias de la quinta edición del Manual de Balanza de Pagos (MBP5) del Fondo Monetario Internacional (FMI) en la rúbrica "otra inversión". Esta simplificación implica eliminar la distinción entre préstamos y depósitos en cada columna del balance y eliminar el desglose por plazos de vencimiento. Se cambia, además, la presentación del desglose (el sector es la primera prioridad). Este desglose sectorial es compatible con el desglose del MBP5, en el que los instrumentos tienen prioridad, aunque no es idéntico a él.

Los BCN deben distinguir en sus estadísticas de balanza de pagos trimestrales entre las operaciones con Estados miembros participantes y las demás operaciones exteriores. Como en el caso de los datos mensuales, para los datos trimestrales de la inversión de cartera se requiere el desglose entre las operaciones de valores emitidos por residentes en la zona del euro y de valores emitidos por no residentes en la zona del euro. La estadística de las operaciones netas activas de inversión de cartera de la zona del euro se calcula agregando las operaciones netas de valores emitidos por no residentes en la zona del euro. Las operaciones netas pasivas de inversión de cartera de la zona del euro se calculan consolidando las operaciones netas de pasivos nacionales totales y las operaciones netas de valores emitidos y adquiridos por residentes en la zona del euro.

A las rentas de inversión de cartera se aplican análogos requisitos de información y métodos de cálculo para la agregación.

Para la inversión directa, los BCN deben facilitar trimestralmente un desglose sectorial "IFM (excepto bancos centrales)/instituciones distintas de IFM". Para los "activos de inversión de cartera" y "otra inversión", el desglose por sector institucional sigue los componentes estándar del FMI: i) autoridades monetarias; ii) IFM (excepto bancos centrales); iii) administraciones públicas, y iv) otros sectores.

Para elaborar la estadística de las operaciones netas pasivas de inversión de cartera de la zona del euro por el sector de los emisores residentes en la zona del euro, las exigencias de datos trimestrales son análogas a las de la balanza de pagos mensual.

Para la balanza de pagos de la zona del euro se requieren datos trimestrales de las rentas devengadas por inversiones. De conformidad con el Sistema de Cuentas Nacionales, el MBP5 recomienda que los intereses se registren según el principio del devengo. Esta recomendación afecta tanto a la cuenta corriente (rentas de inversión) como a la cuenta financiera.

2. Estadística de reservas internacionales

Objetivo

El objetivo de la estadística de reservas internacionales es disponer de un estado mensual de los activos de reserva, otros activos en moneda extranjera y los pasivos relacionados con las reservas mantenidos por los BCN y el BCE conforme a la presentación de la estadística común del FMI/Banco de Pagos Internacionales (BPI) sobre "Reservas internacionales y liquidez en moneda extranjera". Esta información complementa los datos sobre los activos de reserva incluidos en las estadísticas de balanza de pagos y de posición de inversión internacional de la zona del euro.

Exigencias

Los activos de reserva de la zona del euro son activos negociables, de elevada liquidez y solvencia, mantenidos por el BCE ("reservas puestas en común") y los BCN ("activos de reserva no puestos en común") frente a no residentes en la zona del euro y denominados en moneda extranjera (es decir, en monedas distintas del euro), incluido el oro, las posiciones de reserva en el FMI y las tenencias de DEG. Pueden incluir las posiciones en derivados financieros. Los activos de reserva se contabilizan en términos brutos, sin compensación de los pasivos relacionados con las reservas. El desglose de los datos exigidos a los BCN aparece en el cuadro 3 del anexo III (sección I.A).

Los activos del Eurosistema denominados en moneda extranjera que no se ajusten a esta definición, es decir, i) los derechos frente a residentes en la zona del euro, y ii) los derechos frente a no residentes en la zona del euro que no cumplan los criterios de liquidez, negociabilidad y solvencia, se incluyen bajo la rúbrica "otros activos en moneda extranjera" en la estadística de reservas internacionales (véase el cuadro 3 del anexo III, sección I.B).

Los activos denominados en euros frente a no residentes y los depósitos en moneda extranjera mantenidos por las administraciones de los Estados miembros participantes no se consideran activos de reserva; estas cantidades se registran bajo la rúbrica "otra inversión" si representan activos frente a no residentes en la zona del euro.

Además, la información sobre los drenajes de liquidez predeterminados y contingentes netos a corto plazo del Eurosistema realizados en los activos de reserva y otros activos en moneda extranjera del Eurosistema, los llamados "pasivos relacionados con las reservas", deberá incluirse en el cuadro 3 del anexo III (secciones II a IV).

3. Estadística de la posición de inversión internacional

Objetivo

El objetivo de la posición de inversión internacional es disponer de un estado anual de los activos y pasivos exteriores de la zona del euro en su conjunto, a efectos de análisis de la política monetaria y los mercados de divisas. Esta información estadística puede servir también de ayuda para el cálculo de los flujos de la balanza de pagos.

Exigencias

El BCE requiere la estadística de la posición de inversión internacional referida a los saldos alcanzados al final del año.

Los datos de la posición de inversión internacional se ajustan, en lo posible, a las normas internacionales. El BCE elabora la posición de inversión internacional de la zona del euro en su conjunto. El desglose de la posición de inversión internacional de la zona del euro se presenta en el cuadro 4 del anexo III.

El BCE puede requerir trimestralmente algunas rúbricas de especial importancia para la ejecución de la política monetaria, especialmente aquéllas que, dentro de la cuenta de "otra inversión", se facilitan al BPI para la elaboración de sus estadísticas bancarias internacionales.

La posición de inversión internacional muestra los saldos financieros al final del período de referencia, valorados a los precios de fin de período. Las variaciones del valor de los saldos podrían deberse a los factores siguientes. En primer lugar, parte de la variación del valor de los saldos durante el período de referencia se deberá a las transacciones financieras que hayan tenido lugar y que se habrán registrado en la balanza de pagos. En segundo lugar, parte de la variación de las posiciones al principio y al final de un período habrá sido causada por los cambios en los precios de los activos y pasivos financieros en ellas recogidos. En tercer lugar, en el caso de que los saldos estén denominados en monedas distintas de la unidad de cuenta utilizada para la elaboración de la posición de inversión internacional, las variaciones de los tipos de cambio frente a otras monedas también afectarán a los valores de dichos saldos. Finalmente, cualesquiera otras variaciones de los saldos que no se deban a los mencionados factores se considerarán como "otros ajustes".

Una conciliación adecuada entre los flujos y los saldos financieros de la zona del euro exige que tales variaciones en el valor debidas a precios, tipos de cambio y otros ajustes, se reflejen de forma separada.

La cobertura de la posición de inversión internacional debería estar lo más próxima posible a la de los flujos trimestrales de la balanza de pagos. Los conceptos, definiciones y desgloses están en línea con los utilizados para los flujos de la balanza de pagos trimestral. En la medida de lo posible, los datos sobre la posición de inversión internacional deben ser coherentes con otras estadísticas, como las estadísticas monetarias y bancarias, las cuentas financieras y las cuentas nacionales.

