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Document 52008AB0015
Opinion of the European Central Bank of 3 April 2008 at the request of the Council of the European Union on a proposal for a Council Regulation on the application of the Protocol on the excessive deficit procedure annexed to the Treaty establishing the European Community (CON/2008/15)
Dictamen del Banco Central Europeo, de 3 de abril de 2008 , solicitado por el Consejo de la Unión Europea, sobre una propuesta de reglamento del Consejo relativo a la aplicación del Protocolo sobre el procedimiento aplicable en caso de déficit excesivo, anejo al Tratado constitutivo de la Comunidad Europea (CON/2008/15)
Dictamen del Banco Central Europeo, de 3 de abril de 2008 , solicitado por el Consejo de la Unión Europea, sobre una propuesta de reglamento del Consejo relativo a la aplicación del Protocolo sobre el procedimiento aplicable en caso de déficit excesivo, anejo al Tratado constitutivo de la Comunidad Europea (CON/2008/15)
OJ C 88, 9.4.2008, p. 1–1
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
9.4.2008 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 88/1 |
DICTAMEN DEL BANCO CENTRAL EUROPEO
de 3 de abril de 2008
solicitado por el Consejo de la Unión Europea, sobre una propuesta de reglamento del Consejo relativo a la aplicación del Protocolo sobre el procedimiento aplicable en caso de déficit excesivo, anejo al Tratado constitutivo de la Comunidad Europea
(CON/2008/15)
(2008/C 88/01)
Introducción y fundamento jurídico
El 19 de marzo de 2008 el Banco Central Europeo (BCE) recibió del Consejo de la Unión Europea una solicitud de dictamen sobre una propuesta de reglamento del Consejo relativo a la aplicación del Protocolo sobre el procedimiento aplicable en caso de déficit excesivo, anejo al Tratado constitutivo de la Comunidad Europea (en adelante, el «reglamento propuesto»), que codifica el Reglamento (CE) no 3605/93 del Consejo, de 22 de noviembre de 1993, relativo a la aplicación del Protocolo sobre el procedimiento aplicable en caso de déficit excesivo, anejo al Tratado constitutivo de la Comunidad Europea (1).
La competencia consultiva del BCE se basa en el primer guión del apartado 4 del artículo 105 del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea. De acuerdo con la primera frase del artículo 17.5 del Reglamento interno del Banco Central Europeo, el presente dictamen ha sido adoptado por el Consejo de Gobierno.
Observaciones
El BCE no tiene observaciones concretas que formular al reglamento propuesto.
Hecho en Fráncfort del Meno, el 3 de abril de 2008.
El Presidente del BCE
Jean-Claude TRICHET
(1) DO L 332 de 31.12.1993, p. 7. Reglamento modificado en último lugar por el Reglamento (CE) no 2103/2005 (DO L 337 de 22.12.2005, p. 1).