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Document 02003D0015(01)-20040722

Consolidated text: Decisión del Banco Central Europeo de 28 de noviembre de 2003 sobre la aprobación del volumen de emisión de moneda metálica en 2004 (BCE/2003/15) (2003/860/CE)

ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2003/860/2004-07-22

TEXTO consolidado: 32003D0015(01) — ES — 22.07.2004

2003D9015 — ES — 22.07.2004 — 001.001


Este documento es un instrumento de documentación y no compromete la responsabilidad de las instituciones

►B

DECISIÓN DEL BANCO CENTRAL EUROPEO

de 28 de noviembre de 2003

sobre la aprobación del volumen de emisión de moneda metálica en 2004

(BCE/2003/15)

(2003/860/CE)

(DO L 324, 11.12.2003, p.57)

Modificado por:

 

 

Diario Oficial

  No

page

date

►M1

Decisión del Banco Central Europeo de 9 de julio de 2004

  L 248

14

22.7.2004




▼B

DECISIÓN DEL BANCO CENTRAL EUROPEO

de 28 de noviembre de 2003

sobre la aprobación del volumen de emisión de moneda metálica en 2004

(BCE/2003/15)

(2003/860/CE)



EL CONSEJO DE GOBIERNO DEL BANCO CENTRAL EUROPEO,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea y, en particular, el apartado 2 de su artículo 106,

Considerando lo siguiente:

(1)

El Banco Central Europeo (BCE) tiene a partir del 1 de enero de 1999 el derecho exclusivo de aprobar el volumen de emisión de moneda metálica por los Estados miembros que han adoptado el euro («los Estados miembros participantes»).

(2)

Los Estados miembros participantes han enviado al BCE, para su aprobación, las previsiones sobre el volumen de monedas en euros que emitirán en 2004, acompañadas de notas explicativas sobre los métodos utilizados en las previsiones.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:



Artículo 1

Aprobación del volumen de emisión de monedas en euros en 2004

El BCE aprueba en virtud del presente acto el volumen de emisión de moneda metálica en 2004, por los Estados miembros participantes, que se expone en el cuadro siguiente:

▼M1



(en millones de EUR)

 

Emisión de monedas destinadas a la circulación y emisión de monedas de colección (no destinadas a la circulación)

en 2004

Bélgica

203,0

Alemania

1 035,0

Grecia

207,4

España

860,0

Francia

668,9

Irlanda

151,0

Italia

370,8

Luxemburgo

70,0

Países Bajos

175,0

Austria

212,0

Portugal

230,0

Finlandia

60,0

▼B

Artículo 2

Disposición final

Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros participantes.

La presente Decisión se publicará en el Diario Oficial de la Unión Europea.

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