En cuanto a la balanza de pagos mensual y trimestral, los BCN deben distinguir en sus estadísticas de posición de inversión internacional entre tenencias frente a Estados miembros participantes y todas las demás posiciones exteriores. En las cuentas de inversión de cartera, se requiere el desglose entre tenencias de valores emitidos por residentes en la zona del euro y tenencias de valores emitidos por no residentes en la zona del euro. La estadística de activos netos en inversión de cartera de la zona del euro se elabora agregando los activos netos en valores emitidos por no residentes en la zona del euro. La estadística de pasivos netos en inversión de cartera de la zona del euro se elabora consolidando los pasivos totales nacionales netos y las tenencias netas de valores emitidos y adquiridos por residentes en la zona del euro.

Los BCN deben facilitar las tenencias anuales con el mismo desglose sectorial para la "inversión directa", los "activos de inversión de cartera" y "otra inversión" que para los flujos de la balanza de pagos trimestral.

Para la elaboración por el BCE del desglose sectorial de los pasivos netos en inversión de cartera de la zona del euro, las exigencias impuestas a los BCN respecto de los datos de la posición de inversión internacional son las mismas que para los flujos de la balanza de pagos, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 5 del artículo 2 de la Orientación BCE/2003/7.

Los activos y pasivos de la inversión de cartera de la posición de inversión internacional se elaboran sólo a partir de los datos de saldos.

ANEXO III

DESGLOSE REQUERIDO

Cuadro 1

Rúbricas mensuales de la balanza de pagos de la zona del euro"extra": indica las transacciones con no residentes en la zona del euro (en el caso de la inversión de cartera y renta conexa, se refiere a la residencia de los emisores)

"intra": indica las transacciones entre distintos Estados miembros de la zona del euro

"nacional": indica todas las transacciones transfronterizas de los residentes en un Estado miembro participante (utilizado sólo en conexión con los pasivos en cuentas de inversión de cartera y el saldo neto de las cuentas de derivados financieros)

>SITIO PARA UN CUADRO>

>SITIO PARA UN CUADRO>

Cuadro 2

Balanza de pagos trimestral de la zona del euro

>SITIO PARA UN CUADRO>

>SITIO PARA UN CUADRO>

Cuadro 3

Reservas internacionales mensuales del Eurosistema; pasivos relacionados con las reservas de la zona del euro

I. Activos de reserva oficiales y otros activos en moneda extranjera (valor de mercado aproximado)

A. Activos de reserva oficiales

1. reservas en moneda extranjera (en divisas convertibles)

a) valores, de los cuales:

- emisores con sede en la zona del euro

b) total de efectivo y depósitos en

i) otros bancos centrales nacionales, Banco de Pagos Internacionales (BPI) y FMI

ii) bancos con sede en la zona del euro y domicilio en el extranjero

iii) bancos con sede y domicilio en el exterior de la zona del euro

2. posición de reserva en el FMI

3. DEG

4. oro (incluidos depósitos de oro y swaps de oro)

5. otros activos de reserva

a) derivados financieros

b) préstamos al sector no bancario no residente

c) otros

B. Otros activos en moneda extranjera

a) valores no incluidos en activos de reserva oficiales

b) depósitos no incluidos en activos de reserva oficiales

c) préstamos no incluidos en activos de reserva oficiales

d) derivados financieros no incluidos en activos de reserva oficiales

e) oro no incluido en activos de reserva oficiales

f) otros

II. Drenajes de liquidez predeterminados netos a corto plazo en moneda extranjera (valor nominal)

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III. Drenajes de liquidez contingentes netos a corto plazo de activos en moneda extranjera (valor nominal)

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IV. Partidas pro memoria

1. a comunicar con periodicidad y plazos preestablecidos:

a) deuda a corto plazo en moneda local referenciada al tipo de cambio de divisas

b) instrumentos financieros denominados en moneda extranjera y liquidados con otros medios (v.gr. en moneda local)

- contratos a plazo sin entrega de subyacente

i) posiciones cortas

ii) posiciones largas

- otros instrumentos

c) activos en garantía

- incluidos en activos de reserva

- incluidos en otros activos en moneda extranjera

d) valores cedidos o adquiridos en préstamo o cesiones y adquisiciones temporales

- cedidos e incluidos en la sección I

- cedidos y no incluidos en la sección I

- adquiridos e incluidos en la sección I

- adquiridos y no incluidos en la sección I

e) activos en derivados financieros (netos, a valor de mercado)

- contratos a plazo

- futuros financieros

- swaps

- opciones

- otros

f) derivados financieros (contratos a plazo, futuros y opciones) con vencimiento residual superior a un año, sujetos a reposición de garantía.

- posiciones agregadas, cortas y largas, en contratos a plazo y futuros financieros en moneda extranjera contra moneda local (incluido el tramo a plazo de los swaps de divisas)

i) posiciones cortas

ii) posiciones largas

- posiciones agregadas, cortas y largas, de opciones en moneda extranjera contra moneda local

i) posiciones cortas

- opciones de venta adquiridas

- opciones de compra vendidas

ii) posiciones largas

- opciones de compra adquiridas

- opciones de venta vendidas

2. a comunicar con menor frecuencia (v.gr. una vez al año):

a) composición por divisas de los activos de reserva (por grupos de monedas)

- divisas incluidas en la cesta de los DEG

- divisas no incluidas en la cesta de los DEG

Cuadro 4

Posición de inversión internacional anual de la zona del euro

>SITIO PARA UN CUADRO>

"extra": indica las posiciones con no residentes en la zona del euro (en el caso de la inversión de cartera y renta conexa, se refiere a la residencia de los emisores)

"intra": indica las posiciones entre distintos Estados miembros de la zona del euro

"nacional": indica todas las posiciones transfronterizas de los residentes en un Estado miembro participante (utilizado sólo en conexión con los pasivos en cuentas de inversión de cartera y el saldo neto de las cuentas de derivados financieros)

ANEXO IV

CONCEPTOS Y DEFINICIONES QUE DEBEN EMPLEARSE EN LAS ESTADÍSTICAS DE BALANZA DE PAGOS, POSICIÓN DE INVERSIÓN INTERNACIONAL Y RESERVAS INTERNACIONALES

Para elaborar estadísticas agregadas exteriores significativas de la zona del euro, se han establecido conceptos y definiciones en el campo de las estadísticas de balanza de pagos (cuentas de rentas, de capital y financiera), posición de inversión internacional y reservas internacionales. Esos conceptos y definiciones se basan en el denominado "Implementation Package" (julio de 1996) y en otros documentos aprobados por el Consejo de Gobierno del Banco Central Europeo (BCE). Las normas internacionales vigentes, como la quinta edición del Manual de Balanza de Pagos (MBP5) del Fondo Monetario Internacional (FMI) y la estadística del FMI/Banco de Pagos Internacionales (BPI) sobre reservas internacionales y liquidez en moneda extranjera, se han utilizado como referencia al formular dichos conceptos y definiciones. Las propuestas de armonización más importantes se enumeran más adelante de acuerdo con las notas metodológicas del BCE sobre "Balance of payments and international investment position of the euro area (including reserves)" publicadas en su dirección en Internet: http://www.ecb.int. Pueden encontrarse otras orientaciones en los capítulos 2 y 3 de la publicación del BCE "European Union balance of payments/international investment position statistical methods" (en adelante, el Libro de BP), que se revisa anualmente y puede consultarse en Internet y en papel.

1. Conceptos y definiciones de algunas rúbricas

1.1. Rentas de inversión (véase también la sección 3.4 del Libro de BP)

Las rentas de inversión comprenden las rentas que se derivan de la propiedad, por un residente en la zona del euro, de un activo financiero exterior a la zona del euro (ingresos) y, simétricamente, las rentas derivadas de la propiedad, por un no residente en la zona del euro, de un activo financiero de la zona del euro (pagos). Cuando puedan individualizarse, las pérdidas o ganancias de tenencias (capital) no se clasifican como rentas de inversión, sino como variaciones en el valor de las inversiones debidas a la evolución de los precios del mercado.

Las rentas de inversión incluyen las rentas derivadas de la inversión directa, de la inversión de cartera y de otra inversión, y las rentas derivadas de los activos de reserva del Eurosistema. Sin embargo, los flujos netos asociados con derivados de tipo de interés se registran como "derivados financieros" en la cuenta financiera. Los beneficios reinvertidos se registran como "rentas de inversión directa". Se definen como la participación del inversor directo en los beneficios consolidados totales obtenidos por la empresa de inversión directa en el período de referencia pertinente (deducidos impuestos, intereses y depreciación), menos los dividendos que deban pagarse en el período de referencia, incluso si se refieren a beneficios obtenidos en períodos anteriores.

Las exigencias de datos de la balanza de pagos mensual y trimestral son casi idénticas a los componentes normalizados del FMI según se definen en el MBP5. La principal diferencia es que el BCE no exige el desglose de las rentas de inversión directa en acciones y participaciones en el capital entre beneficios distribuidos y no distribuidos.

Los intereses se registran según el principio del devengo (lo que no se requiere en los datos mensuales). Los dividendos se registran en la fecha en la que son pagaderos. Los beneficios reinvertidos se registran en el período en que se obtienen.

1.2. Cuenta de capital (véase también la sección 3.6 del Libro de BP)

La cuenta de capital incluye las transferencias de capital y la adquisición y disposición de activos no producidos no financieros. Las transferencias corrientes se registran en la cuenta corriente. Las transferencias de capital consisten en: i) las transferencias de la propiedad del activo fijo; ii) las transferencias de fondos vinculadas o condicionadas a la adquisición o enajenación del activo fijo, y iii) la condonación de pasivos por acreedores sin ninguna contraprestación. Las transferencias de capital pueden ser en efectivo o en especie (como es el caso de la condonación de deudas). La distinción entre transferencias corrientes y de capital estriba, en la práctica, en la utilización de la transferencia por el país receptor. La adquisición y disposición de activos no producidos no financieros comprende fundamentalmente activos intangibles, como las patentes, los arrendamientos y otros contratos transferibles. Sólo la compraventa de estos activos, y no su utilización, se registra en esta rúbrica de la cuenta de capital.

Aunque los componentes normalizados de la cuenta de capital del FMI comprenden un desglose sectorial entre las rúbricas "administraciones públicas" y "otros sectores" (con otro desglose posterior), el BCE elabora sólo una rúbrica agregada, sin desgloses, para la cuenta de capital.

1.3. Inversión directa (véase también la sección 3.7 del Libro de BP)

La inversión directa es una clase de inversión internacional que refleja el objetivo de una entidad residente en una economía de obtener un interés permanente en una empresa residente en otra economía. De acuerdo con las normas internacionales (FMI), se aplica el "criterio de la propiedad del 10 %" para deducir la existencia de una relación de inversión directa, es decir, un interés a largo plazo, en el caso de la balanza de pagos y posición de inversión internacional de la zona del euro. Según ese criterio, puede existir una relación de inversión directa entre varias empresas vinculadas, independientemente de que el vínculo forme una sola cadena o varias. Además, puede extenderse a las filiales, subfiliales y empresas asociadas de la empresa de inversión directa. Una vez establecida la inversión directa, los flujos o tenencias subsiguientes entre las entidades relacionadas o frente a ellas se registran como transacciones o posiciones de inversión directa(1).

Siguiendo las normas del FMI y las orientaciones de Eurostat/OCDE, las relaciones de inversión directa de la zona del euro se registran utilizando el principio direccional, lo que significa que las operaciones financieras entre el inversor directo residente en la zona del euro y las empresas de inversión directa no residentes en la zona del euro se clasifican como "inversión directa en el exterior". En consecuencia, las operaciones financieras entre empresas de inversión directa residentes e inversores directos no residentes en la zona del euro se registran en la rúbrica "inversión directa en la economía declarante" de la balanza de pagos de la zona del euro.

Los componentes de la inversión directa son las acciones y otras participaciones en el capital, los beneficios reinvertidos y "otro capital" relacionado con diversas operaciones de deuda internas de las empresas. Las acciones y otras participaciones en el capital comprenden las acciones de las sucursales y todas las participaciones en filiales y empresas asociadas. Los beneficios reinvertidos consisten en el asiento de compensación de la participación del inversor directo en los beneficios no distribuidos como dividendos por filiales y empresas asociadas y en los beneficios de sucursales no transferidos al inversor directo y que se registran como "rentas de inversión". "Otro capital" comprende todas las operaciones financieras entre filiales (préstamo de fondos), incluidos los valores distintos de acciones y participaciones y los créditos de proveedores (p. ej. créditos comerciales), entre inversores directos y filiales, sucursales y empresas asociadas.

En cuanto a la valoración de los saldos de la inversión directa, la recomendación internacional es utilizar los precios de mercado. Sin embargo, a causa de dificultades prácticas, los datos se elaboran actualmente utilizando valores contables basados en el volumen de fondos propios de las empresas de inversión directa. El criterio de valoración de los saldos de la inversión directa en la posición de inversión internacional de la zona del euro es la cotización en el caso de sociedades que cotizan en Bolsa, mientras que las sociedades que no cotizan en Bolsa se valoran según sus fondos propios (esto es, valores contables) utilizando una definición común que comprende las siguientes rúbricas contables:

i) capital desembolsado (excluyendo acciones propias e incluyendo primas o descuentos de emisión);

ii) toda clase de reservas (incluidas las subvenciones a la inversión cuando las directrices contables las consideren reservas empresariales);

iii) beneficios no distribuidos una vez deducidas la pérdidas (incluidos los resultados del año en curso).

1.4. Inversión de cartera (véase también la sección 3.8 del Libro de BP)

La cuenta de inversión de cartera de la zona del euro incluye i) acciones y otras participaciones en el capital y ii) valores distintos de acciones en forma de bonos y obligaciones e instrumentos del mercado monetario, a menos que correspondan a las categorías de inversión directa o activos de reserva. Están excluidos de la inversión de cartera los derivados financieros, así como las cesiones y adquisiciones temporales de activos financieros y los préstamos de valores.

La rúbrica de "acciones y otras participaciones en el capital" comprende todos los instrumentos que representen derechos sobre el valor residual de sociedades constituidas después de haber sido satisfechos los derechos de todos los acreedores. Las acciones, acciones preferentes, participaciones o títulos similares denotan la propiedad de valores. También se incluyen las operaciones/tenencia de acciones de instituciones de inversión colectiva, tales como los fondos de inversión.

Los bonos y obligaciones son valores emitidos con un plazo de vencimiento inicial de más de un año que, por lo general, confieren al titular i) el derecho incondicional a una renta monetaria fija o a una renta monetaria variable contractualmente determinada (siendo el pago de intereses independiente de los ingresos del deudor), y ii) el derecho incondicional a una suma fija como reembolso del principal en la fecha o las fechas especificadas.

A diferencia de los bonos y obligaciones, los instrumentos del mercado monetario son valores emitidos con un plazo de vencimiento inicial inferior o igual a un año. En general, confieren al titular el derecho incondicional a recibir una suma de dinero establecida y fija en una fecha especificada. Estos instrumentos suelen emitirse al descuento; el descuento depende de los tipos de interés y del tiempo que reste hasta el vencimiento.

El BCE publicó en junio de 2002 el informe del grupo de estudio sobre los sistemas de recopilación de datos de inversión de cartera ("Task Force on Portfolio Investment Data Collection Systems"). Se investigó a fondo la necesidad y las posibles ventajas de avanzar en la armonización de los sistemas de recopilación de datos de inversión de cartera. Algunas de las conclusiones se refieren a la determinación de modelos adecuados ("ideal", "bueno" o "aceptable"), e inadecuados ("no aceptable"), de recopilación de datos, y a la determinación de las ventajas (en especial de la información valor a valor) y los costes en términos cualitativos. Los Estados miembros participantes han acordado adoptar un sistema de recopilación de datos adecuado a partir del 1 de enero de 2005, aunque un Estado miembro ha formulado una reserva (respecto del calendario de recopilación de los datos de los saldos).

El registro de las operaciones de inversión de cartera en la balanza de pagos de la zona del euro tiene lugar cuando los acreedores o deudores de la zona del euro contabilizan en sus libros el derecho o la obligación correspondiente. Las operaciones se registran por el precio efectivo recibido o pagado, menos comisiones y gastos. Por lo tanto, en el caso de los valores con cupón, se incluye el interés devengado desde el último pago de intereses, y, en el caso de los valores emitidos a descuento, se incluye el interés devengado desde la emisión. La inclusión del interés devengado se requiere para la cuenta financiera de la balanza de pagos trimestral y la posición de inversión internacional. Para la balanza de pagos mensual se recomienda el mismo tratamiento. Estos asientos en la cuenta financiera trimestral (y mensual) deben tener asientos de compensación en la cuenta de rentas respectiva.

1.5. Derivados financieros (véase también la sección 3.9 del Libro de BP)

Los derivados financieros son instrumentos financieros ligados a un instrumento financiero, un indicador o una mercancía concretos, y a través de los cuales se pueden negociar como tales riesgos financieros concretos. Las operaciones con derivados financieros se tratan de forma separada y no como parte integrante del valor de las operaciones subyacentes a las que pueden estar ligados.

Las transacciones y posiciones en opciones, futuros, swaps, contratos de divisas a plazo, derivados sobre créditos y derivados incorporados a otros instrumentos se registran en la balanza de pagos, en las reservas internacionales y en la posición de inversión internacional. Por razones prácticas, los derivados incorporados a otros instrumentos no se distinguen del instrumento subyacente al que están ligados.

Los flujos netos asociados a derivados de tipo de interés se registran como derivados financieros y no como rentas de inversión, de conformidad con acuerdos internacionales recientes. La clasificación de instrumentos específicos de derivados sobre créditos debería decidirse caso por caso.

Los depósitos de garantía iniciales se consideran variaciones de depósitos y deberían registrarse, si se identifican, como "otra inversión". El tratamiento de los pagos por variación del depósito de garantía depende de la forma de variación: la variación análoga a la de las opciones se considera, en principio, como una variación de los depósitos, y debería registrarse, si se identifica, como "otra inversión". La variación del depósito de garantía análoga a la de los futuros se considera, en principio, una transacción de derivados, y debería registrarse como "derivados financieros".

En el caso de las opciones, se registra la prima (es decir, el precio de compra/venta de las opciones y el cargo implícito por el servicio).

La valoración de los derivados financieros debería hacerse a precios de mercado.

El registro de las operaciones con derivados financieros tiene lugar cuando los acreedores y deudores de la zona del euro anotan en sus libros el derecho o la obligación correspondientes. Debido a los problemas prácticos propios de la separación de los flujos activos y pasivos de algunos instrumentos derivados, en la balanza de pagos de la zona del euro todas las operaciones con derivados financieros se registran por su valor neto. En la estadística de la posición de inversión internacional, las posiciones activas y pasivas en derivados financieros se registran por su valor bruto, con la excepción de los derivados financieros correspondientes a la categoría de activos de reserva, que se registran en términos netos.

1.6. Otra inversión (véase también la sección 3.10 del Libro de BP)

La rúbrica de otra inversión se define como una categoría residual que incluye todas las operaciones financieras no comprendidas en las categorías de inversión directa, inversión de cartera, derivados financieros o activos de reserva.

La rúbrica incluye los créditos comerciales, préstamos/efectivo y depósitos y otros activos/otros pasivos. Incluye también los asientos de compensación de rentas devengadas de instrumentos clasificados como otra inversión.

Los créditos comerciales consisten en los derechos u obligaciones derivados de la concesión directa de crédito por proveedores o compradores de la zona del euro respectivamente para operaciones con bienes y servicios y para pagos anticipados de trabajos en curso (o futuros) relacionados con esas operaciones.

Préstamos/efectivo y depósitos comprenden las operaciones/tenencias en los instrumentos financieros siguientes: préstamos, es decir, activos financieros creados mediante el préstamo directo de fondos por un acreedor (prestamista) a un deudor (prestatario) por un acuerdo en el que el prestamista o no recibe ninguna garantía o recibe un documento o instrumento no negociable; cesiones y adquisiciones temporales de activos financieros; efectivo, y depósitos. Se incluyen, entre otros, los préstamos para financiar el comercio, otros préstamos y anticipos (incluidas las hipotecas) y los arrendamientos financieros.

Todas las cesiones y adquisiciones temporales de activos financieros, es decir, los pactos de recompra/reventa, las operaciones dobles simultáneas y los préstamos de valores, se consideran en la balanza de pagos y la posición de inversión internacional de la zona del euro como préstamos con garantía y no como compras o ventas simples de valores, y se registran como "otra inversión" dentro del sector residente en la zona del euro que realiza la operación. Este tratamiento, que se corresponde además con las prácticas contables de los bancos y otras sociedades financieras, tiene por finalidad reflejar mejor los fundamentos económicos de esos instrumentos financieros.

Otros activos/otros pasivos comprende todos los conceptos distintos de créditos comerciales, préstamos y efectivo y depósitos.

Dentro de "otra inversión", el sector "Eurosistema" de la zona del euro comprende las posiciones netas del Eurosistema con los bancos centrales nacionales (BCN) de Estados miembros no participantes en relación con el funcionamiento del sistema TARGET. Estos saldos y cuentas internos del Sistema Europeo de Bancos Centrales (SEBC), denominados en euros, son parecidos a los movimientos de las cuentas "nostro"/"vostro" de las instituciones financieras monetarias (IFM) y, por lo tanto, se declaran al BCE en términos netos dentro de los pasivos.

Los principios de "transmisión de propiedad", "momento de liquidación" y "momento de pago" se ajustan a las normas del FMI.

Comparada con los componentes normalizados del MBP5, la presentación de la rúbrica "otra inversión", dentro de la balanza de pagos de la zona del euro, se simplifica al omitir la distinción entre préstamos y depósitos en cada lado del balance y el desglose por plazo de vencimiento en la estadística de la balanza de pagos trimestral. También es diferente la presentación del desglose (el sector es prioritario). Sin ser igual, este desglose sectorial es compatible con el desglose del MBP5, donde se da prioridad a los instrumentos. Para los datos de la balanza de pagos mensual se requiere un desglose, en el sector de las IFM, entre flujos a corto plazo y a largo plazo.

1.7. Activos de reserva (véase también la sección 3.11 del Libro de BP)

Los activos de reserva de la zona del euro son los activos de reserva del Eurosistema, es decir, del BCE y de los BCN.

Los activos de reserva deben: i) estar bajo el control efectivo de la autoridad monetaria competente del Eurosistema o un BCN, y ii) ser activos negociables de elevada liquidez y solvencia mantenidos por el Eurosistema frente a no residentes en la zona del euro y denominados en monedas distintas del euro, oro, posiciones de reserva en el FMI o derechos especiales de giro (DEG).

Esta definición excluye expresamente de ser considerados activos de reserva a nivel nacional o de la zona del euro a los activos en moneda extranjera frente a residentes en la zona del euro y a los activos en euros frente a no residentes en la zona del euro. Asimismo, las posiciones en moneda extranjera de las administraciones centrales o del Tesoro no entran en la definición de activos de reserva de la zona del euro, de acuerdo con el marco institucional del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea.

Los activos de reserva del BCE son los activos que se ponen en común de conformidad con el artículo 30 de los Estatutos del SEBC y que por ello se consideran bajo el control directo y efectivo del BCE. Mientras no tengan lugar otras transferencias de propiedad, los activos de reserva mantenidos por los BCN están bajo su control directo y efectivo y se consideran activos de reserva propios de cada BCN.

La presentación de las transacciones de reservas internacionales del Eurosistema muestra la cifra total de las transacciones mensuales. Otros detalles de las operaciones del Eurosistema en oro, divisas, tenencias de DEG y posiciones de reserva en el FMI, se facilitan trimestralmente de conformidad con los componentes normalizados del MBP5. Se presentan como rúbrica aparte los derivados financieros, de acuerdo con la reciente recomendación del FMI en este campo.

Las reservas del Eurosistema se calculan en términos brutos, sin compensación de pasivos relacionados con las reservas (salvo los activos de reserva incluidos en "derivados financieros", que se registran en términos netos).

La valoración se basa en los precios de mercado, utilizándose: i) para las operaciones, los precios de mercado vigentes en el momento de la operación, y ii) para las tenencias, los precios de cierre medios de mercado vigentes al final del período correspondiente. Para convertir en euros las operaciones y tenencias de activos denominados en moneda extranjera, se utilizan, respectivamente, los tipos de cambio de mercado vigentes en el momento de la operación y los precios de cierre medios de mercado vigentes al final del período correspondiente.

Las rentas de los activos de reserva deben registrarse, sin diferenciarlas, bajo la rúbrica de "otra inversión" en la cuenta de rentas de inversión, incluidos los intereses sobre los valores de deuda mantenidos en la reserva, y según el principio del devengo al menos trimestralmente.

La idea de que las reservas utilizables pueden ser un indicador más importante de la capacidad de un país para cumplir sus obligaciones en divisas que las reservas brutas como aparecen en las estadísticas de la balanza de pagos y la posición de inversión internacional, se ha extendido y ha sido adoptada en la "Special Data Dissemination Standard" del FMI. Para calcular las reservas utilizables, hay que complementar los datos de reservas brutas con información sobre otros activos en moneda extranjera y pasivos relacionados con las reservas. Consecuentemente, los datos mensuales sobre activos de reserva (brutos) del Eurosistema se complementan con información sobre otros activos en moneda extranjera y drenajes de liquidez predeterminados y contingentes netos a corto plazo sobre los activos de reserva brutos clasificados de acuerdo con el plazo de vencimiento residual. Además, se requiere también un desglose monetario entre activos de reserva brutos denominados en monedas incluidas en la cesta de los DEG (en total) y otras monedas (en total) con un desfase de un trimestre.

Con respecto a rúbricas específicas, los saldos de oro monetario deberían permanecer invariables en todas las operaciones reversibles con oro (swaps de oro, cesiones y adquisiciones temporales de activos financieros, préstamos y depósitos). Las cesiones temporales de valores negociables denominados en moneda extranjera producen un incremento de la cantidad total de los activos de reserva del BCN prestatario de efectivo, debido a que los valores cedidos temporalmente siguen figurando en el balance; en el caso de las adquisiciones temporales, la autoridad monetaria prestadora de efectivo no registra ninguna variación en la cantidad total de activos de reserva si la entidad de contrapartida no residente es otra autoridad monetaria o institución financiera, debido a que el derecho frente al tomador del préstamo de efectivo pasa a considerarse como activo de reserva.

Cuadro 5

Territorios pertenecientes a Estados miembros de la zona del euro y países asociados a Estados miembros de la zona del euro

Territorios que forman parte de la zona del euro:

- Helgoland: Alemania,

- Islas Baleares, Islas Canarias, Ceuta y Melilla: España,

- Mónaco, departamentos franceses de ultramar (Guyana Francesa, Guadalupe, Martinica y Reunión), San Pedro y Miquelón, Mayotte: Francia,

- Madeira, Islas Azores: Portugal,

- Islas Åland: Finlandia.

Territorios asociados a Estados miembros de la zona del euro y que se incluyen en el resto del mundo:

- Büsingen (no Alemania),

- Andorra (ni España ni Francia),

- Antillas Neerlandesas y Aruba (no Países Bajos),

- Territorios franceses de ultramar (Polinesia Francesa, Nueva Caledonia, Wallis y Futuna) (no Francia),

- San Marino y Santa Sede (no Italia).

2. Métodos de instrumentación de la distribución geográfica

Las dificultades para elaborar estadísticas de balanza de pagos y posición de inversión internacional desglosadas geográficamente se resuelven mediante un planteamiento gradual en tres etapas que responden a exigencias de datos progresivamente más rigurosas. Las rúbricas "inversión de cartera", "rentas de inversión de cartera" y "derivados financieros", merecen una atención especial.

2.1. Planteamiento general (aplicable a todas las cuentas de la balanza de pagos y de la posición de inversión internacional, con las excepciones que se enumeran a continuación)

Etapa 1

Método de elaboración a nivel de la zona del euro: suma del total nacional neto de las transacciones/posiciones.

Instrumentado desde 1999 para la posición de inversión internacional.

Etapa 2

Método de elaboración a nivel de la zona del euro: suma por separado de las transacciones/posiciones con no residentes para ingresos y pagos o activos netos y pasivos netos (balanza de pagos)/activos y pasivos (posición de inversión internacional).

Exigencia de datos a nivel de los BCN: determinación por separado de las transacciones/posiciones entre residentes en la zona del euro y no residentes en la zona del euro.

Instrumentado para la balanza de pagos desde enero de 1999.

Instrumentado para la posición de inversión internacional desde el final de septiembre de 2002.

Etapa 3

Método de elaboración a nivel de la zona del euro y datos requeridos a nivel de los BCN: similares a la etapa 2, añadiendo un desglose geográfico (véase el cuadro 6) en las transacciones/posiciones fuera de la zona del euro. La etapa 3 sólo es necesaria para las estadísticas de la balanza de pagos trimestral y de la posición de inversión internacional.

Exigencia de datos a nivel de los BCN: determinación por separado de las transacciones/posiciones entre residentes en la zona del euro y residentes en países de la lista convenida de países/regiones de contrapartida que figura en el cuadro 6.

Fecha límite de instrumentación para la balanza de pagos trimestral: final de junio de 2004 - datos referidos al primer trimestre de 2003.

Fecha límite de instrumentación para la posición de inversión internacional: final de septiembre de 2004 - datos referidos al final de 2002 y al final de 2003.

2.2. Cuenta de inversión de cartera

Etapa 1

Método de elaboración a nivel de la zona del euro: suma de las transacciones/posiciones totales netas nacionales de las inversiones de cartera.

Instrumentado desde 1999 para la posición de inversión internacional.

Etapa 2

Método de elaboración a nivel de la zona del euro: para los activos de inversiones de cartera es la suma de las transacciones/posiciones netas en valores emitidos por no residentes en la zona del euro. Para las inversiones de cartera pasivas, consolidación de las transacciones/posiciones de los pasivos netos totales nacionales y las transacciones/posiciones en valores emitidos y adquiridos por residentes en la zona del euro.

Datos requeridos a nivel de los BCN: transacciones/posiciones en inversiones de cartera activas desglosadas entre transacciones/posiciones en valores de la zona del euro emitidos por residentes en la zona del euro y otros valores. Para conseguir estos datos es necesario identificar al emisor (deudor) del valor, para determinar si es o no residente en la zona del euro. Para las transacciones/posiciones en inversiones de cartera pasivas, sólo se requieren las cifras netas del total nacional.

Las posiciones de inversión de cartera dentro de la posición de inversión internacional deben elaborarse sólo a partir de los datos de saldos relacionados con la tenencia al final del año de acciones y valores distintos de acciones a corto y largo plazo emitidos por no residentes en la zona del euro, aprovechando el hecho de que las exigencias de datos establecidas por el BCE son en todo coherentes con la participación en la Encuesta Coordinada de Inversiones de Cartera del FMI.

Instrumentado para las operaciones de inversión de cartera desde enero de 1999.

Instrumentado para los saldos de inversión de cartera desde el final de septiembre de 2002.

Etapa 3

Método de elaboración a nivel de la zona del euro y datos requeridos a nivel de los BCN: similares a la etapa 2, añadiendo un desglose geográfico (véase el anexo 6) en las transacciones/posiciones fuera de la zona del euro en el lado de los activos. No se requiere el desglose geográfico en transacciones/posiciones fuera de la zona del euro para el lado de los pasivos. La etapa 3 sólo es necesaria para las estadísticas trimestrales de operaciones y las estadísticas anuales de posiciones.

Exigencia de datos a nivel de los BCN: determinación por separado de los activos de transacciones/posiciones de cartera entre residentes en la zona del euro y residentes en países de la lista convenida de países/regiones de contrapartida que figura en el cuadro 6.

Fecha límite de instrumentación para las operaciones trimestrales de inversión de cartera: final de junio de 2004 - datos referidos al primer trimestre de 2003.

Fecha límite de instrumentación para las posiciones de inversión de cartera (sólo en el lado de los activos): final de septiembre de 2004 - datos referidos al final de 2002 y al final de 2003.

2.3. Cuenta de rentas de inversión de cartera

Etapa 1

Método de elaboración a nivel de la zona del euro: suma del total nacional neto de las operaciones de rentas de inversión.

Etapa 2

Método de elaboración a nivel de la zona del euro: suma de las operaciones activas de rentas derivadas de los activos de inversión de cartera emitidos por no residentes. Consolidación de las operaciones pasivas de rentas derivadas de los pasivos totales netos nacionales y las operaciones activas derivadas de valores emitidos por residentes en la zona del euro.

Datos requeridos a nivel de BCN: operaciones activas de rentas de inversión de cartera desglosadas en operaciones derivadas de valores emitidos por residentes en la zona del euro y valores emitidos por residentes en otros países. Para conseguir estos datos, es necesario identificar al emisor (deudor) del valor para determinar si es o no residente en la zona del euro. Para las operaciones pasivas derivadas de los pasivos de inversión de cartera, sólo se requieren cifras del total nacional.

Instrumentado desde enero de 2000.

Etapa 3

Método de elaboración a nivel de la zona del euro y datos requeridos a nivel de los BCN: similares a la etapa 2, añadiendo un desglose geográfico en las operaciones activas fuera de la zona del euro. No se requiere desglose geográfico en las operaciones de rentas fuera de la zona del euro en el lado de los pagos. La etapa 3 sólo es necesaria para las estadísticas de la balanza de pagos trimestral.

Exigencia de datos a nivel de los BCN: determinación por separado de los ingresos en operaciones de rentas de inversión de cartera entre residentes en la zona del euro y residentes en países de la lista convenida de países/regiones de contrapartida que figura en el cuadro 6.

Fecha límite de instrumentación para las operaciones trimestrales de rentas de inversión de cartera: final de junio de 2004 - datos referidos al primer trimestre de 2003.

2.4. Cuenta de derivados financieros

Operaciones

Etapa 1

Las exigencias para las operaciones en derivados financieros con entidades de contrapartida fuera de la zona del euro sólo implican la presentación neta de esta rúbrica.

Método de elaboración a nivel de la zona del euro: suma del total nacional neto de operaciones en derivados financieros.

Posiciones

Etapa 1

Método de elaboración a nivel de la zona del euro: suma del total nacional neto de posiciones en derivados financieros.

Instrumentado desde 1999.

Etapa 2

Método de elaboración a nivel de la zona del euro: sumas por separado de posiciones netas en derivados financieros con no residentes en los lados del activo y del pasivo.

Datos requeridos a nivel de los BCN: determinación por separado de las posiciones entre residentes en la zona del euro y las posiciones con no residentes en la zona del euro tal como se definen según la localización de los mercados relevantes, o la entidad real de contrapartida para las operaciones con derivados financieros en mercados no organizados.

Instrumentado desde el final de septiembre de 2002.

Etapa 3

No se requiere el desglose geográfico en las posiciones en derivados financieros fuera de la zona del euro.

Cuadro 6

Desglose geográfico de los datos de los flujos de la balanza de pagos trimestral y de la posición de inversión internacional anual

- Dinamarca

- Suecia

- Reino Unido

- Instituciones de la Unión Europea

- Estados adherentes (Chipre, República Checa, Estonia, Hungría, Letonia, Lituania, Malta, Polonia, Eslovaquia y Eslovenia)(2)

- Suiza

- Canadá

- Estados Unidos

- Japón

- Centros financieros extraterritoriales(3)

- Organizaciones internacionales(4)(5)

- Resto del mundo (países y organizaciones fuera de la zona del euro y de esta lista)(6)

3. Clasificación por sector institucional en los agregados de la zona del euro (véase también la sección 3.1.6 del Libro de BP)

El desglose por sectores de los agregados de la zona del euro incluye a las autoridades monetarias, las administraciones públicas, las IFM y otros sectores de la zona del euro.

Autoridades monetarias

El sector de "autoridades monetarias" de las estadísticas de la zona del euro está formado por el Eurosistema.

Administraciones públicas

El sector de "administraciones públicas" de las estadísticas de la zona del euro coincide con la definición de dicho sector en el SNC 93 y el SEC 95, y, por tanto, incluye las siguientes unidades:

- administración central;

- comunidades autónomas;

- corporaciones locales;

- administraciones de seguridad social.

IFM excluidas las autoridades monetarias

Este sector coincide con el sector de IFM de las estadísticas monetarias y bancarias (excluidas las autoridades monetarias). En él se incluyen:

i) las entidades de crédito, según las define el Derecho comunitario, es decir, empresas cuya actividad sea recibir depósitos u otros fondos reembolsables del público (incluyendo el producto de la venta de obligaciones bancarias al público) y conceder créditos por cuenta propia, y

ii) todas las demás instituciones financieras residentes cuya actividad consista en recibir depósitos y/o sustitutos próximos de depósitos de entidades distintas de las IFM y en conceder créditos y/o invertir en valores actuando por cuenta propia (al menos en términos económicos).

Otros sectores

En la categoría de "otros sectores" de las estadísticas de la zona del euro se incluyen diversas unidades institucionales, principalmente:

i) otras instituciones financieras no incluidas en la definición de IFM, como instituciones de inversión colectiva que no se consideran fondos del mercado monetario, instituciones de inversión inmobiliaria, agencias de valores, instituciones de crédito hipotecario, empresas de seguros, fondos de pensiones y auxiliares financieros, e

ii) instituciones no financieras, como las sociedades no financieras públicas y privadas, las instituciones sin fines de lucro al servicio de los hogares y los propios hogares.

Instituciones distintas de IFM

La rúbrica "instituciones distintas de IFM" de las estadísticas de la zona del euro comprende los sectores: i) "administraciones públicas", y ii) "otros sectores".

Cuadro 7

Lista de centros financieros extraterritoriales para el desglose geográfico del BCE de los datos de los flujos de la balanza de pagos trimestral y de la posición de inversión internacional anual

>SITIO PARA UN CUADRO>

Cuadro 8

Lista de organizaciones internacionales(7) para el desglose geográfico del BCE de los datos de los flujos de la balanza de pagos trimestral y de la posición de inversión internacional anual

1. Instituciones de la Unión Europea

1.1. Principales instituciones, órganos y organismos de la Unión Europea (excluido el BCE)

BEI (Banco Europeo de Inversiones)

CE (Comisión Europea)

FED (Fondo Europeo de Desarrollo)

FEI (Fondo Europeo de Inversiones)

1.2. Otras instituciones, órganos y organismos de la Unión Europea incluidos en el presupuesto general

Parlamento Europeo

Consejo de la Unión Europea

Tribunal de Justicia

Tribunal de Cuentas

Comité Económico y Social

Comité de las Regiones

2. Organizaciones internacionales

2.1. Organizaciones internacionales monetarias

FMI (Fondo Monetario Internacional)

BPI (Banco de Pagos Internacionales)

2.2. Organizaciones internacionales no monetarias

2.2.1. Principales organizaciones de las Naciones Unidas

OMC (Organización Mundial del Comercio)

BIRF (Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento)

AIF (Asociación Internacional de Fomento)

2.2.2. Otras organizaciones de las Naciones Unidas

UNESCO (Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura)

FAO (Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación)

OMS (Organización Mundial de la Salud)

FIDA (Fondo Internacional de Desarrollo Agrícola)

CFI (Corporación Financiera Internacional)

OMGI (Organismo Multilateral de Garantía de Inversiones)

UNICEF (Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia)

ACNUR (Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados)

OOPS (Organismo de Obras Públicas y Socorro de las Naciones Unidas para los Refugiados de Palestina en el Cercano Oriente)

OIEA (Organismo Internacional de Energía Atómica)

OIT (Organización Internacional del Trabajo)

UIT (Unión Internacional de Telecomunicaciones)

2.2.3. Otras grandes instituciones, órganos y organismos internacionales (excluido el BCE)

OCDE (Organización de Cooperación y Desarrollo Económicos)

BID (Banco Interamericano de Desarrollo)

BAfD (Banco Africano de Desarrollo)

BAsD (Banco Asiático de Desarrollo)

BERD (Banco Europeo de Reconstrucción y Desarrollo)

CII (Corporación Interamericana de Inversiones)

NIB (Banco Nórdico de Inversiones)

BICE (Banco Internacional de Cooperación Económica)

BII (Banco Internacional de Inversiones)

BDC (Banco de Desarrollo del Caribe)

FMA (Fondo Monetario Árabe)

BADEA (Banco Árabe para el Desarrollo Económico de África)

CASDB (Banco de Desarrollo de los Estados del África Central)

Fondo Africano de Desarrollo

Fondo Asiático de Desarrollo

Fonds spécial unifié de développement

Banco Centroamericano de Integración Económica

Corporación Andina de Fomento

2.2.4. Otras organizaciones internacionales

OTAN (Organización del Tratado del Atlántico Norte)

Consejo de Europa

CICR (Comité Internacional de la Cruz Roja)

AEE (Agencia Espacial Europea)

OEP (Oficina Europea de Patentes)

EUROCONTROL (Organización Europea para la Seguridad de la Navegación Aérea)

EUTELSAT (Organización Europea de Telecomunicaciones por Satélite)

INTELSAT (Organización Internacional de Telecomunicaciones por Satélite)

UER (Unión Europea de Radiodifusión)

EUMETSAT (Organización Europea de Satélites Meteorológicos)

Observatorio Meridional Europeo

CEPMPM (Centro Europeo de Predicción Meteorológica a Plazo Medio)

LEBM (Laboratorio Europeo de Biología Molecular)

CERN (Centro Europeo para la Investigación Nuclear)

OIM (Organización Internacional para las Migraciones)

(1) Se exceptúan las transacciones o posiciones en derivados financieros entre filiales, que, al nivel de la zona del euro, se acordó registrar como "derivados financieros" y no como "inversión directa/otro capital".

(2) Estos países se enumeran entre paréntesis sólo para mostrar la composición del grupo, pero no es necesario el desglose por cada uno de ellos.

(3) Sólo para algunas rúbricas de la cuenta financiera de la balanza de pagos, las cuentas de renta conexa y la posición de inversión internacional. Véase el cuadro 7.

(4) text

(5) Fuera de la Unión Europea. Véase el cuadro 8. Se enumeran las organizaciones sólo para mostrar la composición del grupo, pero no es necesario el desglose por cada una de ellas.

(6) Calculado como residual (las sumas entre el total de cada rúbrica de la balanza de pagos y posición de inversión internacional y las sumas correspondientes a las entidades de contrapartida de la lista).

(7) Según el vademécum de balanza de pagos de la Comisión Europeoa (Eurostat).

ANEXO V

TRANSMISIÓN DE LOS DATOS AL BANCO CENTRAL EUROPEO

Los bancos centrales nacionales (BCN) utilizan el sistema proporcionado por el Sistema Europeo de Bancos Centrales (SEBC), basado en la red de telecomunicaciones "ESCB-Net", para la transmisión electrónica de la información estadística exigida por el Banco Central Europeo (BCE). Para todos los intercambios de datos dentro del SEBC se utiliza el mismo modelo conceptual. El formato del mensaje estadístico desarrollado para este intercambio electrónico de información estadística es el formato "GESMES/TS". Esta obligación no impide el uso de otros medios de transmisión de información estadística al BCE como solución de refuerzo acordada.

Los BCN observan las recomendaciones enumeradas a continuación para asegurarse de que la transmisión de datos funciona satisfactoriamente:

- Integridad: los BCN informan de todas las claves de serie requeridas. Si se informa de claves no de serie, o no catalogadas como claves de serie, la información se considera incompleta. Si falta alguna observación, la omisión se registra utilizando la señal de observación correspondiente. Además, cuando las revisiones se limiten sólo a un subconjunto de claves de serie, las reglas de validación deben aplicarse al total de la balanza de pagos.

- Signos convencionales: la transmisión de datos por los BCN al BCE, así como a la Comisión Europea (Eurostat), emplea unos signos convencionales uniformes en todos los datos enviados. Según estas convenciones, los ingresos y pagos en las cuentas corriente y de capital deben comunicarse con un signo más, mientras que los saldos netos hay que calcularlos y comunicarlos como ingresos menos pagos. En la cuenta financiera, la disminución de activos netos/incremento de pasivos netos debe marcarse con un signo más, mientras que los incrementos de activos netos/disminución de pasivos netos deben marcarse con un signo menos. Los saldos netos deben calcularse y comunicarse como la variación neta en activos más la variación neta en pasivos.

Al transmitir los datos de la posición de inversión internacional, las posiciones netas deben calcularse y comunicarse como posición de activos menos posición de pasivos.

- Identidades contables de los datos: antes de transmitir los datos al BCE, los BCN deben aplicar las reglas de validación que se han distribuido y que pueden obtenerse mediante la oportuna solicitud.

Siempre que haya revisiones, los BCN pueden enviar al BCE un conjunto de datos actualizado. Toda revisión debe transmitirse como sigue:

- Las revisiones de datos mensuales se facilitan al presentar: i) los datos trimestrales correspondientes; ii) los datos trimestrales revisados correspondientes; iii) los datos de la posición de inversión internacional del año correspondiente, y iv) los datos revisados de la posición de inversión internacional del año correspondiente.

- Las revisiones de datos trimestrales se facilitan al presentar: i) los datos del trimestre siguiente; ii) los datos de la posición de inversión internacional del año correspondiente, y iii) los datos revisados de la posición de inversión internacional del año correspondiente.

- Las revisiones de los datos de la posición de inversión internacional anual se facilitan al presentar los datos de los años siguientes.

Los BCN facilitan al BCE las revisiones de los datos de la balanza de pagos mensual y trimestral relativas a años completos al presentar los datos de la posición de inversión internacional del año al que se refieren los datos.

ANEXO VI

SUPERVISIÓN DE LOS MÉTODOS DE ELABORACIÓN ESTADÍSTICA

El Banco Central Europeo (BCE) supervisa los métodos de elaboración utilizados para la información sobre estadísticas de balanza de pagos y posición de inversión internacional, así como los conceptos y definiciones aplicados habitualmente por los Estados miembros participantes. La supervisión se lleva a cabo en relación con la actualización de la publicación del BCE "European Union balance of payments/international investment position statistical methods" (en adelante, el Libro de BP) y mediante el procedimiento de revisión semestral. Además de la supervisión, ambos documentos tienen por finalidad informar a quienes elaboran la balanza de pagos de la zona del euro de lo que sucede en otros Estados miembros de la zona del euro.

El Libro de BP contiene información sobre la estructura de los datos estadísticos de la balanza de pagos y la posición de inversión internacional de todos los Estados miembros y ofrece, además, descripciones detalladas de los métodos de elaboración y de los conceptos y definiciones aplicados, así como información sobre las desviaciones de las definiciones acordadas para las estadísticas de la balanza de pagos y de la posición de inversión internacional en los Estados miembros.

El Libro de BP se actualiza anualmente en estrecha cooperación con los Estados miembros. La revisión semestral se lleva a cabo para complementar esa actualización.

ANEXO VII

RECOPILACIÓN DE DATOS EN MATERIA DE INVERSIÓN DE CARTERA

Dadas las dificultades existentes para la correcta identificación de los flujos y saldos de la inversión de cartera, se consideró necesario establecer criterios comunes para la recopilación de esta información en toda la zona del euro(1).

Los sistemas de recopilación de información de inversión de cartera se ajustan a un modelo clasificado al menos como "aceptable" en el cuadro siguiente:

>SITIO PARA UN CUADRO>

Notas:

"v-a-v"= recopilación de datos valor a valor

"agr."= recopilación de datos con carácter agregado

"saldos derivados"= acumulación de flujos

"flujos derivados"= como diferencia de saldos (ajustada por la variación de los tipos de cambio y precios)

"flujos estimados"= detalle mensual estimado a partir de los flujos trimestrales

(1) Véase también el informe del BCE "Task Force on Portfolio Investment Collection Systems, final report", de junio de 2002, publicado en la dirección del BCE en Internet: http://www.ecb.int

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